C/ ALEJANDRO ANDRÉS RIVERA FUENTES
Rol
O-3422-2022
Fecha
5 de septiembre de 2023
Materia
ROBO POR SORPRESA.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1º) Que ante este 3er Juzgado de Garantía de Santiago, el Ministerio Público representado por la fiscal Bernardita Luebert, dedujo acusación verbal en contra del imputado Alejandro Andrés Rivera Fuentes, CNI: 18.082.573-8, se desconoce profesión u oficio, y cuyo domicilio consta en el registro del Tribunal, quién se encuentra debidamente representado por la Defensoría Penal Pública, en este caso por la sra. María Ignacia Barrera. Los hechos: El día 05 de agosto de 2022, siendo las 16:50 horas aproximadamente, en la vía pública intersección de las calles Avenida Domingo Santa María con Avenida Recoleta, en la comuna de Recoleta, el acusado ALEJANDRO ANDRÉS RIVERA FUENTES se acercó hasta el vehículo placa patente única RSBT-35, conducido por la víctima Jonathan Daniel Molina Díaz, introduciendo parte de su cuerpo y arrebatándole de manera sorpresiva a la víctima un teléfono celular marca Xiaomi, modelo Redmi 11, colo gris, avaluado en la suma de $300.000 pesos, sustrayendo la especie y huyendo del lugar, siendo posteriormente detenido. A juicio de la Fiscalía, los hechos descritos constituyen en delito de robo por sorpresa, en grado de consumado, correspondiéndole al Código: YKYVXHXZHMN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl acusado participación en calidad de autor, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 15 Nº 1 del Código Penal. Refiere que en la especie concurren las circunstancias modificatorias de responsabilidad penal del artículo 11 N° 9 y 12 N° 16 ambas del Código Penal, por lo que solicita se le condene al acusado a la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, accesorias legales y costas de la causa. 2º) Que habiéndosele advertido al imputado de su derechos, libre y voluntariamente ha aceptado expresamente los hechos referidos en la acusación y los antecedentes investigativos que se invocaron como su fundamento y han manifestado su conformidad con el procedimiento abreviado normado en el artículo 406 y siguientes del Código Procesal Penal. 3º) Que la defensa del imputado ha limitado sus alegaciones, señalando que está de acuerdo con la pena solicitada por el ente persecutor, solicita se acceda por parte del Tribunal al abono del tiempo de privación de libertad y no se le condene en costas a su defendido. 4º) Que se dan probados sobre la base de la aceptación que el acusado manifestó respecto a los hechos de la acusación y a los antecedentes de la investigación, así como el mérito de éstos, valorados en la forma prevista en el artículo 297 del Código Procesal Penal los hechos materia de la acusación; los que se fundaron en los antecedentes que por economía procesal daré por íntegramente reproducidos y son conocidos por todos los intervinientes. 5º) Que así las cosas los hechos materia de la acusación son constitutivos del delito de robo por sorpresa , previsto y sancionado en Código: YKYVXHXZHMN Este documento tiene firma electrónica y su o
Fallo
se declara: i.- Que se condena a Alejandro Andrés Rivera Fuentes, a la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio y a la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo que dure la condena, como autor del delito de robo por sorpresa, en grado de ejecución consumado, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso segundo del Código Penal. Delito cometido en Recoleta, territorio jurisdiccional del tribunal, el 05 de agosto de 2022. ii.- Que atendido los antecedentes personales y sociales del sentenciado, en particular su extracto de filiación y antecedentes, así como la naturaleza, modalidades y móviles determinantes del delito, no se decreta ninguna de las penas sustitutivas establecidas en la Ley No. 18.216, por lo que deberá cumplir efectivamente la pena privativa de libertad que le ha sido impuesta. Que se imputará a dicho cumplimiento el tiempo que ha Código: YKYVXHXZHMN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl permanecido sujeto a prisión preventiva el sentenciado en la causa, ininterrumpidamente entre los días 06 de agosto de 2022 hasta el actual, 05 de septiembre de 2023, ambas fechas inclusive, lo cual totaliza 395 días de abono. iii.- Que en atención a la naturaleza del procedimiento desarrollado, se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa. Téngase presente la renuncia a los plazos y recursos legales manifestada por los intervinientes y por ejecutoriad
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RIT: 3422-2022 RUC: 2200759839-8 IMPUTADO: Alejandro Andrés Rivera Fuentes MATERIA: Robo por sorpresa AUDIENCIA: Procedimiento Abreviado Santiago, cinco de septiembre de dos mil veintitrés OÍDOS LOS INTERVINIENTES, VISTO Y CONSIDERANDO: 1º) Que ante este 3er Juzgado de Garantía de Santiago, el Ministerio Público representado por la fiscal Bernardita Luebert, dedujo acusación verbal en contra del i
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