Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Copiapo.

MP C/ JAVIER ALEJANDRO ESQUIVEL MATAMALA

Rol

O-148-2023

Fecha

7 de septiembre de 2023

Materia

TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos precedentemente descritos, en concepto del Ministerio Público, es constitutivo del delito de Tráfico ilícito de drogas, ilícito previsto y sancionado en el artículo 3 en relación con el artículo 1 de la ley 20.000, en la modalidad de posesión y guarda de drogas. Participación y grado de desarrollo: A juicio de la Fiscalía, el acusado ha participado en calidad de autor en conformidad a lo dispuesto en el artículo 15 Nº1 del Código Penal, ilícito que se encuentra en grado de desarrollo de consumado. Código: PPRLXHCCYMN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 Circunstancias Modificatorias de la Responsabilidad Penal: A juicio del Ministerio Público, al acusado le perjudica la circunstancia agravante de responsabilidad penal del artículo 12 N°16 del Código Penal, esto es ser reincidente en delito de la misma especie, debido a lo siguiente: Rit 89/2021 de fecha 15 de julio de 2021, del Juzgado de Garantía de Chañaral, como autor del delito de Tráfico ilícito de drogas en pequeñas cantidades a la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio y a multa de 3 UTM. Pena Requerida: La Fiscalía requiere se imponga al acusado la pena de 10 años y 1 día de presidio mayor en su grado medio, multa de 100 UTM, accesorias legales del artículo 28 del Código Penal, el comiso, disposición y destrucción de los elementos, dinero utilizados u obtenidos debido a los delitos cometidos. TERCERO: Alegatos de apertura y clausura del Ministerio Público. Alegatos de apertura Ministerio Público. El día de hoy quedará acreditado, más allá de todas dudas razonables, la existencia de un hecho típico antijurídico culpable, en este caso un delito de tráfico ilícito de droga, que tuvo lugar en la comunidad de Chañaral el día 27 de abril del año 2022, y en el cual tuvo participación el acusado don Javier Esquivel Matamala. El día de hoy, presentará el Ministerio Público prueba testimonial, fundamentalmente, de los funciona

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que ante la Primera Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Copiapó, integrada por los Jueces don Eugenio Bastías Sepúlveda, quien la presidió, don Rodrigo Cid Mora y don Mauricio Pizarro Díaz, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral en contra del acusado JAVIER ALEJANDRO ESQUIVEL MATAMALA, cédula de identidad 16.773.878-8, chileno, domiciliado en Pasaje 4 N°915, Vicuña Mackenna, comuna de Chañaral, actualmente recluido en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Copiapó. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, representado por el Fiscal Adjunto don Marco Arenas Zeballos, con domicilio y forma especial de notificación ya registrado en esta causa. La defensa del acusado estuvo a cargo de las defensoras penales públicas y Licitada doña Aileen Kenett Portilla y doña July Espejo Ogalde, con domicilio y forma especial de notificación ya registrado en esta causa. SEGUNDO: Acusación fiscal. Que el hecho en que se fundó la acusación fiscal fue el siguiente: El 27 de abril de 2022, alrededor de las 13:45 horas aproximadamente, personal de la PDI, mediante orden judicial de entrada, registro e incautación de especies, ingresó hasta el domicilio ubicado en calle Cristina Vallejos N°1048 de la comuna de Chañaral, sorprendiendo al imputado JAVIER ALEJANDRO ESQUIVEL MATAMALA, alias el Pacho, manteniendo en el closet de su dormitorio 02 bolsas, 01 de color naranja con un peso de 20 gramos 69 miligramos y otra gris con un peso de 927 gramos 37 miligramos, las que contenían de cocaína base. Sobre la cama de su dormitorio se encontró 01 bolsa con Ketamina con un peso de 0, gramos 56 milígramos, bajo la cama una bolsa de nylon contenedora de pasta base de cocaína con un peso de 25 gramos 65 milígramos, sobre un mueble de cocina un vaso contenedor de 29 envoltorios de papel contenedores de pasta base de cocaína con un peso de 17 gramos 71 miligramos. Al interior de una dependencia de material ligero se incautó además $219.000, una balanza digital. Calificación Jurídica. Los hechos precedentemente descritos, en concepto del Ministerio Público, es constitutivo del delito de Tráfico ilícito de drogas, ilícito previsto y sancionado en el artículo 3 en relación con el artículo 1 de la ley 20.000, en la modalidad de posesión y guarda de drogas. Participación y grado de desarrollo: A juicio de la Fiscalía, el acusado ha participado en calidad de autor en conformidad a lo dispuesto en el artículo 15 Nº1 del Código Penal, ilícito que se encuentra en grado de desarrollo de consumado. Código: PPRLXHCCYMN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 Circunstancias Modificatorias de la Responsabilidad Penal: A juicio del Ministerio Público, al acusado le perjudica la circunstancia agravante de responsabilidad penal del artículo 12 N°16 del Código Penal, esto es ser reincidente en delito de la misma especie, debido a lo siguiente: Rit 89/2021 de f

Fallo

Por estas razones solicita, se le puede aplicar una pena de 5 años y 1 día de presidio mayor en su grado mínimo, y 10 UTM en consideración de que mi representado no va a recibir una pena sustitutiva, ya que no cumple con los requisitos de esto, en el evento que se le condene se va a hacer un cumplimiento de manera efectiva, por lo cual va a ser imposible hacer el pago de las UTM solicitadas por el Ministerio Público. En el evento que su señoría autorice en esto, voy a solicitar que se le pueda autorizar el pago de cuota una vez que mi representado pueda recobrar la libertad y sin costas por haber sido patrocinado por abogado de la Defensoría Penal Pública. RÉPLICA DEL MINISTERIO PÚBLICO. Solicita que se rechace la solicitud planteada por la Defensa de no reconocimiento de Circunstancias Agravantes, el artículo 12 número 16, en atención que a juicio del Ministerio Público, acá lo que se tiene que ver es el bien jurídico protegido, en este caso era la salud pública, el imputado, tal como se ha señalado, ya fue sujeto a reproche penal, se le dio la oportunidad de poder enmendar su rumbo con una pena inclusive en el medio libre, sin embargo, el imputado hizo caso omiso a aquello y volvió a cometer delitos, inclusive de mayor gravedad, considerando que el imputado esta vez tenía mayor sustancia inclusive dentro de dicho domicilio. Por razón de aquello, solicitamos, que se pueda hacer aplicación de esta circunstancia agravante, de esta manera se pondera, Código: PPRLXHCCYMN Este

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1 Copiapó, siete de septiembre de dos mil veintitrés. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que ante la Primera Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Copiapó, integrada por los Jueces don Eugenio Bastías Sepúlveda, quien la presidió, don Rodrigo Cid Mora y don Mauricio Pizarro Díaz, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral en contra del acusado JAVIER AL

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