Juzgado de Garantía de Talcahuano.

MP C/ NN

Rol

O-1855-2019

Fecha

4 de septiembre de 2023

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

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Hechos

visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 n°9, 14, 15, 21, 30, 50, 432 , 442 número 1, todos del Código Penal artículo 406 y siguientes del código procesal penal se declara que: I. Se condena al acusado DIEGO RICARDO INOSTROZA REYES RUN 16.036.033- K a la pena QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR SU GRADO MEDIO, a la accesoria de suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena por su responsabilidad en calidad autor del delito consumado de robo cometido un lugar no habitado previsto en el artículo 442 número 1 en relación artículo 432 del Código Penal, cometido en el Club Hípico de Hualpén el día 27 de agosto de 2019. II. La pena privativa de libertad se le da por cumplida con el tiempo que ha pasado privado de libertad, sujeto a la medida cautelar de arresto domiciliario total, del día 29 de diciembre 2021 al 10 de julio de 2023. III. No se le condena en costas en atención a su aceptación de un procedimiento abreviado. Dese cumplimiento su oportunidad las normas de ejecución de esta sentencia. RUC 1 010 1 6-6 RIT 1 – 01 DICTADA POR ANTONIA FLORES RUBILAR, JUEZ TITULAR DEL JUZGADO DE GARANTIA DE TALCAHUANO. Código: WLYQXHDTXLM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: WLYQXHDTXLM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-09-05T08:36:28-0300

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 n°9, 14, 15, 21, 30, 50, 432 , 442 número 1, todos del Código Penal artículo 406 y siguientes del código procesal penal se declara que: I. Se condena al acusado DIEGO RICARDO INOSTROZA REYES RUN 16.036.033- K a la pena QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR SU GRADO MEDIO, a la accesoria de suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena por su responsabilidad en calidad autor del delito consumado de robo cometido un lugar no habitado previsto en el artículo 442 número 1 en relación artículo 432 del Código Penal, cometido en el Club Hípico de Hualpén el día 27 de agosto de 2019. II. La pena privativa de libertad se le da por cumplida con el tiempo que ha pasado privado de libertad, sujeto a la medida cautelar de arresto domiciliario total, del día 29 de diciembre 2021 al 10 de julio de 2023. III. No se le condena en costas en atención a su aceptación de un procedimiento abreviado. Dese cumplimiento su oportunidad las normas de ejecución de esta sentencia. RUC 1 010 1 6-6 RIT 1 – 01 DICTADA POR ANTONIA FLORES RUBILAR, JUEZ TITULAR DEL JUZGADO DE GARANTIA DE TALCAHUANO. Código: WLYQXHDTXLM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: WLYQXHDTXLM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-09-05T08:36:28-0300

Texto Completo (Preview)

La presente acta sólo constituye un registro administrativo en el que se resume lo acontecido y decidido en la audiencia, conteniendo sólo la parte resolutiva del fallo. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Talcahuano., cuatro de septiembre de dos mil veintitrés. Por estas

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