MP C/ LUIS DOMINGO COFRÉ MONTECINOS
Rol
O-272-2023
Fecha
4 de septiembre de 2023
Materia
POSESION TENENCIA O PORTE DE MUN Y SUST QUIMICAS, TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 n°9, 11 N° 1, 12 n°16, 14, 15, 21, 30, 49, 50, 70 del Código Penal; 2, 9, inciso 2do, 15 de la ley de control de armas, artículos 1, 4 de la ley 20.000, artículo 390 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que se condena a LUIS DOMINGO COFRÉ MONTECINOS RUN 7.786.964-6, ya individualizado, a la pena corporal de CIEN DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, a la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, además de una multa de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL por su responsabilidad en calidad de autor del delito consumado de tráfico ilícito de pequeñas cantidades de drogas, previsto en el artículo 4 en relación al 1 de la ley 20.000, cometido en la comuna de Hualpén con fecha 31 de enero de 2023.. II. Que se condena además a LUIS DOMINGO COFRÉ MONTECINOS ya individualizado, a la pena corporal de CIEN DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, a la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena ,por su responsabilidad, en calidad de autor del delito consumado de porte ilegal de municiones , previsto en el artículo, 9 inciso 2do de la ley de control de armas, cometido en la comuna de Hualpén , con fecha 31 de enero de 2023. III.- Atendido el tiempo que ha pasado privado de libertad desde su detención el día 31 de enero del año 2023 hasta el día de hoy, lo que hace un ascendente 216 días, tanto las penas privativas de libertad como la pena pecuniaria se Tendrán por cumplidas. IV.- Se decreta el COMISO de las especies que le fueren incautados en el procedimiento, respecto de ambos delitos, debiendo ser remitidas a arsenales de guerra en caso de las municiones. V.- Que no se condena en costas al encartado, atendida a su admisión de responsabilidad.- Los intervinientes se entienden personalmente notificados. Cúmplase en su oportunidad con lo previsto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. RUC - RIT - Código
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 n°9, 11 N° 1, 12 n°16, 14, 15, 21, 30, 49, 50, 70 del Código Penal; 2, 9, inciso 2do, 15 de la ley de control de armas, artículos 1, 4 de la ley 20.000, artículo 390 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que se condena a LUIS DOMINGO COFRÉ MONTECINOS RUN 7.786.964-6, ya individualizado, a la pena corporal de CIEN DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, a la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, además de una multa de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL por su responsabilidad en calidad de autor del delito consumado de tráfico ilícito de pequeñas cantidades de drogas, previsto en el artículo 4 en relación al 1 de la ley 20.000, cometido en la comuna de Hualpén con fecha 31 de enero de 2023.. II. Que se condena además a LUIS DOMINGO COFRÉ MONTECINOS ya individualizado, a la pena corporal de CIEN DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, a la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena ,por su responsabilidad, en calidad de autor del delito consumado de porte ilegal de municiones , previsto en el artículo, 9 inciso 2do de la ley de control de armas, cometido en la comuna de Hualpén , con fecha 31 de enero de 2023. III.- Atendido el tiempo que ha pasado privado de libertad desde su detención el día 31 de enero del año 2023 hasta el día de hoy, lo que hace un ascendente 216 días, tanto la
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La presente acta sólo constituye un registro administrativo en el que se resume lo acontecido y decidido en la audiencia, conteniendo sólo la parte resolutiva del fallo. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Talcahuano, cuatro de septiembre de dos mil veintitrés Por estas co
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