2º Juzgado Civil de Santiago

SCOTIABANK-CHILE/ALVARADO

Rol

C-25458-2019

Fecha

21 de octubre de 2020

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: Con fecha 16 de agosto de 2019, compareci don Gonzalo Salgadoó Barros, abogado, con domicilio en Avenida Libertador Bernardo O’Higgins Nº 949, oficina 1901, comuna de Santiago, mandatario judicial en representaci n de ó SCOTIABANK CHILE S.A., representada legalmente por su Gerente General, don Francisco Sard nó Taboada, abogado, y continuador o sucesor legal del Banco del Desarrollo, todos domiciliados, para estos efectos, en Morand Nº226,é comuna de Santiago, Regi n Metropolitana, quien comparece a su vezó en calidad de mandatario especial de la Tesorer a General de laí Rep blica, con domicilio en calle Teatinos 28, comuna de Santiago,ú interponiendo demanda en juicio ejecutivo en contra de do a ñ ARELIS FERNANDA ALVARADO RIOS, desconoce profesi n u oficio, conó domicilio en Los Qui es N°444,comuna de La Reina.ñ Refiere que su representada es due a de los siguientes pagar s suscritosñ é por SCOTIABANK, a su vez en representaci n de la demandada, enó virtud del mandato conferido por esta ltima en el “Contrato deú Apertura de L nea de Cr dito para Estudiantes de Educaci n Superiorí é ó con Garant a Estatal”, celebrado en conformidad a la Ley Nºí 20.027: .- Pagar de fecha 30 de Julio del 2019é , suscrito por el monto 101,0983.- Unidades de Fomento, con vencimiento el 9 de Agosto del 2019; .- Pagar de fecha 30 de Julio del 2019é , suscrito por el monto 909,8848.- Unidades de Fomento, con vencimiento el 9 de Agosto del 2019. Manifiesta que dichos pagar s se encuentran garantizados por el Estadoé y regulados mediante legislaci n especial, esto es ley Nº 20.027 queó establece normas para el financiamiento de estudios superiores, ley Nº 20.634 y los correspondientes Decreto Nº 182 de fecha 07 de septiembre de 2005; Decreto Nº 266 del 24 de mayo de 2011; Decreto Nº 403 del 29 de agosto de 2009; todos ellos del Ministerio de Educaci n.ó Indica que los pagar s antes individualizados no fueron pagados a laé fecha de su vencimiento, por lo que el deudor se encuentra en

Fundamentos

CONSIDERANDO PRIMERO: Que, seg n fue referido en la parte expositiva del presenteú fallo, compareci don Gonzalo Salgado Barros, en representaci n deó ó SCOTIABANK CHILE S.A., representada legalmente por su Gerente General, don Francisco Sard n Taboada, quien compareci a su vez enó ó calidad de mandatario especial de la Tesorer a General de la Rep blica,í ú interponiendo demanda en juicio ejecutivo en contra de do a ñ ARELIS FERNANDA ALVARADO RIOS, todos ya individualizados. Funda su pretensi n judicial en el hecho que su representada es due aó ñ de los siguientes pagar s suscritos por SCOTIABANK, a su vez ené representaci n de la demandada: a) Pagar de fecha 30 de Julio deló é 2019, suscrito por el monto 101,0983.- Unidades de Fomento, con vencimiento el 9 de Agosto del 2019 y b) Pagar de fecha 30 de Julioé del 2019 suscrito, por el monto 909,8848.- Unidades de Fomento, con vencimiento el 9 de Agosto del 2019. Es del caso que llegada la fecha de vencimiento de los documentos, aquellos no fueron solucionados por la demandada, raz n por la queó mediante esta acci n solicita el pago ntegro de lo adeudado, conó í costas. SEGUNDO: Que, notificada y requerida legalmente de pago, la ejecutada, opuso a la ejecuci n la excepci n del n mero 17 del art culoó ó ú í 464 del C digo de Procedimiento Civil, en su escrito de fecha 08 deó septiembre de 2020. TERCERO: Que, la ejecutada opuso la excepci n contenida en eló n mero 17 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, esto es,ú í ó de prescripci n de la acci n ejecutiva, aduciendo que el art culo 98 deó ó í la Ley N° 18.092, establece que la acci n cambiaria que emana de lasó letras de cambios y pagar s, prescriben en el plazo de un a o, contado,é ñ desde el d a del vencimiento del documento. Agrega que desde la fechaí en que se constituy en mora- 09 de agosto de 2019-y la fecha deó notificaci n de la demanda, ha transcurrido latamente el plazoó contenido en la legislaci n precedentemente referida, encontr ndose a suó á criterio, prescrita la acci n ejecutiva intentada en autos.ó CUARTO: Que, el ejecutante, dentro del plazo conferido para el traslado de las excepciones, en conformidad a lo dispuesto en el art culo 467 del C digo de Procedimiento Civil, se desisti de laí ó ó demanda ejecutiva, e hizo expresa reserva del derecho para entablar acci n ordinaria en contra de la parte ejecutada sobre la materia deó esta demanda ejecutiva. QUINTO: Que, conforme lo dispuesto en la norma legal citada, y habiendo hecho uso el ejecutante del desistimiento especial que le confiere esta disposici n, habr de ser acogido, as como tambi n laó á í é reserva de derechos que all se le autoriza, pudiendo renovar su acci ní ó en juicio ordinario. SEXTO: Que, en consecuencia, se omite el an lisis de la excepci ná ó opuesta por la ejecutada, y se ordena alzar la ejecuci n seguida en suó contra.

Fallo

POR ESTAS CONSIDERACIONES, y visto, adem s lo dispuesto ená los art culos 160, 170, 254, 434 Ní º 4, 464 Nº 17, 467, 470, 471 del C digo de Procedimiento Civil, ó SE RESUELVE: A.- Que, se acoge el desistimiento de la acci n ejecutivaó efectuado por el ejecutante con fecha 21 de septiembre de 2020, así como la reserva de derechos para renovar la acci n en juicio ordinario.ó B.- Que, se ordena alzar la ejecuci n.ó C- Que, cada parte pagar sus costas.á REGISTRESE Y NOTIFIQUESE. DICTADA POR DON VICTOR BERGAMIN SALINAS, JUEZ SUBROGANTE. En Santiago, a veintiuno de Octubre de dos mil veinte , se notific por eló estado diario, la resoluci n precedente.ó Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-10-21T11:34:00-0300

Texto Completo (Preview)

FOJA: 10 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-25458-2019 CARATULADO : SCOTIABANK-CHILE/ALVARADO Santiago, veintiuno de Octubre de dos mil veinte VISTO: Con fecha 16 de agosto de 2019, compareci don Gonzalo Salgadoó Barros, abogado, con domicilio en Avenida Libertador Bernardo O’Higgins Nº 949, oficina 1901, comuna de Santiago, mandatario judici

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