SERVICIO DE SALUD CHILOE/MUNICIPALIDAD DE QUELLÓN
Rol
C-106-2020
Fecha
21 de octubre de 2020
Materia
PESOS, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: En procedimiento ordinario de cuant a mayor, se present a folio 1 el trece deí ó marzo del a o dos mil veinte, la demanda de cobro de pesos, pretendida por el Servicioñ de Salud Chilo , RUT 61.979.210-6, persona jur dica de derecho p blico, del giro de sué í ú denominaci n, representado legalmente por su director don Germ n Echeverr a Prieto,ó á í domiciliados en calle O Higgins, ciudad de Castro. ´ La demanda est dirigida en contra de la Ilustre Municipalidad de Quell n, RUTá ó 69.230.700-3, representada por su alcalde en ejercicio don Cristi n Felipe Ojedaá Chiguay, licenciado en geograf a, domiciliados en calle veintid s de mayo N 351 de laí ó ° comuna y ciudad de Quell n, para que pague la suma total de $37.590.855 (treinta yó siete millones quinientos noventa mil ochocientos cincuenta y cinco pesos), m s reajustesá e intereses que corresponda, y costas. Despliega una tabla con convenios tratados con el municipio demandado, per odo a o dos mil trece, total en moneda nacional, yí ñ diferencias calculadas. En cuanto a los hechos, sostiene que por resoluciones exentas, se aprobaron diferentes convenios entre estas personas, para programas de atenci n primaria, conó fondos p blicos, con cargo a la demandada, y para utilizar los fondos destin ndose aú á pacientes usuarios de dicha atenci n, oblig ndose el municipio a rendir al demandante oó á bien reintegrar los fondos no ejecutados, al finalizar el a o presupuestario respectivo. ñ Relata que la primera quincena de enero del a o dos mil catorce la Ilustreñ Municipalidad demandada, luego del cotejo de informaci n con el actor, obtuvo unó saldo por restituir de $37.590.855, lo que a esta fecha de hoy no ha regularizado, por lo que se adeuda al servicio demandante esa cantidad, m s los intereses, reajustes y costas.á Citando el derecho, art culo 1489 del C digo Civil, cumpliendo ntegramente yí ó í de forma oportuna su obligaci n puede impetrar la acci n que tienda a obteneró ó compulsivamente la no cumplida por
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Con base en los hechos y derecho expuestos por las partes en la etapa de discusi n, y lo resuelto a folio 18 por parte de este juzgado, la parte demandante seó allan a una excepci n perentoria que plante la demandada, aceptando as que hab aó ó ó í í operado la prescripci n de la acci n que pretend a el pago de todas as prestacionesó ó í demandadas. En consecuencia, se genera una situaci n, en alg n modo, similar a lo dispuestoó ú en el art culo 313 del C digo de Procedimiento Civil, si bien no id ntica, en que la parteí ó é demandante en este caso, se allana a un ataque de fondo de su demandada, quedando este litigio sin controversia alguna en materia substancial ni pertinente, por lo cual proced a citar a o r sentencia, sin mediar los tr mites posteriores a la etapa de discusi n.í í á ó Seg n el mismo m rito de lo discutido y expuesto por ambas partes, pudiendo resultarú é redundante e innecesario analizar las dem s alegaciones de la demandada, se procede aá la razonar respecto de la excepci n de prescripci n alegada.ó ó SEGUNDO: Debe anotarse que el art culo 2515 del C digo Civil instituye laí ó prescripci n extintiva que, en general, exige el transcurso de tres a os para accionesó ñ ejecutivas, y cinco para las ordinarias, aludiendo a la conversi n a ordinaria de laó ejecutiva en el segundo inciso. En tanto, el art culo 2521, regla en tres a os laí ñ prescripci n de las acciones a favor o en contra del Fisco y de las Municipalidadesó proveniente de toda clase de impuestos. A su turno, el art culo 2497 del mismo c digo,í ó alude a que las normas de prescripci n se aplican igualmente a favor y en contra deló Estado, iglesias, municipalidades, y dem s organismos y personas que adiciona elá art culo. í TERCERO: Seg n las normas antedichas, que fueron invocadas por la demandada I.ú Municipalidad de Quell n, y aceptadas por la demandante, el Servicio de Salud deó Chilo , y fund ndose la demanda en cr ditos cuya exigencia, se aprecia, comenz aé á é ó correr desde al menos el mes de enero de dos mil catorce, y que a la fecha en que se inici la actividad de la acreedora, esto es, trece de marzo de este a o, hab aó ñ í transcurrido un a o y dos meses adicionales a los cinco que exige el art culo 2515 delñ í C digo Civil, preliminarmente se concluye que este requisito se habr a cumplido.ó í En cuanto a exigencias adicionales de la prescripci n, la acci n pretendida es deó ó aquellas prescriptibles, seg n alude el art culo 2515 del C digo Civil, atendido que noú í ó hay normas que except en de esta naturaleza a la que fund . Adem s la excepci n fueú ó á ó alegada por la parte demandada, esto es, por quien correspond a hacerlo seg n elí ú art culo 2493 del mismo c digo. Tampoco hay hechos aportados por la actora queí ó hayan permitido apreciar que su inactividad hecha ver por la demandada no haya sido tal, debiendo hacerlo. Y por ltimo, y esencialmente por su actitud allanada a laú prescripci n alegada, no puede caber duda que todos
Fallo
se resuelve que: I.- Se rechaza en todas sus partes, sin costas, la demanda intentada a folio 1 por la demandante, Servicio de Salud de Chilo .é Reg strese. Notif quese. Arch vese en su oportunidad. í í í ROL C-106-2020 Resolvi , Jos Iv n Milanca S nchez, Juez del Juzgado de Letras de Quell n.ó é á á ó Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Quellon, veintiuno de Octubre de dos mil veinte Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-10-21T11:41:58-0300
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar. de Quell nó CAUSA ROL : C-106-2020 CARATULADO : SERVICIO DE SALUD CHILOE/MUNICIPALIDAD DE QUELL NÓ Quellon, veintiuno de Octubre de dos mil veinte VISTOS: En procedimiento ordinario de cuant a mayor, se present a folio 1 el trece deí ó marzo del a o dos mil veinte, la demanda de cobro de pesos, pretendida por el Servicioñ de Salud
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