Juzgado de Garantía de Valparaíso.

MP C/ ALAN BRYAN REYES SALGADO

Rol

O-6707-2022

Fecha

29 de agosto de 2023

Materia

AMENAZAS CONDIC.C/PERSONAS Y PROPIEDADES ART.296 1Y2,ART.297, AMENAZASA CARABINEROS (ART. 417 CÓD. J.MILITAR)., PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

visto visto además lo dispuesto en los artículos °, °, N° , bis, N° del Código Penal; normas pertinentes del Código de Justicia Militar; artículos °, °, y siguientes, , , y siguientes del Código Procesal Penal; se declara: I.- Que se rechaza el requerimiento, en consecuencia se absuelve a ALAN BRYAN REYES SALGADO, cédula de identidad N° . . - , ya individualizado, de los cargos formulados en su contra por el Ministerio Público, en cuanto le atribuye participación en calidad de autor de los delitos de amenazas simples o no condicionales previsto y sancionado en el artículo 296 N°3 del Código Penal, en relación al 5° de la Ley N°20.066, perpetrado supuestamente en contra de Diana Jara Cuadra, amenazas en a personal policial, previsto y sancionado en Código de Justicia Militar y del ilícito previsto en el artículo 288 bis, porte o tenencia de arma blanca en la vía pública sin justificación razonable, todos perpetrados supuestamente en la madrugada del de septiembre del año . II.- Estimándose que el Ministerio Público tuvo motivo plausible para iniciar y proseguir la persecución penal, es liberado del pago de costas. Déjense sin efecto las medidas cautelares. Regístrese y archívese en su momento. Dictada por doña NORA BAHAMONDES ACEVEDO, Juez de Garantía de Valparaíso. /dmr Código: JBRMXHHWCTT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-09-13T20:23:52-0300

Fallo

se declara: I.- Que se rechaza el requerimiento, en consecuencia se absuelve a ALAN BRYAN REYES SALGADO, cédula de identidad N° . . - , ya individualizado, de los cargos formulados en su contra por el Ministerio Público, en cuanto le atribuye participación en calidad de autor de los delitos de amenazas simples o no condicionales previsto y sancionado en el artículo 296 N°3 del Código Penal, en relación al 5° de la Ley N°20.066, perpetrado supuestamente en contra de Diana Jara Cuadra, amenazas en a personal policial, previsto y sancionado en Código de Justicia Militar y del ilícito previsto en el artículo 288 bis, porte o tenencia de arma blanca en la vía pública sin justificación razonable, todos perpetrados supuestamente en la madrugada del de septiembre del año . II.- Estimándose que el Ministerio Público tuvo motivo plausible para iniciar y proseguir la persecución penal, es liberado del pago de costas. Déjense sin efecto las medidas cautelares. Regístrese y archívese en su momento. Dictada por doña NORA BAHAMONDES ACEVEDO, Juez de Garantía de Valparaíso. /dmr Código: JBRMXHHWCTT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-09-13T20:23:52-0300

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA: RUC N° - // RIT N° – . C/ REYES SALGADO, ALAN BRYAN cédula de identidad N° . . - , nacido el de septiembre de , años, comerciante ambulante, domiciliado en calle Wilkinson N° , cerro Barón, Valparaíso. Valparaíso, veintinueve de agosto de dos mil veintitrés. Y visto visto además lo dispuesto en los artículos °, °, N° , bis, N° del Código Penal; normas pertinentes del Código de Justici

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica