1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

VILLALÓN/EXPINDUS METALURGICA LIMITADA

Rol

O-3481-2021

Fecha

16 de febrero de 2022

Materia

Despido indirecto, Nulidad del despido, Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA JUICIO PROCEDIMIENTO Ordinario FECHA 16/02/2022, Santiago RUC 21- 4-0341894-0 RIT O-3481-2021 CARATULADO VILLALÓN/EXPINDUS METALURGICA LIMITADA MAGISTRADO ANDREA VASQUEZ BRAVO ADMINISTRATIVO DE ACTAS Cecilia del Pilar Troncoso Lara HORA DE INICIO 12:25 HORA DE TERMINO 13:00 SALA Sala virtual 11 (6.2) Nº REGISTRO DE AUDIO 2140341894-0-1348 PARTE DEMANDANTE Julio Enrique Villalón Albornoz Rut N° 9.901.675-2 ABOGADO DEMANDANTE Camilo Alonso Benítez Vargas Rut N° 16.124.122-9 FORMA DE NOTIFICACION Consta En Autos PARTE DEMANDADA NO COMPARECE Expindus Metalurgica Limitada Rut N° 82.943.600-0 REPRESENTANTE LEGAL Hugo Alejandro Bohme Galaz ABOGADO DEMANDADO -- FORMA DE NOTIFICACION -- ACTUACIONES EFECTUADAS: X · INCORPORA PRUEBA X · 1. DEMANDANTE · A. DOCUMENTAL X · B. CONFESIONAL X · C.TESTIMONIAL - · D. OTROS MEDIOS DE PRUEBA (exhibición y oficios) - · 1. DEMANDADA - · A. DOCUMENTAL - · B. CONFESIONAL - · C.TESTIMONIAL - · D. OTROS MEDIOS DE PRUEBA (exhibición y oficios) - · SENTENCIA X · DECRETA MEDIDA CAUTELAR X MEDIOS DE PRUEBA: PARTE DEMANDANTE INCORPORA: Documental: 1.- Certificado de Antigüedad del demandante, emitido por EXPINDUS METALURGICA LIMITADA, de fecha 24/03/2021. 2.- Liquidaciones de Sueldo del demandante * Año: 2021: Los meses de enero, febrero y marzo. 3.-Carta de Auto Despido, presentada a la INSPECCION DEL TRABAJO, con fecha 14/06/2021. 4.- Carta de Auto Despido, enviada al Empleadora EXPINDUS METALURGICA LIMITADA, de fecha 14/06/2021. 5.- Boucher, Comprobante o Boleta de Carta Certificada enviada por Correos de Chile al empleador, con fecha 15/06/2021, de la demandante de autos. 6.- Certificado de Cotizaciones del Demandante, emitido por AFP CAPITAL, de fecha 18/01/2022. 7.- Certificado de Cotizaciones del Demandante, emitido por FONASA de fecha 13/05/2021. 8.- Certificado de Cotizaciones Previsionales Acreditadas de Cu

Fundamentos

considerando quinto en esos períodos, razón por la que se oficiará a las instituciones de seguridad social para los fines que corresponda para que ejerza la acción de pago, cuya legitimidad activa es titular. i) Las sumas señaladas deberán ser pagadas reajustadas y con intereses de conformidad lo disponen los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo, según corresponda. II. Atendido a que la parte demandada ha sido completamente vencida, se le condena al pago de las costas del juicio, las que se fijan prudencialmente teniendo en consideración la extensión de la causa y la complejidad del asunto, en el monto de $300.000 III. Se decreta la medida cautelar de retención de dineros y se ordena oficiar a las siguientes instituciones bancarias: Banco de Crédito e Inversiones, Banco de Chile, Banco Santander Chile y Tesorería General de la República, a fin de que retenga la suma de $16.000.000 de dineros que correspondan a la parte demandada, ya sea en cuentas corrientes en casos de las instituciones bancarias y retención de impuesto respecto de la Tesorería, Expindus Metalurgica Limitada Rut N° 82.943.600-0 y se ordena la prohibición de celebrar actos y contratos respecto del vehículo que aparece a nombre de la demandada placa patente BBYT91-1, color azul, modelo NJ1050HDF, año 2008, Nº chasis LNJBHSB117L202428, Nº de motor 07A2342. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Ofíciese a las instituciones de seguridad social para los fines que corresponda. En caso de firme y ejecutoriada la sentencia dentro del plazo de quinto día, remítanse los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral de Santiago para los fines pertinentes. Se deja constancia que la presente sentencia consta en el registro de audio de este tribunal, a disposición de las partes y que la misma deberá ser transcrita solamente en el evento de ser recurrida según lo establece el artículo 62 del Acta 71 de la Excelentísima Corte Suprema. Sentencia dictada por doña ANDREA VASQUEZ BRAVO, Juez Titular del 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. REGISTRO DE AUDIO

Fallo

Por estas consideraciones: I. Se acoge la demanda de despido indirecto, nulidad del despido y cobro de prestaciones y se declara que el despido es ajustado a derecho, pero nulo en los términos que establece la ley y se condena a la parte demandada al pago de lo siguiente: a) Indemnización sustitutiva del aviso por la suma de $873.110. b) Indemnización por años de servicios, concretamente once años de servicios, por la suma de $9.604.210. c) Al recargo del 50% según lo establece el artículo 171 en relación al artículo 168 del Código del Trabajo, esto es, a $4.802.105.- d) Se condena al pago de las remuneraciones adeudadas que corresponden al mes de junio del año 2021, por la suma de $407.451.- e) Al pago del feriado legal a 21 días que equivalen a la suma de $611.177. f) Al pago del feriado proporcional que corresponde a 7 días y fracción, por un monto de $208.790. g) Se condena al pago de las remuneraciones de la fecha de la separación del trabajador, esto es, 14 de junio del año 2021 hasta la convalidación del despido, a razón de $873.110 mensuales. h) Se declaran impagas las cotizaciones previsionales señaladas en la letra c) considerando quinto en esos períodos, razón por la que se oficiará a las instituciones de seguridad social para los fines que corresponda para que ejerza la acción de pago, cuya legitimidad activa es titular. i) Las sumas señaladas deberán ser pagadas reajustadas y con intereses de conformidad lo disponen los artículos 63 y 173 del Código del Traba

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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA JUICIO PROCEDIMIENTO Ordinario FECHA 16/02/2022, Santiago RUC 21- 4-0341894-0 RIT O-3481-2021 CARATULADO VILLALÓN/EXPINDUS METALURGICA LIMITADA MAGISTRADO ANDREA VASQUEZ BRAVO ADMINISTRATIVO DE ACTAS Cecilia del Pilar Troncoso Lara HORA DE INICIO 12:25 HORA DE TERMINO 13:00 SALA Sala virtual 11 (6.2) Nº REGISTRO DE A

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