ANDRES ANTONIO LETELIER GONGORA C/ YOVANNI MICHELY VÁSQUEZ LATAPIATT
Rol
O-291-2022
Fecha
4 de septiembre de 2023
Materia
COHECHO O SOBORNO COMETIDO POR PARTICULAR. ART. 250
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Que el día treinta de agosto del año en curso, ante esta Sala del Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, presidida por el magistrado Julio Castillo Urra e integrado por las juezas Paola Orellana Torres en calidad de redactora y Esperanza Carmona Araya como tercera integrante, se llevó a efecto la audiencia del juicio oral de la causa rol interno del Tribunal Nº 291-2022, rol único de causa N° 2100640648-0, seguida en contra de YOVANNI MICHELY VÁSQUEZ LATAPIATT, cédula de identidad N° 12.382.526-8 nacido en Concepción el 25 de noviembre 1973, de 49 años de edad, soltero, estudios básicos, domiciliado en calle El Palpal N° 10.976, Villa Lago Puyehue, comuna de La Pintana. Fue parte acusadora el Ministerio Público, representado por el fiscal don Daniel Schachermayer. La defensa del acusado estuvo a cargo del defensor privado don Gerardo Morales. Ambos con domicilio y forma de notificación registrados en el tribunal. Oídos los intervinientes en juicio oral y
Fundamentos
considerando: PRIMERO: Acusación fiscal. Que la acusación materia de este juicio se basó en los siguientes hechos, que se transcriben íntegramente: “En la ciudad de Santiago, en la comuna de San Ramón, el día 12 de julio de 2021, a las 11:33 horas aproximadamente, en la Oficina del Servicio de Registro Civil e Identificación, ubicada en Avenida Vicuña Mackenna N° 1789, comuna de San Ramón, el imputado YOVANNI MICHELY VASQUEZ LATAPIATT, le preguntó al funcionario del Servicio de Registro Civil e Identificación Andrés Antonio Letelier Góngora, si podía retirar la cédula de identidad de un hijo mayor de edad, ante lo cual el funcionario le explicó que sólo podía entregar el documento a su titular, Código: PXTXXHFZXXM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl ya que era mayor de edad, ante eso el imputado ofreció dinero en reiteradas oportunidades al mencionado funcionario público, para infringir los deberes de su cargo, consistente en entregarle la cédula de identidad de su hijo mayor de edad, primero ofreció la suma de $20.000, ante la negativa, ofreció la suma de $50.000 y ante negativa termina ofreciendo la suma de $100.000, negándose el funcionario público a la solicitud del imputado, quien resultó detenido por carabineros.” Los hechos descritos en concepto del Ministerio Público, son constitutivos del delito consumado de soborno o cohecho activo previsto y sancionado en el artículo 250 en relación con el artículo 248 bis del Código Penal, en el que atribuye al acusado participación en calidad de autor, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 14 Nº1 y 15 Nº1 del Código Penal. En cuanto a las circunstancias modificatorias de la responsabilidad penal, el Ministerio Público señala que no concurren. Luego de señalar los preceptos legales aplicables el Ministerio Público solicita se condene al acusado a la pena de (4) Cuatro años de reclusión menor en su grado máximo, (8) ocho años de inhabilitación absoluta temporal para cargos u oficios públicos en su grado máximo, multa del duplo del beneficio ofrecido, esto es, $200.000 (doscientos mil pesos), más las costas de la causa. SEGUNDO: Alegatos de los intervinientes. Que el Ministerio Público, en su alegato de apertura, expresó que se valdrá de prueba testimonial y documental y con ella solicitará veredicto condenatorio, porque la prueba permitirá acreditar los hechos y la participación del acusado en el delito de soborno, acto de corrupción que debe ser sancionado como tal. En su clausura, el Ministerio Público manifestó que con la prueba rendida se acreditó más allá de toda duda razonable que el acusado tuvo participación culpable en el delito de soborno, consumado. Si se analiza la norma del artículo 250 del Código Penal, el tipo penal se satisface con el ofrecimiento de un beneficio, en este caso económico, a cambio que don Andrés realice una acción con infracción a los deberes del cargo. Como sostuvo don Andrés, estaba impedido
Fallo
se acuerda si el funcionario se enojó. Él le dijo que era una broma. Cuando Carabineros llegó con él, ellos le dijeron al señor que si era una broma por qué no se la aceptaba, pero éste dijo que no. Código: PXTXXHFZXXM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl A la defensa, señaló que no conocía al funcionario, él la sacó allá porque le recomendaron que era más rápido ahí. Luego de los hechos no tuvo contacto con esta persona. Él fue a buscar a los Carabineros para poder recuperar su cédula de identidad, después ellos se retiraron porque llegaron los que llamó el señor del Registro Civil. Estos Carabineros lo único que le dijeron es que quedaba detenido por cohecho. Ese día andaba con dinero, con sesenta y algo mil pesos, porque tenía que comprar los remedios de su mamá y estaban juntando dinero, que eran como trescientos mil pesos. Eso se lo dijo al funcionario de broma, su personalidad es así, pero nunca con maldad, es contratista y siempre está diciendo bromas, pero sanas, nunca con maldad. En un nuevo interrogatorio del Ministerio Público, contestó que él fue a buscar a Carabineros, llegaron y le preguntaron al señor del Registro Civil lo que había pasado, él le explicó y en ese momento llegaron otros Carabineros En total eran cuatro, dos que llamó él y dos que llegaron, quienes tomaron el asunto del señor. Al finalizar la audiencia de juicio, nada señaló. CUARTO: Convenciones probatorias. Que, los intervinien
Texto Completo (Preview)
C/ YOVANNI MICHELY VÁSQUEZ LATAPIATT DELITO : COHECHO RIT Nº : 291-2022 RUC Nº : 2.100.640.648-0 Santiago, cuatro de septiembre de dos mil veintitrés. Vistos: Que el día treinta de agosto del año en curso, ante esta Sala del Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, presidida por el magistrado Julio Castillo Urra e integrado por las juezas Paola Orellana Torres en calidad de redactora
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica