C/ SEBASTIÁN IGNACIO SOTO CARRASCO
Rol
O-169-2023
Fecha
4 de septiembre de 2023
Materia
OCULTAMIENTO DE PLACA PATENTE (ART. 192 LETRA E)
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: “El día 8 de noviembre del 2022, alrededor de las 8.30 hrs., el imputado fue sorprendido en Av. Presidente Riesco, frente al 4383, de la comuna de las condes, conduciendo el vehículo marca NISSAN modelo V16 color blanco patente BCWP13, el cual mantenía una huincha de color negro sobre la letra C, aparentando se una letra O, ocultando la patente verdadera” (sic). La Fiscalía considera que los hechos antes referidos configuran el delito de conducción a sabiendas con placa patente oculta, previsto y sancionado en el artículo 192 letra e) de la Ley 18.290, en grado consumado, correspondiéndole al acusado participación en calidad de autor, en los términos del artículo 15 N° 1 del Código Penal. Código: DLMXXHJREBM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 Asimismo, estima que concurren respecto del acusado la atenuante establecida en el artículo 11 N° 6 del Código Penal, en razón de lo cual requirió que se le imponga la pena de tres años de presidio menor en su grado medio, multa de 50 unidades tributarias, suspensión o inhabilitación de obtener licencia de conducir por el mismo periodo; más las penas accesorias legales y costas de la causa, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 47 del Código Procesal Penal. En su alegato de apertura la representante del Ministerio Público en resumen, anuncia que con la prueba que rendirá pretende acreditar el ilícito establecido en el 192 letra E de la ley 18.290 que prescribe tanto alterar como ocultar una placa patente de un vehículo motorizado, acciones que cometió el imputado, siendo sorprendido. Por lo anterior, al final del juicio solicitará un veredicto condenatorio. Al final del juicio, en su alegato de clausura, estima que con la prueba vertida ha logrado acreditar todos los elementos que se requieren para el tipo penal en cuestión, el sujeto efectivamente conducía un vehículo que se encontraba con la placa patente adulterada o alterada en uno de su
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización del Tribunal e intervinientes. Que con fecha treinta de agosto del año en curso, ante la sala del Tercer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, constituida por las Magistradas doña Katrina Chahin Anania, doña Pamela Silva Gaete y doña Isabel Mallada Costa, en calidad de presidenta, redactora e integrante, respectivamente, se llevó a efecto el Juicio Oral Rol Único de Causa Nº 2201110904-0 Rol Interno del Tribunal Nº 169-2023, seguido en contra de SEBASTIAN IGNACIO SOTO CARRASCO, cédula de identidad N° 21.078.491-8, nacido en Los Ángeles el 17 de julio de 2002, soltero, peoneta, 4° medio rendido, domiciliado en calle Mirador N° 1686 comuna de San Ramón. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, representado por la Fiscal Adjunta doña América Vergara Vergara, en tanto la defensa del acusado estuvo a cargo del Defensor Pública por doña Amalia Beiner Mangiamarchi, ambos con domicilio y forma de notificación registrados en el tribunal. SEGUNDO: Acusación. Que el Ministerio Público al deducir acusación en contra del acusado, según se lee en el auto de apertura de juicio oral, la fundó en los siguientes hechos: “El día 8 de noviembre del 2022, alrededor de las 8.30 hrs., el imputado fue sorprendido en Av. Presidente Riesco, frente al 4383, de la comuna de las condes, conduciendo el vehículo marca NISSAN modelo V16 color blanco patente BCWP13, el cual mantenía una huincha de color negro sobre la letra C, aparentando se una letra O, ocultando la patente verdadera” (sic). La Fiscalía considera que los hechos antes referidos configuran el delito de conducción a sabiendas con placa patente oculta, previsto y sancionado en el artículo 192 letra e) de la Ley 18.290, en grado consumado, correspondiéndole al acusado participación en calidad de autor, en los términos del artículo 15 N° 1 del Código Penal. Código: DLMXXHJREBM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 Asimismo, estima que concurren respecto del acusado la atenuante establecida en el artículo 11 N° 6 del Código Penal, en razón de lo cual requirió que se le imponga la pena de tres años de presidio menor en su grado medio, multa de 50 unidades tributarias, suspensión o inhabilitación de obtener licencia de conducir por el mismo periodo; más las penas accesorias legales y costas de la causa, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 47 del Código Procesal Penal. En su alegato de apertura la representante del Ministerio Público en resumen, anuncia que con la prueba que rendirá pretende acreditar el ilícito establecido en el 192 letra E de la ley 18.290 que prescribe tanto alterar como ocultar una placa patente de un vehículo motorizado, acciones que cometió el imputado, siendo sorprendido. Por lo anterior, al final del juicio solicitará un veredicto condenatorio. Al final del juicio, en su alegato de clausura, estima que con la prueba vertida ha logrado acreditar todos los elemento
Fallo
por tanto, para su ocurrencia, se requiere acreditar el elemento objetivo o conducta sancionada, que es desempeñar la conducción de un vehículo motorizado ocultando su placa patente; y un elemento subjetivo, consistente en que el agente realice esa conducta con dolo directo o a sabiendas. OCTAVO: Valoración de la prueba. Que, tal como se adelantó en el veredicto, la prueba rendida por el ente persecutor ha resultado suficiente para tener por establecido, más allá de toda duda razonable, el elemento objetivo y subjetivo del tipo que configuran el injusto motivo del presente juicio. En efecto, con la declaración del inspector municipal de la comuna Las Condes Cristian Daniel Salazar Vargas se logra establecer el origen del procedimiento que culminó finalmente con la detención del imputado a la llegada del personal de Carabineros. Al efecto el testigo Salazar Vargas, da cuenta que el día 8 de noviembre de 2022 siendo alrededor de la 8:00 horas, en circunstancias que se encontraba patrullando por la comuna Las Condes, al llegar a la intersección de calle Málaga con Presidente Errázuriz se detuvo en un semáforo en rojo, observando por la segunda pista de circulación un vehículo marca Nissan, modelo V16, con el segundo digito de su placa patente claramente adulterado con una huincha aisladora de color negro, Código: DLMXXHJREBM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 8 siendo la letra C, figuraba como una O, por lo que
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1 R. U. C. Nº 2201110904-0 R. I. T. Nº 169-2023 C/ SEBASTIAN SOTO CARRASCO Santiago, cuatro de septiembre de dos mil veintitrés. VISTO, OÍDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización del Tribunal e intervinientes. Que con fecha treinta de agosto del año en curso, ante la sala del Tercer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, constituida por las Magistradas doña Katrina Chahin Anania, do
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