Juzgado de Garantía de Ancud.

MP C/ ANDRÉS LEANDRO MORA SILVA

Rol

O-786-2023

Fecha

1 de septiembre de 2023

Materia

ROBO CON INTIMIDACIÓN . ART. 433, 436 INC. 1

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: Ancud, uno de septiembre de dos mil veintitrés. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la resolutiva es del siguiente tenor: Que, por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 406 y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 1, 3, 5, 7, 11 N° 6 y N° 9, 14, 15 N°1, 18, 21 y siguientes, 50, 61 y siguientes, 70 del Código Penal; artículo 436 del Código Penal, disposiciones de la ley 18.216, y demás normas aplicables en la especie, SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a ANDRÉS LEANDRO MORA SILVA, cédula de identidad N° 21.148.646-5, ya individualizado, a sufrir la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, ACCESORIA DE INHABILITACIÓN ABSOLUTA Y PERPETUA PARA DERECHOS POLÍTICOS E INHABILITACIÓN ABSOLUTA PARA CARGO U OFICIO PÚBLICO DURANTE EL TIEMPO DE LA CONDENA, REGISTRO DE HUELLA GENÉTICA RESPECTO DEL IMPUTADO, Y EL COMISO DE LAS ESPECIES QUE LE FUERON INCAUTADAS Y LA PROHIBICIÓN DEL IMPUTADO DE ACERCARSE A LA PERSONA DE LA VÍCTIMA, Doña Rocío Natali Huirimilla Huirimilla, POR EL TIEMPO QUE DURE LA CONDENA, todo lo anterior por su responsabilidad como Código: SFQLXHLXWXL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl AUTOR en el delito de ROBO CON INTIMIDACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso primero del Código Penal, en grado de CONSUMADO, por el hecho ocurrido en la comuna de Ancud, el día 27 de julio del año 2023. II.- Que, en atención a la aceptación de ser juzgado en un Procedimiento Abreviado, se exime al penado de las costas de la causa. III.- Que, respecto a la pena corporal de 3 años y un día de presidio menor en su grado máximo, concurriendo los requisitos contemplados en el artículo 15 bis de la Ley 18.216 con las modificaciones introducidas por la Ley 20.603, se concede al sentenciado la PENA SUSTITUTIVA DE LIBERTAD VIGILADA INTENSIVA, con un lapso de intervención igual al de la

Fallo

por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 406 y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 1, 3, 5, 7, 11 N° 6 y N° 9, 14, 15 N°1, 18, 21 y siguientes, 50, 61 y siguientes, 70 del Código Penal; artículo 436 del Código Penal, disposiciones de la ley 18.216, y demás normas aplicables en la especie, SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a ANDRÉS LEANDRO MORA SILVA, cédula de identidad N° 21.148.646-5, ya individualizado, a sufrir la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, ACCESORIA DE INHABILITACIÓN ABSOLUTA Y PERPETUA PARA DERECHOS POLÍTICOS E INHABILITACIÓN ABSOLUTA PARA CARGO U OFICIO PÚBLICO DURANTE EL TIEMPO DE LA CONDENA, REGISTRO DE HUELLA GENÉTICA RESPECTO DEL IMPUTADO, Y EL COMISO DE LAS ESPECIES QUE LE FUERON INCAUTADAS Y LA PROHIBICIÓN DEL IMPUTADO DE ACERCARSE A LA PERSONA DE LA VÍCTIMA, Doña Rocío Natali Huirimilla Huirimilla, POR EL TIEMPO QUE DURE LA CONDENA, todo lo anterior por su responsabilidad como Código: SFQLXHLXWXL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl AUTOR en el delito de ROBO CON INTIMIDACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso primero del Código Penal, en grado de CONSUMADO, por el hecho ocurrido en la comuna de Ancud, el día 27 de julio del año 2023. II.- Que, en atención a la aceptación de ser juzgado en un Procedimiento Abreviado, se exime al penado de las costas de la causa. III.- Que, respecto a la pena corporal de 3 años y un d

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SENTENCIA EN JUICIO ABREVIADO, ART. 406 DEL CPP, PARTE RESOLUTIVA Fecha Ancud., uno de septiembre de dos mil veintitrés Magistrado FERNANDO FELIPE FELIÚ CORREA Fiscal PILAR WERNER SÁNCHEZ Defensor CARLOS BARAHONA RAMÍREZ Delito ROBO CON INTIMIDACION Hora inicio 11:36AM Hora termino 12:03PM Sala Sala 1 Tribunal Juzgado de Garantía de Ancud. Acta jcg RUC 2300692916-8 RIT 786 - 2023 NOMBRE IMPUTADO R

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