MP C/ DANIEL ENRIQUE ROJAS VALERA
Rol
O-5254-2023
Fecha
1 de septiembre de 2023
Materia
ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Garantía de La Serena, el Ministerio Público de esta comuna, dedujo acusación verbal, atento lo preceptuada en el artículo 407 del Código Procesal Penal, en contra de DANIEL ENRIQUE ROJAS VALERA, cédula nacional de identidad Nº 16.687.162-K, chileno, mayor de edad, ignora profesión u oficio, domiciliado en calle Alemania N° 3007, sector Las Compañías, comuna de La Serena, representado por un abogado de la Defensoría Penal Pública, por la autoría que le atribuye en un delito de robo con fuerza en las cosas que se encuentran en un lugar habitado, previsto y sancionado en el artículo 440 N° 1, en relación con el artículo 432, ambos del Código Penal, en grado de frustrado, ocurrido en esta comuna. SEGUNDO: Que, la acusación del Ministerio Público se fundamenta en los siguientes hechos, que se reproducen literalmente de la exposición contenida en la acusación fiscal: “El día 10 de agosto de 2023, a las 20:20 horas aproximadamente, el imputado Daniel Enrique Rojas Valera, con el ánimo de sustraer especies, ingresó al interior del domicilio ubicado en calle Juan Pablo I N° 931, Sector La Florida de esta ciudad, que sirve de morada a don Ignacio Andrés Araya Yáñez y su grupo familiar, mediante el escalamiento de una reja metálica de protección del inmueble de una altura de 1 metro y 96 centímetros, y luego, se desplazó al antejardín de la casa habitación, lugar en el cual, procedió a apropiarse de un toldo de color azul con lona plástica y base metálica, de propiedad del ofendido, siendo sorprendido en esos momentos por la propia víctima, quién procedió a su detención en el lugar.” TERCERO: Que, en la acusación y para el evento del procedimiento abreviado, se expresó que favorecía al acusado la circunstancia atenuante de responsabilidad penal contemplada en el artículo 11 Nº 6 del Código Penal; y la circunstancia atenuante Código: FYGBXHZJWHL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Poder Judicial Juzgado de Garantía de La Serena. PROCEDIMIENTO: ABREVIADO RUC Nº: 2300.867.351-9. RIT Nº: 5.254-2023. DELITO: Robo con fuerza en las cosas que se encuentran en un lugar habitado. SENTENCIADO: Daniel Enrique Rojas Valera. 2 de colaboración sustancial en el esclarecimiento de los hechos, señalada en el N° 9 del artículo 11 del Código Penal; aplicaba en la especie la facultad que le confiere el artículo 406 del Código Procesal Penal, pidiendo la imposición de una pena de 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo, accesorias legales, sin el pago de las costas de la causa. CUARTO: Que, el acusado en conocimiento de los hechos materia de la acusación y de los antecedentes de la investigación que la fundan, que le fueron relatados pormenorizadamente en la audiencia, los aceptó expresamente y manifestó su conformidad con la aplicación del procedimiento abreviado, lo mismo que su abogado defensor. QUINTO: Que, la defensa del acusado, habida consid
Fallo
se resuelve: I.- Que, SE CONDENA a DANIEL ENRIQUE ROJAS VALERA, cédula nacional de identidad Nº 16.687.162-K, ya individualizado, a sufrir la pena de TRES AÑOS Y UN DIA de presidio menor en su grado máximo y a la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y de la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena; por su responsabilidad como autor de un delito de robo con fuerza en las cosas perpetrado en dependencias de un lugar habitado, en grado de desarrollo de frustrado, previsto y sancionado en el artículo 440 Nº 1, del Código Penal, ocurrido en la comuna de La Serena, el día diez de agosto del año dos mil veintitrés. II.- Que, reuniéndose en este caso los requisitos de los artículos 15 y 15 bis de la Ley N°18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de LIBERTAD VIGILADA INTENSIVA por igual término que el de la pena privativa de libertad que se sustituye, debiendo presentarse al Centro de Reinserción Social de Gendarmería de la comuna de La Serena, debiendo, además, cumplir durante el período de control con el plan de intervención individual que se apruebe en su momento, con las condiciones legales de las letras a), b) y c) del artículo 17 de la citada ley. Adicionalmente, se impone al sentenciado la condición de la letra b) y d) del artículo 17 ter de la Ley N°18.216, esto es, la prohibición de aproximarse la víctima Ignacio Andrés Araya Yáñez
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Poder Judicial Juzgado de Garantía de La Serena. PROCEDIMIENTO: ABREVIADO RUC Nº: 2300.867.351-9. RIT Nº: 5.254-2023. DELITO: Robo con fuerza en las cosas que se encuentran en un lugar habitado. SENTENCIADO: Daniel Enrique Rojas Valera. 1 La Serena, a uno de septiembre del año dos mil veintitrés. VISTOS y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Garantía de La Serena, el Ministerio Públic
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