Juzgado de Garantía de Arauco.

ROLANDO NEIRA MARTINEZ C/ FELIPE ANDRÉS MARTÍNEZ MARTÍNEZ

Rol

O-709-2023

Fecha

1 de septiembre de 2023

Materia

PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).

Resultado

No especificado

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Hechos

visto además lo dispuesto en los artículos 1, 11 N° 9, 14, 15, 25, 26, 30, 51, 67, 69, 70 y 288 bis del Código Penal; artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que, se condena a FELIPE ANDRÉS MARTÍNEZ MARTÍNEZ, ya individualizado, a la pena de multa de un tercio (1/3) unidad tributaria mensual, como autor del delito consumado de Porte de arma cortante o punzante, previsto y sancionado en el artículo 288 bis del Código Penal, cometido el día 27 de julio de 2023, en esta ciudad. II.- Que, se tiene por cumplida la pena de multa, en atención a su privación de libertad por un lapso superior a 12 horas con motivo de su detención de fecha 31 de agosto del año en curso a las 14:00 horas y controlada su detención el día 01 de septiembre de 2023 pasadas las 11:00 horas. III.- Que se decreta el comiso de la especie incautada. IV.- Que, no se condena en costas al sentenciado, toda vez que asumió su responsabilidad en los hechos del requerimiento fiscal, ahorrando así costos al Estado. Ejecutoriada que sea la sentencia, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Código: KSDCXHXPXHL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Las partes renuncian a los recursos y plazos legales.  Orden de libertad Dirigió la audiencia, doña PERLA ANDREA ROA BORGOÑO, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Arauco. Que en Arauco, a uno de septiembre de dos mil veintitrés, notifiqué por el Estado Diario, la resolución precedente. Código: KSDCXHXPXHL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-09-01T16:19:54-0400

Fallo

POR ESTAS CONSIDERACIONES y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 11 N° 9, 14, 15, 25, 26, 30, 51, 67, 69, 70 y 288 bis del Código Penal; artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que, se condena a FELIPE ANDRÉS MARTÍNEZ MARTÍNEZ, ya individualizado, a la pena de multa de un tercio (1/3) unidad tributaria mensual, como autor del delito consumado de Porte de arma cortante o punzante, previsto y sancionado en el artículo 288 bis del Código Penal, cometido el día 27 de julio de 2023, en esta ciudad. II.- Que, se tiene por cumplida la pena de multa, en atención a su privación de libertad por un lapso superior a 12 horas con motivo de su detención de fecha 31 de agosto del año en curso a las 14:00 horas y controlada su detención el día 01 de septiembre de 2023 pasadas las 11:00 horas. III.- Que se decreta el comiso de la especie incautada. IV.- Que, no se condena en costas al sentenciado, toda vez que asumió su responsabilidad en los hechos del requerimiento fiscal, ahorrando así costos al Estado. Ejecutoriada que sea la sentencia, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Código: KSDCXHXPXHL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Las partes renuncian a los recursos y plazos legales.  Orden de libertad Dirigió la audiencia, doña PERLA ANDREA ROA BORGOÑO, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Arauco. Que

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Individualización de Audiencia de Control de detención Fecha Arauco, uno de septiembre de dos mil veintitrés. Magistrado PERLA ANDREA ROA BORGOÑO Fiscal KARINA BUCAREY MORALES Defensor SANDRA CAMPOS QUIROZ Hora inicio 11:11 horas Hora término 11:18 horas Sala Sala 1 Tribunal Juzgado de Garantía de Arauco Acta Claudia Labraña Valenzuela RUC 2300696736-1 RIT 709 - 2023 Imputado R.U.T Dirección FELIP

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