Juzgado de Garantía de Rengo.

MP C/ LÁZARO ANTONIO CORTÉS DONOSO

Rol

O-100-2023

Fecha

31 de agosto de 2023

Materia

ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO O SITIOSNO DESTIN.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 16 de enero de 2023, alrededor de las 18:30 horas, en calle Comercio con Rafael Tagle, de la comuna Requinoa, el acusado LAZARO ANTONIO CORTES DONOSO, rompió el vidrio del costado derecho del automóvil marca Suzuki, modelo Baleno, placa patente única TD- 3821, con el fin de sustraer para sí, con ánimo de lucro, el monto de $40.000, además de una caja color amarillo con herramientas en su interior, correspondiente a la víctima TAMARA ANDREA GUERRA BRAVO, quien dejó su automóvil estacionado en dicho lugar con la finalidad de realizar trámites. Modificatorias de responsabilidad: Artículo 11 Nº 9 del Código Penal Artículo 12 Nº 16 del Código Penal Vistos y oídos los intervinientes: Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente; la resolutiva es del siguiente tenor: Código: FHMXHJPHTL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; mailto:jgrengo@pjud.cl “Encontrándose vigente Ley 20886 sobre Tramitación Electrónica, se informa que toda la documentación debe ser remitida al tribunal a través del portal OFICINA VIRTUAL JUDICIAL https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; se excluyen las instituciones con convenios”. Pedro Segundo Estrada N° 36 - Rengo Teléfono: 72-2-512844 / Teléfono: +56982995800 (08:00 a 16:00 horas) correo electrónico: jgrengo@pjud.cl Y teniendo además presente artículos atingentes del Código Penal, Código Procesal Penal, Ley 18.216 y demás normas legales pertinentes, SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a LÁZARO ANTONIO CORTÉS DONOSO, cédula de identidad N° 19020191-0, por su participación en calidad de autor de un delito consumado del artículo 443 del Código Penal, ocurrido el día 16 de enero de 2023 en la comuna de Requinoa en perjuicio de la víctima Tamara Andrea Guerra Bravo, y se le impone la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, accesorias de suspensión

Fallo

SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a LÁZARO ANTONIO CORTÉS DONOSO, cédula de identidad N° 19020191-0, por su participación en calidad de autor de un delito consumado del artículo 443 del Código Penal, ocurrido el día 16 de enero de 2023 en la comuna de Requinoa en perjuicio de la víctima Tamara Andrea Guerra Bravo, y se le impone la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II.- Que reuniendo el sentenciado los requisitos que establece el artículo 8º de la ley 18.216, SE SUSTITUYE la pena corporal impuesta por la de RECLUSIÓN PARCIAL DOMICILIARIA NOCTURNA, debiendo sujetarse el sentenciado a encierro entre las 22:00 horas de cada día y hasta las 06:00 horas de la mañana siguiente en su domicilio, por el tiempo de duración de la condena. El inicio de esta pena sustitutiva es a contar del día 04 de Septiembre de 2023, para ello se ordena oficiar a Carabineros de Chépica, para que tengan conocimiento de esta pena sustitutiva y verifiquen en forma aleatoria que el sentenciado se encuentre en su domicilio en el horario anteriormente señalado. Si la pena sustitutiva impuesta fuese revocada o quebrantada el condenado cumplirá íntegra y efectivamente la pena privativa de libertad inicialmente impuesta o, en su caso, se la reemplazará por una pena sustitutiva de mayor intensidad o se dispondrá la intensificación de las condiciones decretadas. En estos casos, se someterá

Texto Completo (Preview)

“Encontrándose vigente Ley 20886 sobre Tramitación Electrónica, se informa que toda la documentación debe ser remitida al tribunal a través del portal OFICINA VIRTUAL JUDICIAL https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; se excluyen las instituciones con convenios”. Pedro Segundo Estrada N° 36 - Rengo Teléfono: 72-2-512844 / Teléfono: +56982995800 (08:00 a 16:00 horas) correo electrónico: jgrengo@pju

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