MP C/ JOSÉ EVARISTO RODRÍGUEZ PEÑA
Rol
O-2995-2023
Fecha
31 de agosto de 2023
Materia
DAÑOS SIMPLES.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos “El día 21 de mayo de 2023, a las 23:55 horas aproximadamente, el imputado Jose Evaristo Rodríguez Peña, al exterior de la clínica dental de la IV zona de Carabineros, ubicada en la intersección de calle Colón con calle Cienfuegos, comuna de La Serena, golpeó con su puño, un vidrio de una ventana de 1 metro de alto por 80 centímetros de ancho, quebrándolo, de propiedad del Fisco de Chile, provocando daños avaluados prudencialmente en la suma de $100.000.-“ POSTERIOR AL DEBATE EL TRIBUNAL DICTÓ LA SIGUIENTE SENTENCIA El Tribunal dicta sentencia condenatoria, quedando los
Fundamentos
considerando grabados íntegramente en el registro de audio N° 2300551011-2-929 - 230831-01 - 05 - 2995- 2023 sentencia, en virtud del artículo 41 del Código Procesal Penal. VISTOS Y CONSIDERANDO: Y teniendo, además, presente lo dispuesto en los artículos 1, 11 N° 9, 14 N° 1, 15 Nº 1, 24, 25, 30, 50, 68, 69, 70 y 487 del Código Penal; 45, 47, 388, 390 y 395 del Código Procesal Penal,
Fallo
se resuelve: PROCEDIMIENTO: Simplificado RUC Nº: 2300551011-2 RIT Nº: 2995 - 2023 DELITO: Daños Simples SENTENCIADO: JOSÉ EVARISTO RODRÍGUEZ PEÑA Código: ELXCXHDTSVK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Que, SE CONDENA a JOSÉ EVARISTO RODRÍGUEZ PEÑA, cédula nacional de identidad N° 18.735.889-2, ya individualizado, a sufrir una pena de multa de DOS TERCIOS de Unidad Tributaria Mensual, por su responsabilidad como autor de un delito consumado de daños simples, previsto y sancionado en el artículo 487 del Código Penal, perpetrado en esta ciudad, el día veintiuno de mayo del año dos mil veintitrés. II.- Que, conforme a lo razonado en el motivo sexto de este fallo, la pena pecuniaria impuesta, convertida a la pena de dos días de reclusión, se tendrá por cumplida, atendido el tiempo que el sentenciado permaneció privado de libertad con ocasión de esta causa. III.- Que, SE EXIME al sentenciado del pago de las costas de la causa, según se estableció en el considerando séptimo precedente. Regístrese, y ejecutoriada que sea esta sentencia, dése cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Dictada por don Pedro Álvaro Rojas Castro, Juez Titular del Juzgado de Garantía La Serena. Código: ELXCXHDTSVK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-08-31T20:53:19-0400
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RESUMEN DE AUDIENCIA Fecha La Serena, treinta y uno de agosto de dos mil veintitrés Tribunal Juzgado de Garantía de La Serena Juez Pedro Álvaro Rojas Castro Fiscal Fabiola Celis Corrales Defensor Rosa Álvarez Flores Imputado José Evaristo Rodríguez Peña, cédula nacional de identidad N° 18.735.889-2, domiciliado en calle Baquedano Nº 2869, sector Las Compañías, comuna de La Serena. Sala Sala 1 Act
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