Juzgado de Garantía de Antofagasta.

MP C/ JANIS MICHELLE BUSTOS SANTOS

Rol

O-11946-2021

Fecha

14 de agosto de 2023

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

vistos los antecedentes y

Fundamentos

considerando: Primero: Que, ante este Juzgado de Garantía, el Ministerio Público, presentó acusación en contra Janis Michelle Bustos Santos, cédula nacional de identidad Nº 20.260.787-K, chilena, nacida el 04 de octubre de 1999, 24 años, domiciliada en Pasaje Dos Oriente, casa Nº 4208, Antofagasta, representada legalmente por la defensora penal licitada doña Camila Valdivia. Segundo: Que la acusación fiscal, se basa en el siguiente hecho punible, el que se reproduce en forma textual: “El día 11 de Marzo de 2021, siendo aproximadamente las 12:08 horas, la imputada JANIS BUSTOS SANTOS, concurrió al Centro de Cumplimiento Penitenciario Concesionado Nudo Uribe de Antofagasta, portando, transportando y entregando a personal de Gendarmería una encomienda para un interno del penal; la que al ser revisada por los funcionarios, estos advirtieron que en el interior de una bolsa que contenía alimentos y útiles de aseo, había una bolsa de cereales que en su interior contenía 30 envoltorios de nylon color celeste y de nylon transparente con un peso total de 7,24 gramos de marihuana y 18 envoltorios de nylon color celeste y nylon transparente contenedores de un peso total de 7,85 gramos de cocaína base.” Código: HGXZXHMVLQK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Los hechos antes descritos son constitutivos, a juicio del Ministerio Público, del delito de tráfico ilícito de estupefacientes en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 4 de la ley 20.000 en relación al inciso 2° del artículo 1° del mismo cuerpo legal, hechos en el que se le atribuye a la acusada la participación de autora del mismo, en grado de consumado. Tercero: Que el Ministerio Público en la misma audiencia de preparación de juicio oral, solicitó que la presente causa se tramite bajo las normas del juicio abreviado, para tal efecto, modificó la acusación con el fin de permitir la tramitación de este caso conforme a este procedimiento, y en el evento que la acusada estuviese de acuerdo con ello, solicitó se le reconozca la circunstancia atenuante de responsabilidad penal prevista en el artículo 11 número 9 del código penal, esto es, la colaboración sustancial con el esclarecimiento de los hechos, en forma instrumental por haber aceptado la imputada la tramitación del procedimiento bajo las reglas del juicio abreviado, sumada a la circunstancia atenuante prevista en el artículo 11 Nº 6 del Código Penal, rebajando en un grado la pena, anteriormente aumentada en consideración a la circunstancia agravante de responsabilidad criminal prevista en el artículo 19 h) de la Ley N° 20.000 y en definitiva se le imponga la pena de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio, multa de 10 unidades tributarias mensuales, accesoria de suspensión de cargo u oficio público, demás legales, sin las costas de la causa. Cuarto: Que informada de sus derechos y advertida de las consecuencias legales de su decisión, s

Fallo

Por estas consideraciones y teniendo presente además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 11 N° 6 y 9, 14 Nº 1, 15 Nº 1, 25, 30, 67, 69 y 70 del Código Penal, 1, 4, 19 letra h) y 52 de la Ley N° 20.000, artículos 11, 406 y siguientes del Código Procesal Penal, 1, 15 y siguientes y 38 de la ley 18.216, se declara: I.- Que se condena a Janis Michelle Bustos Santos, cédula nacional de identidad Nº 20.260.787-K, ya individualizada a sufrir la pena de quinientos cuarenta y un (541) días de presidio menor en su grado medio, al pago de una multa a beneficio fiscal de diez (10) unidades tributarias mensuales, a la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y al comiso de todos los Código: HGXZXHMVLQK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl efectos e instrumentos del delito, como autora del delito de tráfico ilícito de pequeñas cantidades de sustancias estupefacientes o sicotrópicas previsto y sancionado en el artículo 4° en relación al artículo 1° ambos de la Ley N° 20.000, perpetrado el día 11 de Marzo de 2021, en esta comuna. II.- Se faculta a la sentenciada a pagar la multa impuesta en diez (10) parcialidades de una unidad tributaria mensual, las que deberá pagar dentro de los cinco primeros días de cada mes, a contar del mes siguiente a que se encuentre ejecutoriada la presente sentencia. Se le apercibe que en el evento de no pagar una de las parcialidades concedidas deberá pagar el monto t

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Individualización de Audiencia de lectura de sentencia.. Fecha Antofagasta., catorce de agosto de dos mil veintitrés Magistrado MARCO ANTONIO ESCOBAR MARTÍNEZ Fiscal JAVIER ANDRÉS FIBLAS RABELLO Defensor SURIMA QUEZADA ZUÑIGA Hora inicio 12:00PM Hora termino 12:10PM Sala QUINTA SALA Tribunal Juzgado de Garantía de Antofagasta. Acta LD RUC 2100262593-5 RIT 11946 - 2021 NO COMPARECE NOMBRE IMPUTADO

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