MP C/ EDUARDO ANDRÉS PÉREZ BAHAMONDES
Rol
O-5452-2018
Fecha
31 de agosto de 2023
Materia
RECEPTACION. ART. 456 BIS A.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos del requerimiento lo que ha implicado ahorro de recursos fiscales. Dese cumplimiento oportuno a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Las partes renuncian a los plazos y recursos legales. Anótese, regístrese y archívese. RIT 5452 - 2018 RUC 1800700653-1 Pronunciada por don MIGUEL ANGEL GARCIA HERRERA, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt. Tramitada y gestionada:Cvv Código: SKKCXHWHHPK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-08-31T14:19:29-0400
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N°9, 15 N° 1, 18, 24, 25, 30, 49 y 456 bis A del Código Penal; artículos 45, 47, 295, 297, 388 y 395 y siguientes del Código Procesal Penal; Ley 18.216, se declara: I.- Que, SE CONDENA a EDUARDO ANDRÉS PÉREZ BAHAMONDES, RUN N° 16.584.150-6, ya individualizado, como autor del delito consumado de receptación en perjuicio de “José Aguilar Almonacid” cometido en Puerto Montt el día 19 de julio de 2018, a la PENA de UN DÍA DE PRISIÓN EN SU GRADO MÍNIMO, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y al PAGO de multa de UN TERCIO de unidad tributaria mensual, II.- Que, tanto la pena corporal, como la pena de multa impuesta se le da por cumplida con los dos días de detención que le han afectado en la presente causa, correspondiente a los días 19 y 20 de julio de 2018. III.- Que, no se le condena en costas por haber aceptado responsabilidad en los hechos del requerimiento lo que ha implicado ahorro de recursos fiscales. Dese cumplimiento oportuno a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Las partes renuncian a los plazos y recursos legales. Anótese, regístrese y archívese. RIT 5452 - 2018 RUC 1800700653-1 Pronunciada por don MIGUEL ANGEL GARCIA HERRERA, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt. Tramitada y gestionada:Cvv Código: SKKCXHWHHPK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en ht
Texto Completo (Preview)
Sentencia: Puerto Montt, treinta y uno de agosto de dos mil veintitrés. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el registro de audio pertinente; la resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N°9, 15 N° 1, 18, 24, 25, 30, 49 y 456 bis A del Código Penal; artículos 45, 47, 2
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