EJSMENTEWICZ/
Rol
V-248-2019
Fecha
20 de octubre de 2020
Materia
BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Comparece do a Bernardita de Lourdes Belmar Calder n, due a de casa,ñ ó ñ domiciliada en calle Bel n Nro.3526, Pedro Aguirre Cerda, quien solicita se ordeneé al Sr. Conservador de Bienes Ra ces de San Miguel practicar la inscripci n de laí ó escritura p blica de Cesi n de derechos Hereditarios de fecha 10 de julio de 2001,ú ó otorgada ante la Notario P blico de San Miguel, do a Alicia Espinoza Cid.ú ñ Funda su pretensi n, en que por medio del instrumento indicado, su padreó don Juan Belmar Montoya, fallecido el 8 de agosto de 2002, cedi a sus hijasó Rosa Anelia, y Lucia, junto a la compareciente, todos los derechos que le corresponden en la herencia de su c nyuge fallecida y todos los derechos comoó propietario de un inmueble. Agrega que dicho instrumento no fue inscrito por desconocimiento de las cesionarias y con posterioridad a la tramitaci n de laó posesi n efectiva de sus padres; advirti que no se hab a dado cumplimiento a laó ó í intenci n de su padre. Por lo que con posterioridad procedi a ingresar aló ó conservador de bienes ra ces el mencionado instrumento, para su inscripci n,í ó siendo rechazada indicando “cedente no tiene derechos en la herencia de su c nyuge”. Se ala que la voluntad de su padre como cedente contenida en laó ñ escritura indicada es clara y procede la inscripci n, no obstante “que sus derechosó los cedi e igualmente quedaron vigentes respecto de los gananciales” que leó correspond an a su padre.í Termina solicitando, en atenci n a lo expuesto, documentos que acompa aó ñ y citas legales que invoca, que se ordene lo siguiente: a) Inscribir en el registro de propiedad la escritura p blica de cesi n de fechaú ó 10 de julio del 2001. b) Que se realice anotaci n marginal a la inscripci n especial de herencia de suó ó padre, de fojas 10556 n mero 7526 del a o 2013.ú ñ c) O en el caso que lo anterior no proceda, inscribir la escritura p blica deú cesi n de derechos en el registro de propiedad, cancelando con ello laó inscripci n especial
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a fojas 1 comparece do a Bernardita de Lourdes Belmarñ Calder n, quien solicita lo se alado en lo expositivo de esta sentencia por losó ñ fundamentos all expuestos. í RIT« » Foja: 1 SEGUNDO: Que a fin de acreditar su pretensi n la solicitante acompaó ñó al proceso los siguientes documentos, consistentes en: 1. Certificados de matrimonio y defunci n de don Juan Belmar Montoya yó de do a Mar a Calder n Ram rez. ñ í ó í 2.- Copia autorizada de escritura p blica de cesi n de derechos hereditariosú ó de fecha 10 de julio de 2001, otorgada ante la Notario P blico do a Aliciaú ñ Espinoza Cid. 3.- Car tula de solicitud de inscripci n y rechazo del Conservador de Bienesá ó Ra ces de San Miguel.í 4.- Copia inscripci n de dominio de fojas 8611 Nro.15850 del a o 1968 deló ñ Conservador de Bienes Ra ces de San Miguel.í 5- Copia inscripci n de dominio de fojas 10565 vta. Nro.7520 del a oó ñ 2013 del Conservador de Bienes Ra ces de San Miguel.í 6.- Copia inscripci n de dominio de fojas 10566 Nro.7526 del a o 2013 deló ñ Conservador de Bienes Ra ces de San Miguel.í 7.- Certificado de posesi n efectiva de la causante do a Mar a Calder nó ñ í ó Ram rez, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificaci n.í ó 8.- Certificado de posesi n efectiva del causante don Juan Belmar Montoyaó Mar a Calder n Ram rez, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificaci n.í ó í ó TERCERO: consta en autos que se agreg informe del Sr. Conservador deó Bienes Ra ces de San Miguel, en el que se ala que se rechaz la inscripci ní ñ ó ó intentada. Indica que don Juan Belmar Montoya y do a Mar a Rosa Calderolñ í Ram rez, contrajeron matrimonio con fecha 26 de Junio de 1953, y que elí r gimen patrimonial pactado fue el de sociedad conyugal. Debido al fallecimientoé de la c nyuge, en el a o 1999 y por ende con la disoluci n de la sociedadó ñ ó conyugal, don Juan Belmar Montoya solo pose a derechos sobre los ganancialesí obtenidos durante la vigencia del r gimen patrimonial, de conformidad a ley vigenteé a esa fecha. Con posterioridad y con la entrada en vigencia de la ley 19.585, la cual incluye como legitimario al c nyuge sobreviviente, entro en vigencia conó posterioridad al fallecimiento de do a Maria Rosa Calder n Ramirez, excluyendo deñ ó esta manera y no incorpor ndose a su patrimonio derechos sobre la herencia de laá citada persona. Por lo que los pactos acordados por las partes resultan ineficaces y al no haberse cursado conforme a derecho, el origen de ello es la debida redacci n de la escritura de cesi n. ó ó CUARTO: Que lo primero que cabe hacer notar, es que en la escritura de cesi n cuya inscripci n se solicita de fecha 10 de julio del 2001, actuaron comoó ó cedente el padre de la solicitante y como cesionarios no solo la compareciente, sino tambi n otras dos hermanas de sta, do a Rosa Inelia y Lucia ambas Belmanré é ñ Calderon, quienes no han concurrido a entablar la presente acci n.ó Que adem s, de los documentos acompaá ñados por la
Fallo
SE DECLARA: Que no ha lugar, en todas sus partes, a la demanda deducida por do añ Bernardita de Lourdes Belmar Calder nó An tese y dese copia. ó DICTADA POR DO A CAROLYN MEDINA DUARTE, JUEZÑ SUPLENTE. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en San Miguel, veinte de Octubre de dos mil veinte F Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-10-20T15:40:05-0300
Texto Completo (Preview)
RIT« » Foja: 1 FOJA: 12 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado Civil de San Miguelº CAUSA ROL : V-248-2019 CARATULADO : EJSMENTEWICZ/ San Miguel, veinte de Octubre de dos mil veinte VISTOS: Comparece do a Bernardita de Lourdes Belmar Calder n, due a de casa,ñ ó ñ domiciliada en calle Bel n Nro.3526, Pedro Aguirre Cerda, quien solicita se ordeneé al Sr. Conservador de Bienes Ra c
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