C/ LUIS ALBERTO MIRANDA ÁLVAREZ
Rol
O-6906-2022
Fecha
29 de agosto de 2023
Materia
CONDUC.SIN LA LICENCIA DEBIDA ART 194 LEY DE TRANSITO., OCULT IDENT EN CONTROL PREVENT ART 496 N: 5 Y 12 LEY 20931
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: Con fecha 23 de noviembre de 2022, a las 13:00hrs. aproximadamente, el imputado LUIS ALBERTO MIRANDA ÁLVAREZ, ya individualizado, conducía sin la licencia profesional requerida el camión marca Mitsubishi, modelo Canter 5.7, PBV: 5700 kilos, placa patente GXXB-71, por Av. La Florida en dirección al sur, oportunidad en que al aproximarse a la intersección con calle Gerónimo de Alderete en la comuna de La Florida, impacta la parte posterior los automóviles placa patente HRZJ-44 y LHGW-58, motivo por el cual fue controlado por personal de Carabineros de Chile, quienes al solicitarle su licencia de conducir se percatan que el imputado lo hacía sin licencia de conducir. Asimismo, al momento que los funcionarios policiales le solicitan su identificación, este señala no portar su cédula de identidad y que su nombre es Milton Orlando Castro Álvarez, pero al verificar su identidad en la unidad policial, los funcionarios se percatan que la fotografía asociada al imputado no corresponde, instantes en que este señala que su nombre es Luis Alberto Miranda Álvarez, y que había dado dicha identidad para no ser detenido, ya que este registraba órdenes de detención pendiente. SEGUNDO: Que el imputado, previa las advertencias legales, admitió responsabilidad en los hechos que se describen en el requerimiento, por lo que se procedió de conformidad al artículo 395 del Código Procesal Penal. TERCERO: Que para los efectos de la determinación de la pena se ha tenido presente que los ilícitos se encuentran en grado de consumado y favorece al requerido la atenuante contemplada en el artículo 11 Nº 9 del Código Penal. CUARTO: Que el imputado cumple los requisitos previstos en el artículo 8 de la ley 18.216 para acceder a la pena sustitutiva de la reclusión nocturna. Y, teniendo presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 Nº 9, 14, 15 N° 1, 30, 51, 67, 69, del Código Penal; artículos 1, 4, 8, 50, 388, 395 y siguientes del Código Procesal Penal, artículos 8 y siguientes de
Fallo
SE DECLARA: I. Se condena a LUIS ALBERTO MIRANDA ÁLVAREZ a la pena de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, a la accesoria de suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, como autor del delito de conducción de vehículo sin la licencia profesional debida, previsto en artículo 194 de la Ley 18.290, en carácter de consumado, perpetrado en esta jurisdicción, el día 23 de noviembre de 2022, sin costas. II. Se condena a LUIS ALBERTO MIRANDA ÁLVAREZ al pago de una multa de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, como autor de la Código: DRGQXHXSSSK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl falta de ocultación de identidad, en grado de consumada, prevista en el artículo 496 N° 5 del Código Penal , en carácter de consumado, perpetrada en esta jurisdicción, el día 23 de noviembre de 2022, sin costas. III. Cumpliendo con los requisitos legales se sustituye la pena privativa de libertad por la de la reclusión domiciliaria parcial nocturna, esto es, desde las 22:00 y las 6:00 horas, por el tiempo de la condena, debiendo computarse una noche por cada día de privación de libertad, sin abonos que considerar. Para los efectos de empezar a cumplir la pena en esta modalidad, el sentenciado comenzará a cumplir la pena el día que inicie Gendarmería de Chile el control telemático de la pena. IV. La pena pecuniaria se tendrá por cumplida con la privación de libertad ocurrida el 24 de noviembre de
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Santiago, a veintinueve de agosto de dos mil veintitrés. PRIMERO: Que el Ministerio Público dedujo requerimiento en procedimiento simplificado en contra de LUIS ALBERTO MIRANDA ÁLVAREZ, cédula de identidad Nº 9.667.003-6, domiciliado en calle Cauquenes N°1041, Recoleta, Santiago, por los siguientes hechos: Con fecha 23 de noviembre de 2022, a las 13:00hrs. aproximadamente, el imputado LUIS ALBERTO
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