2º Juzgado de Letras de Linares

BANCO DE CHILE/RELBUN CONSTRUCCIONES LIMITADA

Rol

C-628-2017

Fecha

20 de octubre de 2020

Materia

OTROS ORDINARIOS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: 1.- Partes. Que son partes en este juicio sobre restituci n, cobro de pesos yó subsidiariamente de pago de lo no debido, Rol N C-628-2017 del Segundo Juzgado° de Letras de Linares, BANCO DE CHILE, del giro bancario, representado por C sar Molina Oyarce, ingeniero forestal, ambos con domicilio en calle Independenciaé N 126, Linares, ° como demandante y CONSTRUCCIONES VICTOR MANUEL LEIVA YA EZ E.I.R.L.Ñ representada por don V ctor Manuel Leiva Y ez,í áñ empresario, domiciliado en Quinta San Ram n s/n, Villa Llancanao, Linaresó como demandado. 2.- Demanda. A folio 1 y 18, comparece la parte demandante Banco de Chile, quien deduce demanda de restituci n, cobro de pesos y subsidiariamente deó pago de lo no debido, en contra del demandado ya individualizado. Refiere que con fecha 8 de agosto de 2014 la sociedad demandada suscribió un contrato de cuenta corriente y de operaciones bancarias con el Banco de Chile, cuenta a la cual se le asign el N 2170476601 de la oficina de Linares. ó ° Que es del caso que con fecha 31 de marzo de 2017, por un problema t cnicoé en los sistemas computacionales del banco, algunos clientes de la sucursal de Linares Foja: 1 arrojaron errores en los saldos de sus cuentas corrientes, que en lo espec fico de laí sociedad demandada figur con un saldo positivo de $60.000.000.- en circunstanciasó que su saldo positivo verdadero ascend a a $21.033.985.-. Que en esas circunstancias,í pese a que la cifra de $60.000.000.- era err nea y no reflejaba el saldo positivoó correcto en la cuenta corriente de la sociedad demandada, esta ltimo gir enú ó efectivo, mediante su representante, la antedicha suma de $60.000.000.- quedando en consecuencia sobregirada dicha cuenta en la cantidad de $38.966.015.- Por consiguiente, indica que dicha cantidad fue girada improcedente e incausadamente pagada a la sociedad demandada con motivo de su giro en efectivo, lo que produjo a su favor un provecho y beneficio, en circunstancias que debió haberse negado su pago p

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: A folio 1 y 18, comparece la parte demandante, quien deduce demanda de restituci n, cobro de pesos y subsidiariamente de pago de lo no debidoó en contra de Construcciones V ctor Manuel Leiva Y ez E.I.R.L.í áñ , representada por don V ctor Manuel Leiva Y ezí áñ , a fin de que el Tribunal declare que la sociedad demandada se encuentra obligada a restituir y pagar a su representada la suma de $38.966.015.- m s los reajustes e intereses que se devenguen desde la percepci n porá ó la sociedad demandada de dicha cantidad hasta el d a del pago efectivo, o laí cantidad, reajuste e inter s que el Tribunal determine, y subsidiariamente, para elé Foja: 1 caso improbable en que ella no fuere acogida, se condene a la restituci n a su parteó de la suma de $38.966.015.- m s reajustes e intereses devengados desde la percepci ná ó de dicha cantidad y hasta el d a de pago efectivo, o lo que el Tribunal determine ení definitiva por este concepto, con costas, todo ello de conformidad a los antecedentes de hecho y derecho rese ados en la parte expositiva de este fallo.ñ SEGUNDO: A folio A folio 24 se tuvo por contestada la demanda en rebeld a de la parte demandada.í TERCERO: Que la parte demandante, en apoyo a los fundamentos de su demanda present los siguientes medios de prueba:ó Documental: 1.- A folio 7 se encuentran agregados 1) Comprobante de giro 7742206, de 31 de marzo de 2017, desde cuenta N 217-04766-01, por el monto de $60.000.000.-, y° 2) Carta enviada con fecha 6 de abril de 2017, con su respectivo comprobante de env o, ref: abono err neo en cuenta corriente, por parte de Banco de Chile a Relbuní ó Construcciones Limitada, suscrita por don C sar Molina Oyarce, agente Linares delé Banco de Chile, ambos documentos ratificados a folio 53. 2.- A folio 31 acompa formulario de modificaci n de la empresañó ó demandada, de fecha 28 de noviembre de 2017. 3.- A folio 44 acompa contrato unificado de productos de empresas, hoja deñó firma, versi n 11, de 6 de agosto de 2014, cliente Relbun Construcciones Limitada,ó RUT Cliente 76.371.085-8, ratificado a folio 52. 4.- A folio 54 se encuentra acompa ada constancia emitida por Banco deñ Chile en Santiago, en abril de 2019, suscrita por don Julio Medina Ortega, Gerente de Infraestructura. Confesional: A folio 89, y atendida la no comparecencia del demandado en segunda citaci n, se hizo efectivo apercibimiento establecido en el art culo 394 del C digo deó í ó Procedimiento Civil, teni ndose por confeso al representante de la demandada, de losé siguientes hechos: Que es efectivo que con fecha 31 de marzo de 2017 la sociedad demandada gir en efectivo mediante su representante a la fecha la suma de $60.000.000.-, asó í como es efectivo que a esa misma fecha el saldo positivo verdadero de la sociedad demandada era la suma de $21.033.985.- Que es efectivo que con motivo del giro en efectivo con fecha 31 de marzo de 2017 por la suma de $60.000.000.-, en circunstancias que el saldo positivo verdadero e

Fallo

Fallo Sentencia Definitiva. Fecha Ingreso 12 de abril de 2017. Materia Restituci n y cobro de pesos.ó Caratulado Banco de Chile con Relbun Construcciones Ltda. .“ ” Procedimiento Ordinario. Demandante Banco de Chile. RUT: 97.004.000-5. Abogado Sergio Valenzuela Guzm n.á C.I. 9.013.661-5. Demandado Construcciones V ctor Manuelí Leiva Y ez E.I.R.L.áñ RUT: 76.371.085-8. Abogado NO PRESENTA Juez Paula Luengo Montecino. Linares, veinte de octubre de dos mil veinte. VISTO: 1.- Partes. Que son partes en este juicio sobre restituci n, cobro de pesos yó subsidiariamente de pago de lo no debido, Rol N C-628-2017 del Segundo Juzgado° de Letras de Linares, BANCO DE CHILE, del giro bancario, representado por C sar Molina Oyarce, ingeniero forestal, ambos con domicilio en calle Independenciaé N 126, Linares, ° como demandante y CONSTRUCCIONES VICTOR MANUEL LEIVA YA EZ E.I.R.L.Ñ representada por don V ctor Manuel Leiva Y ez,í áñ empresario, domiciliado en Quinta San Ram n s/n, Villa Llancanao, Linaresó como demandado. 2.- Demanda. A folio 1 y 18, comparece la parte demandante Banco de Chile, quien deduce demanda de restituci n, cobro de pesos y subsidiariamente deó pago de lo no debido, en contra del demandado ya individualizado. Refiere que con fecha 8 de agosto de 2014 la sociedad demandada suscribió un contrato de cuenta corriente y de operaciones bancarias con el Banco de Chile, cuenta a la cual se le asign el N 2170476601 de la oficina de Linares. ó ° Que es del caso que con fe

Texto Completo (Preview)

Foja: 1 FOJA: 100 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Linaresº CAUSA ROL : C-628-2017 CARATULADO : BANCO DE CHILE/RELBUN CONSTRUCCIONES LIMITADA Causa C-628-2017. Tipo de Fallo Sentencia Definitiva. Fecha Ingreso 12 de abril de 2017. Materia Restituci n y cobro de pesos.ó Caratulado Banco de Chile con Relbun Construcciones Ltda. .“ ” Procedimiento Ordinario.

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