10º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ BRAYAN NICOLÁS LAGOS AVILEZ

Rol

O-3353-2021

Fecha

30 de agosto de 2023

Materia

RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 09 de diciembre del año 2021, aproximadamente a las 19:45 horas, en la intersección de calle General Velásquez al llegar a la intersección de Cardenal José María Caro, en la comuna de Lo Espejo, funcionarios policiales sorprendieron al acusado BRAYAN NICOLÁS LAGOS AVILEZ, manteniendo en su poder el vehículo marca KIA, modelo CERATO, placa patente KRWB-28, conociendo o no pudiendo menos que conocer su origen ilícito, toda vez, que éste mantenía encargo vigente por robo según denuncia realizada por la víctima Alexis Zarate Araya. Asimismo el imputado mantenía el vehículo con placas patentes con las siglas JJSX-97 correspondientes a otro vehículo. Y con lo dispuesto en los artículos 1, 11, 15, 49, 70, 456bis A del Código Penal, artículos 47, 406 y siguientes del Código Procesal Penal, artículos 3 y 4 de la ley 18.216. Se declara: l.- Se condena a BRAYAN NICOLÁS LAGOS AVILEZ ya individualizado, como autor del delito consumado de receptación de vehículo motorizado, ocurrido en la comuna de Lo Espejo el día 09 de diciembre del año 2021, a sufrir la pena de quinientos cuarenta y un (541) días de presidio menor en su grado medio, multa de tres millones ($3.000.000), accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, sin costas. II.- Para el cumplimiento de la pena privativa de libertad que se le ha impuesto se le sustituye el cumplimiento por la remisión condicional de la pena, debiendo permanecer sujeto al control y vigilancia de Gendarmería de Chile por el periodo igual al de duración de la condena, esto es quinientos cuarenta y un días. Si esta pena sustitutiva le fuese revocada, quebrantada o agravada la pena originalmente impuesta se le contara desde que se presente o sea habido, Código: SVXTXHXHQNK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl file://10.13.91.223/audiencias/2101111214-2-1229 dejándose constancia que permaneció privado de libertad por esta causa el

Fallo

Se declara: l.- Se condena a BRAYAN NICOLÁS LAGOS AVILEZ ya individualizado, como autor del delito consumado de receptación de vehículo motorizado, ocurrido en la comuna de Lo Espejo el día 09 de diciembre del año 2021, a sufrir la pena de quinientos cuarenta y un (541) días de presidio menor en su grado medio, multa de tres millones ($3.000.000), accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, sin costas. II.- Para el cumplimiento de la pena privativa de libertad que se le ha impuesto se le sustituye el cumplimiento por la remisión condicional de la pena, debiendo permanecer sujeto al control y vigilancia de Gendarmería de Chile por el periodo igual al de duración de la condena, esto es quinientos cuarenta y un días. Si esta pena sustitutiva le fuese revocada, quebrantada o agravada la pena originalmente impuesta se le contara desde que se presente o sea habido, Código: SVXTXHXHQNK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl file://10.13.91.223/audiencias/2101111214-2-1229 dejándose constancia que permaneció privado de libertad por esta causa el día 09 de diciembre de 2021. III.- La multa podrá pagarla en doce cuotas mensuales, iguales y sucesivas, siendo pagadera la primera de ellas los cinco primeros días del mes de octubre del año en curso, el no pago de una de las cuotas hará exigible el total de la multa y si no paga la multa sufrirá por vía de sustitución la pena de prestació

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RESUMEN TRIBUNAL : DECIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO. RUC : 2101111214-2 RIT : 3353 - 2021 DELITO : RECEPTACIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO NOMBRE IMPUTADO : BRAYAN NICOLÁS LAGOS AVILEZ CEDULA DE IDENTIDAD : 20.552.234-4 DOMICILIO : VARGAS FONTECILLA Nº4377 – QUINTA NORMAL FISCAL : MIGUEL PALACIOS HENRIQUEZ DEFENSOR PRIVADO : RODRIGO PALACIOS MARAMBIO CIRCUNST. MODIFICATORIAS : ATENUANTES 11 N°6

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