2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

DOMINGUEZ/MUÑOZ

Rol

O-8668-2019

Fecha

15 de febrero de 2022

Materia

Costas, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 159 N°4, 162, 420, 422, 425, 453, 454, 456, 459 del Código del Trabajo, 1698 del Código Civil y demás normas legales vigentes, se declara: I. Que entre el demandante don ANGEL ERMES DOMINGUEZ CASTILLO y la demandada CONSTRUCTORA DEWMAN LIMITADA existió una relación laboral, cuya fecha de inicio corresponde al día 18 de marzo del año 2019 y su término al día 30 de octubre del año 2019. II. Que el despido efectuado decidido por la demandada es indebido, improcedente e injustificado por lo cual deberá dar pago a los siguientes conceptos: a) $510.145 pesos por indemnización sustitutiva del mes de aviso previo. b) $510.145 pesos por indemnización por años de servicio. c) $255.072 pesos por el 50% del recargo legal. d) $357.101 por concepto de feriado legal. e) $148.785 por concepto de feriado proporcional. f) $510.145 por remuneración del mes de octubre del año 2019. III. Que la demandada además deberá regularizar el pago de las cotizaciones de seguridad social durante toda la vigencia de la relación laboral, en las instituciones de FONASA y AFC CHILE. IV. Que el despido decidido por la demandada no ha puesto término a la obligación remuneratoria, debiendo continuar con el pago de las remuneraciones hasta la convalidación del mismo, teniendo como base remuneratoria la suma de $510.145 pesos. V. Que no se hará lugar a la demandada en contra de LUIS ANTONIO MUÑOZ VILLA, no dando lugar a la declaración de único empleador. VI. Que las sumas antes mencionadas deberán ser pagadas con los reajustes e intereses correspondientes. VII. Que cada parte pagará sus costas. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió la audiencia y dictó sentencia doña Liliana Ledezma Miranda, Jueza Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinien

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 159 N°4, 162, 420, 422, 425, 453, 454, 456, 459 del Código del Trabajo, 1698 del Código Civil y demás normas legales vigentes, se declara: I. Que entre el demandante don ANGEL ERMES DOMINGUEZ CASTILLO y la demandada CONSTRUCTORA DEWMAN LIMITADA existió una relación laboral, cuya fecha de inicio corresponde al día 18 de marzo del año 2019 y su término al día 30 de octubre del año 2019. II. Que el despido efectuado decidido por la demandada es indebido, improcedente e injustificado por lo cual deberá dar pago a los siguientes conceptos: a) $510.145 pesos por indemnización sustitutiva del mes de aviso previo. b) $510.145 pesos por indemnización por años de servicio. c) $255.072 pesos por el 50% del recargo legal. d) $357.101 por concepto de feriado legal. e) $148.785 por concepto de feriado proporcional. f) $510.145 por remuneración del mes de octubre del año 2019. III. Que la demandada además deberá regularizar el pago de las cotizaciones de seguridad social durante toda la vigencia de la relación laboral, en las instituciones de FONASA y AFC CHILE. IV. Que el despido decidido por la demandada no ha puesto término a la obligación remuneratoria, debiendo continuar con el pago de las remuneraciones hasta la convalidación del mismo, teniendo como base remuneratoria la suma de $510.145 pesos. V. Que no se hará lugar a la demandada en contra de LUIS ANTONIO MUÑOZ VILLA, no dando lugar a la declaraci

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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 15 DE FEBRERO DE 2022 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 17 (VIRTUAL) RUC 19-4-0238155-0 RIT O-8668-2019 MAGISTRADO LILIANA LEDEZMA MIRANDA ADMINISTRATIVO DE ACTAS KAREN SCHLOTTERBECK LÓPEZ HORA DE INICIO 11:46 HORAS HORA DE TÉRMINO 12:21 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO 1940238155-0-1349-2202

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