Juzgado de Garantía de San Bernardo

MP C/ LUCIANO MARTIN SANCHEZ VILLANUEVA

Rol

O-5513-2022

Fecha

29 de agosto de 2023

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos : “La presente investigación se inicia por denuncia, donde el denunciante, manifestó que su hija menor de 15 años de edad, recibió un mensaje de vía whatsapp desde el N°+56974421687, por parte de un sujeto de nombre “Harol”, del cual desconoce mayores antecedentes, quien le ofreció droga, por lo que la menor de edad, le manifestó que no se encontraba interesada en comprar droga, posteriormente el sujeto la bloqueó de whatsapp. Conforme a lo anteriormente señalado, se autorizó el uso de la técnica de Agente Revelador- Encubierto. El día 16 de junio de 2022, siendo las 14:30 horas aproximadamente, el agente revelador designado realizó una compra de droga en el metro Cummings, de la comuna de Santiago Centro; venta realizada por el imputado LUCIANO MARTIN SANCHEZ VILLANUEVA, quien efectuó la venta de 09 gramos 100 miligramos de marihuana, a cambio de dinero, sustancia que entregó al agente revelador, acción realizada por el imputado con fines de comercialización, sin la competente autorización, promoviendo y facilitando el uso y consumo de drogas que se encuentran prohibidas por la Ley 20.000. Asimismo, se incautó al imputado 01 teléfono, marca Samsung, modelo Galaxy A-52, Código: KBENXHXYBJK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl color celeste, y la suma de $ 36.270 (treinta y seis mil doscientos setenta pesos) en dinero efectivo. Posteriormente, en virtud de entrada voluntaria por encargado del lugar, los FFPP hacen ingreso a las 16:05 horas al inmueble ubicado en Rafael Sotomayor Nº 537, comuna de Santiago Centro, domicilio del imputado, donde este guardaba marihuana a granel, arrojando un peso de 08 gramos, con fines de comercialización, sin la competente autorización, promoviendo y facilitando el uso y consumo de drogas que se encuentran prohibidas por la Ley 20.000, y se le incauta 01 pesa digital, sin marca, la que fue incautada.” La parte expositiva y considerativa de la presente sentencia

Fallo

se declara: I.- Que se condena a LUCIANO MARTIN SANCHEZ VILLANUEVA, a la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, multa de 1/3 UTM.- sanción pecuniaria la última que se tiene por cumplida con el tiempo que permaneció privado de libertad el imputado en la causa, y a la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor del delito de tráfico de drogas en pequeñas cantidades, en grado de ejecución consumado, cometido en territorio jurisdiccional del tribunal, el 16 de junio de 2022. II.- Que se decreta el comiso de las especies incautadas y se autoriza su destinación o destrucción, según corresponda. III.- Que atendido los antecedentes personales y sociales del sentenciado, en particular su extracto de filiación y antecedentes, no se decreta ninguna de las penas sustitutivas establecidas en la Ley No. 18.216, por lo que deberá cumplir efectivamente la pena privativa de libertad que le ha sido impuesta, sirviéndole de abono el tiempo que ha estado sujeto a prisión preventiva, sumando en total 437 días de abono. Código: KBENXHXYBJK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl IV.- Que no habiéndose determinado la huella genética del sentenciado durante el procedimiento, cúmplase con determinar la referida huella genética en esta oportunidad, previa toma de las muestras biológicas correspondientes e inclúyanse éstas en el Registro de Condenados del Sistema Nacio

Texto Completo (Preview)

ACTA DE LA SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO Fecha : veintinueve de agosto de dos mil veintitrés. Imputado : LUCIANO MARTIN SANCHEZ VILLANUEVA, cédula de identidad N° 14.852.605-2, fecha de nacimiento 04 de noviembre de 1993, con domicilio en Calle JOSE MIGUEL DE LA BARRA 449, DPTO 11, comuna de Santiago. Fiscal : DANIEL RIOS KARL. Defensor : KAREN CERON ACUÑA, cédula de identidad N° 15

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