1º Juzgado de Letras de Calama

INMOBILIARIA AGUA PURA LTDA Y OTROS/

Rol

V-171-2020

Fecha

20 de octubre de 2020

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 19 de febrero de 2020, siendo las 18:07 horas, se present ó RODRIGO MARIN ETEROVIC, abogado, casado, c dulaé nacional de identidad N°10.129.543-5, con domicilio en calle Sucre N°220 oficina 507 de la ciudad de Antofagasta, en representaci n de ó INMOBILIARIA AGUA PURA LIMITADA, sociedad de responsabilidad limitada, del giro expresado en su denominaci n, Rut N° 77.554.170-9, quien viene en solicitaró para ella la constituci n de una concesi n minera de exploraci n en terrenosó ó ó ubicados en la Regi n de Antofagasta, ó Comuna de Calama, que denominará “AS- 33B - 20”. Se ala, que el punto medio tiene las siguientes coordenadas U.T.M.: ñ Al Norte: 7.514.500,00 metros; al Este: 567.500,00 metros. El rea solicitada que se propone explorar tendr la forma de uná á cuadrado, cuyos lados orientados en la direcci n Norte-Sur U.T.M medir nó á 1.000,00 metros y Este-Oeste U.T.M. medir n á 1.000,00 metros, encerrando una superficie total de 100 hect reasá ; y el pedimento se denominar á "AS- 33B- 20". Por lo antes expuesto y normas legales que invoca, solicita conceder la concesi n minera de exploraci n, denominada ó ó "AS -33B - 20", sobre una superficie total de 100 hect reasá . SEGUNDO: Que, el referido pedimento minero fue inscrito con fecha 28 de febrero de 2020, a fojas 848 bajo el N° 597 del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Calama. TERCERO: Que con fecha 16 de marzo 2020, el pedimento minero se public en el Diario Oficial de la Rep blica de Chile en el Bolet n del Bolet nó ú í í de Miner a con el C digo de Validaci n electr nico í ó ó ó CVE 1739687. CUARTO: Que, mediante ordinario N° 3554 de fecha 12 de junio 2020 el Servicio Nacional de Geolog a y Miner a, emiti el correspondiente informe, coní í ó observaciones, se alando que ñ “los aspectos t cnicos relacionados con la solicitud yé plano de la referida concesi n de exploraci n denominada ó ó AS- 33B-20 Rol Nacional, 02301-L 634-1, perteneciente a INMOBILIARIA AGUA PURA LTDA, superficie total 100 hect reasá . 1.- De acuerdo a lo ordenado en su providencia se alada en el Art.1, y añ lo dispuesto en el Articulo 57 del C digo de Miner a, esta Direcci n Regional deló í ó Sernageomin informa lo siguiente: 1.1 Infringe Art. 22 Inciso 2° N° 6, del Reglamento del C digo deó Miner a. En el plano de solicitud de Sentencia Constitutiva, se encuentra incorrectaí la fecha de presentaci n del pedimento, esta no coincide con la fecha de ingresoó que figura en el portal web del poder judicial. 2.- Para informar favorablemente debe subsanar lo observado”. QUINTO: Que, mediante ordinario N° 5332 de fecha 11 de septiembre de 2020, el Servicio Nacional de Geolog a y Miner a, emiti el correspondienteí í ó informe, sin observaciones, se alando que los aspectos t cnicos relacionados con lañ é solicitud y plano de la referida concesi n se encuentra conforme con lasó disposiciones legales vigentes; agregando que la forma, las dimensiones y orientaci n de

Fallo

se declara: í I. Que, se aprueba el plano y se declara constituida la concesi n deó exploraci n minera, denominada ó AS-33B - 20", con una superficie total de 100 hect reasá , a favor de la INMOBILIARIA AGUA PURA LIMITADA, ya individualizada. II. Publ quese esta sentencia en extracto conforme lo ordena el art culoí í 90 del C digo de Miner a y art culo 43 de su Reglamento.ó í í III. Obt ngase copias a trav s del sistema inform tico de la presenteé é á sentencia constitutiva y el original del plano, a fin de que se dé cumplimiento a lo dispuesto en el art culo 42 del Reglamento delí C digo de Miner a.ó í IV. Inscr base esta sentencia constitutiva dentro del plazo de 120 d así í que se ala el art culo 89 del C digo de Miner a, en el Registro deñ í ó í Descubrimientos del Conservador de Minas de esta ciudad y rem taseí copia del plano al Conservador de Minas referido para su archivo. Reg strese, notif queseí í y en su oportunidad arch vese.í Rol V-171-2020. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Calama, veinte de octubre de dos mil veinte Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http:

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FOJA: 23 .- veintitr s.-é NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de Calama CAUSA ROL : V-171-2020 CARATULADO : INMOBILIARIA AGUA PURA LTDA Y OTROS/ Calama, veinte de octubre de dos mil veinte VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 19 de febrero de 2020, siendo las 18:07 horas, se present ó RODRIGO MARIN ETEROVIC, abogado, casado, c dulaé nacional de identidad N°10.1

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