C/ HERNÁN IGNACIO VICENCIO ACEVEDO
Rol
O-2149-2023
Fecha
29 de agosto de 2023
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3., ROBO CON INTIMIDACIÓN . ART. 433, 436 INC. 1
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1º) Que ante este 3er Juzgado de Garantía de Santiago, el Ministerio Público representado por el fiscal Hugo Saldías, dedujo acusación verbal en contra del imputado, Hernán Ignacio Vicencio Acevedo, CNI: 18.534.762-1, cuya profesión u oficio se desconoce, con domicilio que consta en el registro del Tribunal, quien se encuentra debidamente representado por el Defensor Penal Privado, Tomas de Undurraga. Los hechos: El día 22 de Mayo de 2023, alrededor de las 00:20 horas, la víctima SEBASTIAN ANTONIO NICOLAS ROJAS SAAVEDRA transitaba por Calle Bellavista frente al número 7 comuna de Recoleta, fue interceptado por tres sujetos de sexo masculino entre ellos el imputado HERNAN IGNACIO VICENCIO ACEVEDO, quien le colocó un cuchillo en el cuello y lo amenazó señalándole “perkin culiado entrega todas tus huevadas o te matamos aquí mismo”, de esta forma bajo amenaza el imputado y los sujetos que lo acompañaban le sustrajeron un teléfono celular, marca Xiaomi, modelo Redmi 10, color negro, carcasa color verde, 01 audífono inalámbrico, 01 billetera marca Calvin Klein, color negro, en su interior con diversa documentación personal, tarjetas Código: RXYXXHPSYPK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl bancarias y comerciales para luego darse a la fuga con las especies sustraídas. Minutos más tarde el imputado Vicencio Acevedo en la intersección de Dardignac con Antonia López de Bello, comuna de Recoleta, abordó el vehículo Taxi básico Marca Nissan, PPU HCLP 40, el que era conducido por la víctima PEDRO LEON BALBOA VERDIER, allí el imputado le dijo que lo llevara a la comuna de San Miguel, durante el trayecto cuando iban por Av. Cardenal José María Caro con Puente Loreto, comuna de Santiago, cuando la víctima le solcito que le pagara el valor de la carrera de manera anticipada , el acusado extrajo un cuchillo que portaba señalándole “me vas a llevar igual, viejo culiado sino te mato,” poniéndole a la víctima dicho cuchillo en el cuello, estando bajo amenaza la víctima logró llegar a la primera comisaría de Santiago en donde denunció el hecho, sindicando al imputado quien fue detenido de esta forma por personal de carabineros, encontrándose en poder del imputado las especies sustraídas a la primera víctima y al interior del taxi básico se recuperó el arma blanca que utilizó para intimidar a ambos afectados. A juicio de la Fiscalía, los hechos descritos constituyen dos delitos; el primero de robo con intimidación, del artículo 436 en relación al artículo 439 del Código Penal, y el segundo de amenazas no condicionales del artículo 296 N° 3 del Código Penal. Ambos delitos están en grado de ejecución consumados y le corresponde al acusado participación en calidad de autor, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 15 Nº 1 del Código Penal. Refiere que en la especie concurren las circunstancias modificatorias de responsabilidad penal del artículo 11 N° 6 y 9 del Código Penal, por lo que
Fallo
se declara: i.- Que se condena a Hernán Ignacio Vicencio Acevedo, a la pena única de 5 años de presidio menor en su grado máximo y a la accesoria legal de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y de la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, como autor de dos delitos; el primero de robo con intimidación y el segundo de amenazas no condicionales, en grado de ejecución consumados, previstos y sancionados en el artículo 436 en relación al artículo 439 del Código Penal y el segundo, del artículo 296 N° 3 también del Código Penal. Ambos delitos cometidos en Recoleta, territorio jurisdiccional de este Tribunal, el 22 de mayo de 2023. ii.- Que reuniéndose en la especie los requisitos establecidos en el artículo 15 y 15 bis de la Ley No. 18.216, la ejecución de la pena privativa de libertad impuesta al sentenciado se le sustituye por la pena de libertad vigilada intensiva, por el tiempo de duración de la pena privativa de libertad, sujeto a la intervención, a la vigilancia y orientación permanentes de un delegado de Gendarmería de Chile del lugar de su domicilio, debiendo cumplir las condiciones que señala el Código: RXYXXHPSYPK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl artículo 17 de la Ley No. 18.216 y las demás que el referido delegado le imparta, y en este caso, habiéndose decretado la libertad vigilada intensiva el sentenciado deberá cumplir asimismo la
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RIT: 2149-2023 RUC: 2300550671-9 IMPUTADO: Hernán Ignacio Vicencio Acevedo MATERIA: Robo con intimidación y amenazas AUDIENCIA: Procedimiento Abreviado Santiago, veintinueve de agosto de dos mil veintitrés OÍDOS LOS INTERVINIENTES, VISTO Y CONSIDERANDO: 1º) Que ante este 3er Juzgado de Garantía de Santiago, el Ministerio Público representado por el fiscal Hugo Saldías, dedujo acusación verbal en c
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