Juzgado de Familia Quilpue

ANONIMIZADO

Rol

C-508-2023

Fecha

13 de junio de 2023

Materia

DIVORCIO DE COMUN ACUERDO

Resultado

No especificado

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Hechos

Quilpué, trece de junio de dos mil veintitrés. Por cumplido lo ordenado. Proveyendo derechamente la solicitud de folio 1: A LO PRINCIPAL, PRIMER, SEGUNDO y TERCER OTROSÍ: Atendido lo dispuesto en el artículo 64 bis de la Ley 19.968 incorporado por la Ley 21.394, y habiéndose acompañado antecedentes suficientes para formarse convicción, se resolverá de plano la solicitud. AL CUARTO, QUINTO y SEXTO OTROSÍ: Téngase presente el patrocinio y poder conferido. Como se pide a la forma especial de notificación, con excepción de aquellas que se realizan por estado diario. Quilpué, trece de junio de dos mil veintitrés.

Fundamentos

Considerando: 1° Que comparecen don Logan y doña Liz, solicitando se declare terminado por divorcio...

Texto Completo (Preview)

Quilpué, trece de junio de dos mil veintitrés. Por cumplido lo ordenado. Proveyendo derechamente la solicitud de folio 1: A LO PRINCIPAL, PRIMER, SEGUNDO y TERCER OTROSÍ: Atendido lo dispuesto en el artículo 64 bis de la Ley 19.968 incorporado por la Ley 21.394, y habiéndose acompañado antecedentes suficientes para formarse convicción, se resolverá de plano la solicitud. AL CUARTO, QUINTO y SEXTO

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