PROMOTORA CMR FALABELLA S.A/FABRES
Rol
C-1826-2019
Fecha
20 de octubre de 2020
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Con fecha nueve de septiembre de dos mil diecinueve, comparece Esteban García Nadal, abogado, domiciliado en calle La Bolsa N° 81, piso 6, comuna de Santiago, en representación convencional de Promotora CMR Falabella S.A., sociedad anónima del giro de su denominación, representada por don Juan Guillermo Espinosa Fuentes, ingeniero comercial y don Gastón Bottazzini, ingeniero comercial, ambos domiciliados en calle Moneda N° 970, piso 18, comuna de Santiago, quien expresa que en la representación que inviste, interpone demanda ejecutiva en contra de don Fabres Andrades, Cristian César, ignora profesión u oficio, domiciliado en Ananias Bruna N° 46, Villa Los Ilustres, de la comuna de La Cruz, sobre la base de las consideraciones que expone; por lo que solicita se despache desde luego mandamiento de ejecución y embargo en su contra, por la cantidad de $2.626.060,-, con más los intereses correspondientes, ordenando se siga adelante con esta ejecución hasta hacer a su representado entero y cumplido pago de lo adeudado, con costas. Con fecha veintiséis de agosto de dos mil veinte, se da por notificado el demandado y, opone la excepción del número 17, del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, la “prescripción de la deuda o solo de la acción ejecutiva”. Con fecha veintisiete de agosto de dos mil veinte se declara admisible la excepción opuesta a la ejecución y con fecha veintiocho de agosto de dos mil veinte, evacuando el traslado conferido a la interposición de la excepción dicha, el C-1826-2019 Foja: 1 demandante se allana, por lo que con fecha dieciséis de septiembre de dos mil veinte, se cita a las partes a oír sentencia.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: fecha nueve de septiembre de dos mil diecinueve, comparece Esteban García Nadal, abogado, domiciliado en calle La Bolsa N° 81, piso 6, comuna de Santiago, en representación convencional de Promotora CMR Falabella S.A., sociedad anónima del giro de su denominación, representada por don Juan Guillermo Espinosa Fuentes, ingeniero comercial y don Gastón Bottazzini, ingeniero comercial, ambos domiciliados en calle Moneda N° 970, piso 18, comuna de Santiago, quien expresa que en la representación que inviste, interpone demanda ejecutiva en contra de don Fabres Andrades, Cristian César, ignora profesión u oficio, domiciliado en Ananias Bruna N° 46, Villa Los Ilustres, de la comuna de La Cruz, sobre la base de las consideraciones que expone. Dice que don Fabres Andrades, Cristian César, adeuda a su representado el importe correspondiente al pagaré N° 1684893, suscrito por él a la orden de Promotora CMR Falabella S.A., el día 12-08-2019, por la suma de $2.626.060.-, por concepto de capital, pagadero conjuntamente con los intereses correspondientes, en 1 cuota de $2.626.060.-, con vencimiento el día 13-08-2019. Agrega que se estipuló que el capital adeudado devengaría desde el momento de la mora o simple retardo y hasta la fecha de su integra restitución o pago efectivo, el máximo interés que la ley permita estipular. Señala que respecto de la citada obligación, la firma de quien concurre actuando en representación de don Fabres Andrades, Cristian César, se encuentra autorizada por Notario Público, razón por la cual dicho instrumento goza de mérito ejecutivo, y siendo la obligación líquida, actualmente exigible y estando la acción ejecutiva vigente, procede se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra. Finalmente, indica que consta que las partes constituyeron domicilio especial en la comuna de Quillota, sometiéndose a la competencia de sus Tribunales de Justicia, y solicitando despachar desde luego mandamiento de ejecución y embargo en su contra, por la cantidad de $2.626.060,-, con más los intereses correspondientes, ordenando se siga adelante con esta ejecución hasta hacer a su representado entero y cumplido pago de lo adeudado, con costas. SEGUNDO: Que, con fecha veintiséis de agosto de dos mil veinte, comparece doña Camila Vitalia Farías Rivera, abogada, cédula de identidad N°18.252.548-0.-, domiciliada en Avenida Libertad N° 63, oficina N° 508, Viña del Mar, en representación, de don Crisrian César Fabres Andrades, chileno, soltero, chofer, cédula de identidad N°12.819.396-0.-, domiciliado en para estos efectos en C-1826-2019 Foja: 1 Avenida libertad N° 63, Viña del Mar, ejecutado en los autos sobre juicio ejecutivo caratulado "Promotora CMR Falabella S.A. con Fabres"; y se notifica expresamente y, así mismo, requiere de pago, por su representado y de la deuda cobrada en autos, e interpone la siguiente excepción: La excepción del N° 17 de artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, esto es, "la prescripc
Fallo
se declara admisible la excepción opuesta a la ejecución y con fecha veintiocho de agosto de dos mil veinte, evacuando el traslado conferido a la interposición de la excepción dicha, el C-1826-2019 Foja: 1 demandante se allana, por lo que con fecha dieciséis de septiembre de dos mil veinte, se cita a las partes a oír sentencia. CONSIDERANDO: PRIMERO: fecha nueve de septiembre de dos mil diecinueve, comparece Esteban García Nadal, abogado, domiciliado en calle La Bolsa N° 81, piso 6, comuna de Santiago, en representación convencional de Promotora CMR Falabella S.A., sociedad anónima del giro de su denominación, representada por don Juan Guillermo Espinosa Fuentes, ingeniero comercial y don Gastón Bottazzini, ingeniero comercial, ambos domiciliados en calle Moneda N° 970, piso 18, comuna de Santiago, quien expresa que en la representación que inviste, interpone demanda ejecutiva en contra de don Fabres Andrades, Cristian César, ignora profesión u oficio, domiciliado en Ananias Bruna N° 46, Villa Los Ilustres, de la comuna de La Cruz, sobre la base de las consideraciones que expone. Dice que don Fabres Andrades, Cristian César, adeuda a su representado el importe correspondiente al pagaré N° 1684893, suscrito por él a la orden de Promotora CMR Falabella S.A., el día 12-08-2019, por la suma de $2.626.060.-, por concepto de capital, pagadero conjuntamente con los intereses correspondientes, en 1 cuota de $2.626.060.-, con vencimiento el día 13-08-2019. Agrega que se estipuló qu
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C-1826-2019 Foja: 1 FOJA: 24 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Quillotaº CAUSA ROL : C-1826-2019 CARATULADO : PROMOTORA CMR FALABELLA S.A/FABRES Rol : C-1826-2019. Código : C07A. Materia : Cobro ejecutivo de pagaré. Partes : Promotora CMR Falabella S.A. con Fabres Andrades, Cristian César . Fecha de inicio : 09 de septiembre de 2019. Fecha citación a oír s
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