SCOTIABANK-CHILE/SAAVEDRA
Rol
C-730-2019
Fecha
20 de octubre de 2020
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Con fecha dieciocho de abril de dos mil diecinueve, comparece Juan José Pérez Cotapos Contreras, abogado, con domicilio en Pudeto N° 86, comuna de Quillota, en representación judicial del Banco Scotiabank Chile, continuador o sucesor legal del Banco del Desarrollo, sociedad anónima especial bancaria, cuyo gerente general es Francisco Sardón de Taboada, abogado, ambos con domicilio en Morandé N° 226, Santiago, Región Metropolitana, e interpone demanda en juicio ejecutivo en contra de Patricia Alejandra Saavedra Meneses, ignora profesión u oficio, con domicilio en pasaje Saravia N° 226, La Reserva De La Cruz, La Cruz, en su calidad de suscriptor y deudor del pagaré N° 710062806874, suscrito con fecha 29 de marzo de 2018, por la cantidad de $30.042.099.- El capital adeudado debía pagarse en 70 cuotas mensuales y sucesivas. Las primeras 69 cuotas por un valor de $661.740.-, cada una, con vencimiento los días 10 de cada mes, a contar del 10 de mayo de 2018, y hasta el 10 de enero de 2024 y una última cuota de $674.268.-, con vencimiento el 12 de febrero de 2024. El capital adeudado devengaría desde esta fecha y hasta su vencimiento, una tasa de interés del 1,29% mensual. Agrega que a la fecha de presentación de esta demanda, el demandado no ha pagado desde la cuota N° 07, cuyo vencimiento era el 12 de noviembre de 2018, razón por la cual, al día 28 de marzo de 2019, adeuda al Banco Scotiabank Chile, por concepto de capital e intereses, a modo meramente referencial, la suma Foja: 1 de $28.492.522.-, más intereses que se devenguen desde aquella fecha y las costas de este juicio. Señala que la firma del suscriptor se encuentra autorizada ante Notario y la obligación es líquida, actualmente exigible, el título es ejecutivo y la acción ejecutiva no está prescrita, por lo que procede la ejecución en contra del obligado al pago por la suma de $28.492.522.-, más los intereses que se devenguen desde aquella fecha y las costas. Con fecha veintidós de julio de dos mil v
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha dieciocho de abril de dos mil diecinueve, comparece Juan José Pérez Cotapos Contreras, abogado, con domicilio en Pudeto N° 86, comuna de Quillota, en representación judicial del Banco Scotiabank Chile, continuador o sucesor legal del Banco del Desarrollo, sociedad anónima especial bancaria, cuyo gerente general es Francisco Sardón de Taboada, abogado, ambos con domicilio en Morandé N° 226, Santiago, Región Metropolitana, e interpone demanda en juicio ejecutivo en contra de Patricia Alejandra Saavedra Meneses, ignora profesión u oficio, con domicilio en pasaje Saravia N° 226, La Reserva De La Cruz, La Cruz, en su calidad de suscriptor y deudor del pagaré N° 710062806874, suscrito con fecha 29 de marzo de 2018, por la cantidad de $30.042.099.- El capital adeudado debía pagarse en 70 cuotas mensuales y sucesivas. Las primeras 69 cuotas por un valor de $661.740.-, cada una, con vencimiento los días 10 de cada mes, a contar del 10 de mayo de 2018, y hasta el 10 de enero de 2024 y una última cuota de $674.268.-, con vencimiento el 12 de febrero de 2024. El capital adeudado devengaría desde esta fecha y hasta su vencimiento, una tasa de interés del 1,29% mensual. Agrega que a la fecha de presentación de esta demanda, el demandado no ha pagado desde la cuota N° 07, cuyo vencimiento era el 12 de noviembre de 2018, razón por la cual, al día 28 de marzo de 2019, adeuda al Banco Scotiabank Chile, por concepto de capital e intereses, a modo meramente referencial, la suma de $28.492.522.-, más intereses que se devenguen desde aquella fecha y las costas de este juicio. Foja: 1 Manifiesta que se estableció que en caso de mora o simple retardo en el pago de cualquiera cuota de capital y/o intereses, facultaría al Banco para exigir de inmediato el pago del total de lo adeudado, el que, en ese evento, se considerará de plazo vencido para todos los efectos legales, capitalizándose los intereses devengados hasta esa fecha y devengando desde ese momento la obligación el mismo interés penal señalado. Sin perjuicio de lo anterior, y para los efectos que en derecho correspondan, todas y cada una de las declaraciones del suscriptor hechas en el pagaré debe entenderse como parte integrante de la presente demanda. Expresa que para todos los efectos de estos pagarés, la parte deudora constituye domicilio en la comuna de Quillota, sin perjuicio del que corresponda al de su domicilio o residencia, a elección del acreedor y se someten a la competencia de sus Tribunales Ordinarios de Justicia. Concluye que la firma del suscriptor se encuentra autorizada ante Notario, siendo la obligación es líquida, actualmente exigible, el título es ejecutivo y la acción ejecutiva no está prescrita, por lo que procede la ejecución en contra del obligado al pago por la suma de $28.492.522.-, más intereses que se devenguen desde aquella fecha y las costas. SEGUNDO: Que, con fecha veintidós de julio de dos mil veinte, Hugo Montenegro Díaz, Procurador de
Fallo
se declara: I.- Que se acoge la excepción de prescripción opuesta por el demandado y, en consecuencia, se niega lugar a la demanda ejecutiva interpuesta en su contra. Foja: 1 II.- Que no se condena en costas a la parte demandante, por haber tenido motivos plausibles para litigar y al allanarse a la excepción opuesta. Anótese, regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. Rol Nº C-730-2019. Dictada por don Rolando Alvear Valenzuela, Juez Titular Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Quillota, veinte de Octubre de dos mil veinte Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-10-20T13:25:29-0300
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Foja: 1 FOJA: 35 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Quillotaº CAUSA ROL : C-730-2019 CARATULADO : SCOTIABANK-CHILE/SAAVEDRA Rol : C-730-2019. Código : C07A. Materia : Cobro ejecutivo de pagaré. Partes : Banco Scotiabank Chile con Saavedra Meneses, Patricia Alejandra. Fecha de inicio : 18 de abril de 2019. Fecha citación a oír sentencia : 14 de septiembre de
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