2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

CID/EULEN CHILE S.A.

Rol

M-55-2022

Fecha

15 de febrero de 2022

Materia

Despido injustificado

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS CONTROVERTIDOS X DEMANDANTE OFRECE E INCORPORA PRUEBA X OBSERVACIONES A LA PRUEBA, PARTE DEMANDANTE X SENTENCIA X Se deja constancia que no comparece a la presente audiencia la parte demandada EULEN CHILE S.A., estando válidamente notificada. Autoriza poder: A los escritos de delegación de poder de la parte demandante en las abogadas habilitadas, doña Marcela Stephanie Pizarro Plaza, doña Delia Margarita Rozas Guzmán y doña Matilde Constanza Pincheira Culún, presentados ambos con fecha 14 de febrero de 2022: Téngase presente. Al escrito “Acompaña documentos” de la parte demandante de fecha 14 de febrero de 2022, el Tribunal resuelve: Téngase por acompañados los documentos que indica. Llamado a conciliación: Habiendo el Tribunal llamado a las partes a conciliación, ésta no se produce, en atención a la rebeldía de la parte demandada. Fija hechos controvertidos: 1) Efectividad que el demandante prestó servicios bajo vínculo de subordinación y dependencia para el demandada. En su evento, funciones desempeñadas por el actor, fecha de inicio de la relación laboral. 2) Remuneración pactada y efectivamente percibida por el demandante. 3) Fecha y forma de término de la relación laboral. 4) Efectividad que el despido se llevó a cabo de manera verbal y desprovisto de formalidad legal alguna. 5) Si la demandada otorgó o en su defecto compensó el feriado legal y/o proporcional que se reclama. Medios de Prueba: La parte demandante ofreció e incorporó los siguientes medios de prueba: Documental: 1) Liquidación de sueldo correspondiente al mes de febrero de 2021. 2) Comprobante de licencia electrónica de fecha 27 de Octubre de 2021. 3) Contrato de trabajo de fecha 04 de Diciembre de 2021. 4) Constancia en carabinero de chile de fecha 03 de noviembre de 2021. 5) Constancia en inspección del trabajo online de fecha 3 de Noviembre de 2021. 6) Licencia médica de fecha 28 de Septiembre de 2021 7) Licencia médica de fecha 30 de Septiembre de 20

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 163, 420, 425, 453, 472, 500 y siguientes del Código del Trabajo, 1698 del Código del Civil y demás normas legales vigentes, se declara: I. Que entre el demandante don LUIS ESTEBAN CID ARAYA y la demandada EULEN CHILE S.A. existió una relación laboral, cuya fecha de inicio corresponde al día 4 de diciembre del año 2020 y su término al día 4 de noviembre del año 2021. II. Que el despido efectuado por parte de la demandada es indebido, improcedente e injustificado por lo cual deberá dar pago a los siguientes conceptos: a) $782.500 por indemnización sustitutiva del mes de aviso previo. b) $502.104 por concepto de feriado proporcional. III. Que las sumas antes indicadas deberán ser pagadas con los reajustes e intereses correspondientes. IV. Que cada parte pagará sus costas. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió la audiencia y dictó sentencia doña Liliana Ledezma Miranda, Jueza Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, quince de febrero de dos mil veintidós.

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA PROCEDIMIENTO DE RECLAMO MONITORIO FECHA 15 DE FEBRERO DE 2022 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 17 (VIRTUAL) RUC 22-4-0377963-K RIT M-55-2022 MAGISTRADO LILIANA LEDEZMA MIRANDA ADMINISTRATIVO DE ACTAS KAREN SCHLOTTERBECK LÓPEZ HORA DE INICIO 10:22 HORAS HORA DE TÉRMINO 10:45 HORAS N° REGISTRO DE

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