C/ SEBASTIÁN GENARO CHÁVEZ URTUBIA
Rol
O-1840-2022
Fecha
31 de julio de 2023
Materia
ROBO EN LUGAR NO HABITADO.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos de la acusación son los siguientes: El día 8 de Mayo del año 2022, a las 15:50 horas, el imputado con el propósito de sustraer especies concurrió hasta el inmueble en construcción ubicado en calle Constantino 96, en la comuna de Estación Central, para lo cual procedió a escalar la estructura de cierre perimetral del recinto, ingresando al interior del mismo desde donde sustrajo 4 calefón para luego huir del lugar con las especies sustraídas, siendo posteriormente detenido. TERCERO: Que, el acusado aceptó los hechos de la acusación y los antecedentes de la investigación en forma libre y voluntaria y su defensa no cuestionó calificación jurídica, iter crimines y participación criminal, configurándose el delito consumado de Robo en lugar no habitado, previsto y sancionado en el artículo 442 Nº1 del Código Penal, correspondiendo al acusado responsabilidad a título de autor en el delito antes descrito, de conformidad a lo previsto en el artículo 15 N°1 del Código Penal, toda vez que ejecutó los hechos en forma inmediata y directa. CUARTO: Que, respecto del acusado Sebastián Genaro Chávez Urtubia concurre la circunstancia agravante del artículo 12 Nº16 del Código Penal, esto es haber sido condenado anteriormente por delito de la misma especie, la que deberá compensarse con la atenuante del artículo 11 N°9 del citado cuerpo legal, haciendo presente además que se encuentra en prisión preventiva por otra causa, Código: MJZJXHXLNXJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Por tanto, y teniendo especialmente presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N°9, 12 N°16, 15 Nº 1, 18, 29, 50, 144, 442 Nº1 y 449 del Código Penal; artículos 259 y siguientes del Código Procesal Penal, y Ley 19.970; se declara: 1.- Que, SE CONDENA a SEBASTIÁN GENARO CHÁVEZ URTUBIA, cédula de identidad N°20.343.066-3, ya individualizado, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN (541) días de presidio menor en su grado medio, la accesor
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en audiencia de procedimiento abreviado realizada el día 31 de julio de 2023, el fiscal Ricardo Vergara, presentó acusación verbal en contra del imputado SEBASTIÁN GENARO CHÁVEZ URTUBIA, cédula de identidad N°20.343.066-3, domiciliado en calle Nueva Imperial N°4812, comuna de Quinta Normal, quien se encontraba representado por el defensor penal público Arturo Vergara. SEGUNDO: Que los hechos de la acusación son los siguientes: El día 8 de Mayo del año 2022, a las 15:50 horas, el imputado con el propósito de sustraer especies concurrió hasta el inmueble en construcción ubicado en calle Constantino 96, en la comuna de Estación Central, para lo cual procedió a escalar la estructura de cierre perimetral del recinto, ingresando al interior del mismo desde donde sustrajo 4 calefón para luego huir del lugar con las especies sustraídas, siendo posteriormente detenido. TERCERO: Que, el acusado aceptó los hechos de la acusación y los antecedentes de la investigación en forma libre y voluntaria y su defensa no cuestionó calificación jurídica, iter crimines y participación criminal, configurándose el delito consumado de Robo en lugar no habitado, previsto y sancionado en el artículo 442 Nº1 del Código Penal, correspondiendo al acusado responsabilidad a título de autor en el delito antes descrito, de conformidad a lo previsto en el artículo 15 N°1 del Código Penal, toda vez que ejecutó los hechos en forma inmediata y directa. CUARTO: Que, respecto del acusado Sebastián Genaro Chávez Urtubia concurre la circunstancia agravante del artículo 12 Nº16 del Código Penal, esto es haber sido condenado anteriormente por delito de la misma especie, la que deberá compensarse con la atenuante del artículo 11 N°9 del citado cuerpo legal, haciendo presente además que se encuentra en prisión preventiva por otra causa, Código: MJZJXHXLNXJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl
Fallo
Por tanto, y teniendo especialmente presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N°9, 12 N°16, 15 Nº 1, 18, 29, 50, 144, 442 Nº1 y 449 del Código Penal; artículos 259 y siguientes del Código Procesal Penal, y Ley 19.970; se declara: 1.- Que, SE CONDENA a SEBASTIÁN GENARO CHÁVEZ URTUBIA, cédula de identidad N°20.343.066-3, ya individualizado, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN (541) días de presidio menor en su grado medio, la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, conforme al artículo 30 del Código Penal, como AUTOR del delito de robo en lugar no habitado, en grado de consumado por los hechos ocurridos el día 8 de mayo de 2022 en la comuna de Estación Central. 2.- Que, para efectos de cumplimiento de la pena corporal, no se conceden beneficios de la Ley 18.216, por no concurrir los requisitos legales, quien presenta condenas por delitos de la misma especie en causa Rit 6807-17 y 4089-17; encontrándose además en prisión preventiva desde el día 23 de junio de 2023 a la fecha, en causa Rit 2926-23, por el delito de robo en lugar habitado. 3.- Que, le servirá de abono el tiempo que estuvo privado de libertad por esta causa. 4.- Que, se dispone la incorporación de la huella genética de Sebastián Chávez Urtubia en el Registro de Condenados, conforme lo dispone el artículo 17 de la Ley 19.970. 5.- Que, no se le condena en costas por encontrarse privado de libertad, al tenor de lo dispuesto en el artículo 600 del Código Orgánico
Texto Completo (Preview)
Santiago, cuatro de agosto de dos mil veintitrés. VISTOS, OIDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en audiencia de procedimiento abreviado realizada el día 31 de julio de 2023, el fiscal Ricardo Vergara, presentó acusación verbal en contra del imputado SEBASTIÁN GENARO CHÁVEZ URTUBIA, cédula de identidad N°20.343.066-3, domiciliado en calle Nueva Imperial N°4812, comuna de Quinta Nor
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