10º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ DAVID ALEXIS COFRÉ SEGOVIA

Rol

O-179-2019

Fecha

29 de agosto de 2023

Materia

FALSIFICACION O USO MALICIOSO DE DOCUMENTOS PRIVADOS.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: ‘‘En la ciudad de Santiago, con fecha 27 de octubre de 2016, en la Oficina de Transferencias Patricio González ubicada en Américo Vespucio N° 03411 de la comuna de lo Espejo, Alexis Salinas Díaz, mediante engaño vendió el vehículo PPU YW.6510 a la víctima, MARIO ALEJANDRO BARRIGA TORTOZA en la suma de $2.000.000, utilizando contrato de compraventa Repertorio N° 3641 de la Notaría Evelyn Sánchez Tapia de La Cisterna, contrato de compraventa del tipo “abierto”, supuestamente otorgado por la propietaria del vehículo, doña Karen Grace Concha Quiroz. Sin embargo, dicho contrato resultó ser falso, pues la huella a nombre de la vendedora era falsa, documento falsificado por el imputado DAVID ALEXIS COFRE SEGOVÍA, que es a quién pertenece la huella digital mencionada”. La sentencia se encuentra íntegramente grabada bajo el nombre 1801230135-5-1229 en sala 202-B. Santiago, veintinueve de agosto de dos mil veintitrés. Visto lo dispuesto en los artículo: 1, 3, 11 N° 9, 14, 15, 18, 30, 67, 197, 193 N° 1, 214 del Código Penal y artículo 385 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: l.- Que se condena a David Alexis Cofré Segovia, ya individualizado, a la pena de cuarenta y un días de prisión en su grado máximo, multa de un tercio (1/3) de unidad tributaria mensual, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, sin costas, como autor del delito consumado de falsificación de Código: XZTFXHJXYKK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl instrumento privado, previsto y sancionado en el artículo 197 inciso 1, en relación al artículo 193 N° 1 y 214 del Código Penal, perpetrado en esta Jurisdicción el día 27 de octubre de 2016. II.- Que, la pena de multa se le dará por cumplida con el día que permaneció privado de libertad en esta causa el día de su control de detención el 27 de junio de 2023. III.- Que la pena impuesta deberá cumplirse de manera efectiva a conti

Fallo

se declara: l.- Que se condena a David Alexis Cofré Segovia, ya individualizado, a la pena de cuarenta y un días de prisión en su grado máximo, multa de un tercio (1/3) de unidad tributaria mensual, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, sin costas, como autor del delito consumado de falsificación de Código: XZTFXHJXYKK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl instrumento privado, previsto y sancionado en el artículo 197 inciso 1, en relación al artículo 193 N° 1 y 214 del Código Penal, perpetrado en esta Jurisdicción el día 27 de octubre de 2016. II.- Que, la pena de multa se le dará por cumplida con el día que permaneció privado de libertad en esta causa el día de su control de detención el 27 de junio de 2023. III.- Que la pena impuesta deberá cumplirse de manera efectiva a continuación de la que actualmente cumple en causa RIT 10252-2017 del 14° Juzgado de Garantía de Santiago, sin solución de continuidad. Sin abonos que considerar en esta causa. Dese oportuno cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívense los antecedentes en su oportunidad. Intervinientes renuncian a los plazos. Se dejan sin efectos las medidas cautelares, ofíciese. Dirigió la audiencia y dictó sentencia Gloria Alejandra Lolas Basualdo, Jueza del Décimo Juzgado de Garantía de Santiago.- /pcf Código: XZTFXHJXYKK Este documento tiene firma e

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RUC : 1801230135-5 RIT : 179-2019 MAGISTRADO : GLORIA ALEJANDRA LOLAS BASUALDO NOMBRE IMPUTADO : DAVID ALEXIS COFRÉ SEGOVIA CÉDULA DE IDENTIDAD : 18.296.451-4 DOMICILIO : Avenida Portales Nº 590, Maipú. FISCAL : RAUL STOWHAS RODRIGUEZ DEFENSA PÚBLICA : GEORGINA GUEVARA CACERES TRIBUNAL : 10º Juzgado de Garantía de Santiago FECHA DE SENTENCIA : Veintinueve de agosto de dos mil veintitrés. ATENUAN

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