Juzgado de Garantía de Temuco.

MP C/ ESTEBAN MAXIMILIANO URIBE LAVADOS

Rol

O-2567-2023

Fecha

29 de agosto de 2023

Materia

LESIONES LEVES., OTRAS FALTAS CODIGO PENAL.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: El día 20 de abril de 2023 alrededor de las 10:45 horas, mientas los funcionarios municipales doña JOSELYN BELEN SANDOVAL SANDOVAL, NICOLAS ESCOBAR MARTINEZ y JOSE URIBE SALDIVIA realizaban fiscalizaciones en el centro de Temuco, específicamente en Diego Portales esquina Manuel Bulnes fueron amenazados por el imputado quien le manifestó, “los voy a matar a todos ustedes municipales culiaos, si no me devuelven mi frazada” para posteriormente lanzarle golpes a los funcionarios, ocasionándole lesiones a Jose Uribe Saldivia hiperextensión de pulgar de carácter leves, y Nicolás Escobar Martínez, también hiperextensión forzada dedo de la mano de carácter leve Temuco, veintinueve de agosto de dos mil veintitrés Conforme lo dispone el artículo 4 del acta 40-2014 de fecha 14 de marzo de 2014, en cuanto a que “…la parte resolutiva del fallo será utilizado como transcripción única de éste en todos aquellos casos en que haya sido pronunciado en juicio simplificado con aceptación de responsabilidad del condenado o, en procedimiento abreviado, siempre y cuando se haya dictado sentencia completa en forma verbal en la misma audiencia y ésta conste en el respaldo de audio respectivo…” y que sólo si “…se impugna dicho fallo, la administración del tribunal deberá —en forma previa a remitir el recurso al tribunal de alzada- ingresar al sistema SIAGJ, vía actuación, transcripción íntegra de la sentencia que conste en el audio, con el objeto de ser tenida a la vista al conocerse el recurso” instrucción corroborada por el artículo 62 del acta 71-2016 de 16 de junio de 2016 de la Excelentísima Corte Suprema, Se deja constancia que la sentencia fue dictada íntegramente en audiencia, que consta en el registro de audio y que la parte dispositiva y resolutiva es del siguiente tenor: Código: XGZEXHXQEPL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Por lo expuesto y lo dispuesto en el artículo 297 en relación con el 340, 389, 393 b

Fallo

fallo será utilizado como transcripción única de éste en todos aquellos casos en que haya sido pronunciado en juicio simplificado con aceptación de responsabilidad del condenado o, en procedimiento abreviado, siempre y cuando se haya dictado sentencia completa en forma verbal en la misma audiencia y ésta conste en el respaldo de audio respectivo…” y que sólo si “…se impugna dicho fallo, la administración del tribunal deberá —en forma previa a remitir el recurso al tribunal de alzada- ingresar al sistema SIAGJ, vía actuación, transcripción íntegra de la sentencia que conste en el audio, con el objeto de ser tenida a la vista al conocerse el recurso” instrucción corroborada por el artículo 62 del acta 71-2016 de 16 de junio de 2016 de la Excelentísima Corte Suprema, Se deja constancia que la sentencia fue dictada íntegramente en audiencia, que consta en el registro de audio y que la parte dispositiva y resolutiva es del siguiente tenor: Código: XGZEXHXQEPL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Por lo expuesto y lo dispuesto en el artículo 297 en relación con el 340, 389, 393 bis, 395 del código procesal penal artículos 1, 15 N°1, 49,50, 68, 69, 70, 494 N° 5, 494 N°16 del Código Penal y demás normas pertinentes se resuelve: I.- Que se CONDENA a ESTEBAN MAXIMILIANO URIBE LAVADOS, ya individualizado a las siguientes penas: A.- MULTA DE UN TERCIO ( / ) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL como autor de la falta de coacción del

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RESUMEN RIT : - RUC : - MATERIA : Otras faltas codigo penal. Lesiones leves IMPUTADO : ESTEBAN MAXIMILIANO URIBE LAVADOS CÉDULA DE IDENTIDAD : - DOMICILIO : Calle SITUACION DE CALLE, DEFENSORIA PENAL calle LAGOS Nº , Temuco. ATENUANTES : No Concurre AGRAVANTES : No Concurre RESOLUCIÓN SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO HECHOS: El día 20 de abril de 2023 alrededor de las 10:45 horas, mientas

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