Juzgado de Letras y Gar.de Pucón

GARRIDO/GAZITÚA

Rol

C-176-2020

Fecha

19 de octubre de 2020

Materia

ARRENDAMIENTO,COBRO RENTA BS.RAICES URBANOS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: A folio 1 comparece do a ñ MARIA HAYDEE GARRIDO ALARC NÓ , Rut 8.628.909-1, due a de casa, domiciliada en pasaje Las Rosas sin n mero, ciudad deñ ú Puc n, qui n en m rito de lo expuesto, y en virtud de lo dispuesto en los art culosó é é í 7,8,9,10 y siguientes y 21 de la Ley de 18.101, art culo 1977 del C digo Civil, art culoí ó í 680 y siguiente del C digo de Procedimiento Civil, y dem s normas legales pertinentesó á solicita tener por interpuesta demanda de terminaci n de contrato de arrendamiento yó cobro de rentas insolutas, en contra don LVARO GAZIT A CRUZÁ Ú , chileno, soltero, empleado, c dula nacional de identidad N 9.766.620-2, domiciliado en Pasajeé ° Las Rosas n 640 de la comuna de Puc n, y en definitiva declarar: 1.- Que se acoge la° ó demanda de t rmino de contrato de arrendamiento y cobro de rentas insolutas. 2.- Queé se declara terminado el contrato de arrendamiento entre las partes; 3.- Que el demandado adeuda a su representada la suma de $720.000 correspondiente al aporte del canon de arrendamiento del mes de enero de 2020, por la suma de $260.000 y febrero de 2020, por la suma de $460.000; 4.- Que el demandado debe pagar todas la sumas que correspondan por concepto de arriendo por el periodo que permanezca la propiedad dada en arriendo hasta el momento que haga efectiva entrega de la misma con reajustes y costas; 5.- Que la parte demandada debe hacer entrega de la propiedad arrendada, en el estado en que la tiene, dentro de tercero d a totalmente desocupada, desde que el falloí cause ejecutoria, bajo el apercibimiento de lanzamiento con el auxilio de la fuerza p blica; 6.- Que el demandado deber pagar todas las sumas que correspondan porú á concepto de energ a el ctrica, respecto del n mero de cliente N 5992351, de laí é ú ° Compa a General de Electricidad, hasta el momento en que se haga efectiva la entregañí de la propiedad, que a la fecha asciende a la suma de $216.800; 7.- Que la parte demandada deber pagar todas las sumas que correspon

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la parte demandante funda su solicitud en que con fecha 12 de abril del a o 2019 acord con don LVARO GAZIT A CRUZ, un contratoñ ó Á Ú consensual de arrendamiento, en virtud del cual se entreg en arrendamiento eló inmueble ubicado en Pasaje Las Rosas N 640 de la comuna de Puc n, el cual le° ó funciona como casa habitaci n, recibiendo el respectivo pago por adelantado, del mes deó garant a por la suma de $460.000. Dicho inmueble se inserta dentro de la propiedad deí 832 metros cuadrados, en el Pasaje las Rosas n 640 de la comuna de Puc n, Rol° ó Aval o Fiscal 18-90, cuyo dominio rola inscrito a fojas 907 n mero 639 del Registro deú ú Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Puc n, correspondiente al a o 1991.í ó ñ Agrega que, se estipul consensualmente que el contrato ser a de un a o deó í ñ duraci n, y los pagos se realizar an los cinco primeros d as de cada mes. Se acordó í í ó adem s que la renta de arrendamiento ser a la suma de $460.000, que se pagar aná í í mensualmente en dinero en efectivo. El pago del canon de arrendamiento, se realizar aí personalmente con la arrendadora. Se ala que la demandada en reiteradas ocasiones incumpli con su obligaci n deñ ó ó pagar el canon del arrendamiento en las fechas pactadas, atras ndose por uno o dosá meses y abonando s lo una parte de la deuda total del arriendo. A modo de ejemplo“ ” ó relata que en el per odo comprendido del mes de enero del a o 2020, s lo abon laí ñ ó ó suma de $200.000 de arrendamiento, y en el mes de febrero de 2020 no ha cancelado el arriendo, debiendo un total de $720.000, produci ndose diversos incumplimientos en lasé fechas de pago por parte del demandado de autos. Refiere respecto al estado de las cuentas de la Compa a General de Electricidad,ñí de fecha 26 de Febrero de 2020, con n mero de cliente N 5992351, el demandadoú ° debe un monto de $216.800 y el estado de cuenta de la Empresa Aguas Araucan a,í servicio N 956076-9, se debe un monto de $55.700.-° En cuanto al derecho expone que en consideraci n a lo prescrito en la ley Nó ° 18.101 y su posterior modificaci n por la ley 19.866, cabe aplicar el procedimientoó especial consagrado en esta ley. A ade que el art culo 21 de dicho cuerpo normativoñ í modificada por la ley 19.866 prescribe En caso de mora, los pagos o devoluciones que“ deban hacerse entre las partes de todo contrato de arriendo, regido o no por esta ley, se efectuar n reajustados en la misma proporci n en que hubiere variado el valor de laá ó unidad de fomento entre la fecha en que debieron realizarse y aquella en que efectivamente se hagan . Por lo anterior, solicita que las sumas se aladas” ñ precedentemente y en definitiva liquidadas, sean reajustadas a la fecha espec fica en queí sean enteradas por la parte demandada.

Fallo

se declara terminado el contrato de arrendamiento entre las partes; 3.- Que el demandado adeuda a su representada la suma de $720.000 correspondiente al aporte del canon de arrendamiento del mes de enero de 2020, por la suma de $260.000 y febrero de 2020, por la suma de $460.000; 4.- Que el demandado debe pagar todas la sumas que correspondan por concepto de arriendo por el periodo que permanezca la propiedad dada en arriendo hasta el momento que haga efectiva entrega de la misma con reajustes y costas; 5.- Que la parte demandada debe hacer entrega de la propiedad arrendada, en el estado en que la tiene, dentro de tercero d a totalmente desocupada, desde que el falloí cause ejecutoria, bajo el apercibimiento de lanzamiento con el auxilio de la fuerza p blica; 6.- Que el demandado deber pagar todas las sumas que correspondan porú á concepto de energ a el ctrica, respecto del n mero de cliente N 5992351, de laí é ú ° Compa a General de Electricidad, hasta el momento en que se haga efectiva la entregañí de la propiedad, que a la fecha asciende a la suma de $216.800; 7.- Que la parte demandada deber pagar todas las sumas que correspondan por concepto de aguaá potable, en relaci n a n mero de servicio 956076-9 de Sociedad Aguas Araucan a, hastaó ú í el momento en que se haga efectiva la entrega de la propiedad dada en arrendamiento que a la fecha asciende a la suma de $55.700, y 8: Que se condene expresamente en costas procesales y personales al demandado. A folio 31 se llev a ef

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Puc n, diecinueve de octubre de dos mil veinte. ó VISTOS: A folio 1 comparece do a ñ MARIA HAYDEE GARRIDO ALARC NÓ , Rut 8.628.909-1, due a de casa, domiciliada en pasaje Las Rosas sin n mero, ciudad deñ ú Puc n, qui n en m rito de lo expuesto, y en virtud de lo dispuesto en los art culosó é é í 7,8,9,10 y siguientes y 21 de la Ley de 18.101, art culo 1977 del C digo Civil, art culoí ó í 680 y sig

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