C/ PAZ AILINA RODRÍGUEZ TORRES
Rol
O-4315-2023
Fecha
29 de agosto de 2023
Materia
ROBO POR SORPRESA.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: “El día de Abril de , a las : horas, aproximadamente, en calle Puente al llegar a calle Rosas, Comuna de Santiago, la imputada PAZ ALINA RODRÍGUEZ TORRES, abordó a la víctima VIRGINIA DEL CARMEN CALLUQUEO CARILAO, arrebatándole, mediante un tirón, desde las manos, su teléfono celular marca Samsung, modelo Galaxy A , color negro con carcas roja, Compañía Wom, dándose a la fuga con la especie, logrando ser detenida en las inmediaciones con esta en su poder”. SE DECLARA: I.- Que, se condena a PAZ AILINA RODRÍGUEZ TORRES, ya individualizada, a la pena de SESENTA Y UN 61 DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN GRADO MÍNIMO y la pena accesoria de suspensión de cargos y oficios públicos por el tiempo de la condena, por su responsabilidad como AUTOR del delito de ROBO POR SORPRESA, previsto y sancionado en el artículo , inciso ° del Código Penal, en grado de ejecución de CONSUMADO, ocurrido en la comuna de Santiago, el día de abril de . II.- Que cumpliéndose los requisitos de la ley 8. , se sustituye la pena privativa de libertad por la pena sustitutiva de REMISIÓN CONDICIONAL, por el plazo de UN AÑO, debiendo presentarse ante el Centro de Reinserción Social Sur, dentro del plazo de días bajo apercibimiento del Art. de la Ley 8. . Si se revocara la pena sustitutiva, la sentenciada registra un día de abono correspondiente a su control de detención de fecha de abril de . III.- Que habiendo admitido responsabilidad en los hechos y siendo representado por la Defensoría Penal Pública, se le exime del pago de costas. IV.- Cúmplase oportunamente con lo dispuesto en el artículo 8 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Los intervinientes renuncian a los plazos. Código: TWCLXHRRSPJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Dictada por doña CAROLINA LUISA GAJARDO FONTECILLA, Juez Titular del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra ínt
Fallo
SE DECLARA: I.- Que, se condena a PAZ AILINA RODRÍGUEZ TORRES, ya individualizada, a la pena de SESENTA Y UN 61 DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN GRADO MÍNIMO y la pena accesoria de suspensión de cargos y oficios públicos por el tiempo de la condena, por su responsabilidad como AUTOR del delito de ROBO POR SORPRESA, previsto y sancionado en el artículo , inciso ° del Código Penal, en grado de ejecución de CONSUMADO, ocurrido en la comuna de Santiago, el día de abril de . II.- Que cumpliéndose los requisitos de la ley 8. , se sustituye la pena privativa de libertad por la pena sustitutiva de REMISIÓN CONDICIONAL, por el plazo de UN AÑO, debiendo presentarse ante el Centro de Reinserción Social Sur, dentro del plazo de días bajo apercibimiento del Art. de la Ley 8. . Si se revocara la pena sustitutiva, la sentenciada registra un día de abono correspondiente a su control de detención de fecha de abril de . III.- Que habiendo admitido responsabilidad en los hechos y siendo representado por la Defensoría Penal Pública, se le exime del pago de costas. IV.- Cúmplase oportunamente con lo dispuesto en el artículo 8 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Los intervinientes renuncian a los plazos. Código: TWCLXHRRSPJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Dictada por doña CAROLINA LUISA GAJARDO FONTECILLA, Juez Titular del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago. “La sentencia dictada oralmente
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PROCEDIMIENTO: Simplificado FECHA: Santiago, veintinueve de agosto de dos mil veintitrés TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: CAROLINA LUISA GAJARDO FONTECILLA RUC: - RIT: - IMPUTADO: PAZ AILINA RODRÍGUEZ TORRES C.I. 17390696-K DELITO ROBO POR SORPRESA ARTICULO Inc. ° del Código Penal PARTICIPACIÓN Autor G. DE DESARROLLO CONSUMADO ATENUANTES N° del Código Penal y del CPP A
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