Juzgado de Garantía de Temuco.

MP C/ IGNACIO JAVIER ARAUS JARA

Rol

O-997-2023

Fecha

19 de agosto de 2023

Materia

PORTAR ELEMENTO CONOCIDAMENTE DESTINADOS COMETER DELITO ROBO, PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS)., ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO O SITIOSNO DESTIN.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: 1.- Que el Ministerio Público promovió requerimiento en procedimiento simplificado en contra de IGNACIO JAVIER ARAUS JARA, cédula nacional de identidad N° 21742366-K, domiciliado en calle Trumao Nº 0560, Temuco; a fin de que fuera condenado, a la pena de 61 días de presidio menor, más las accesorias legales, como autor de una infracción al artículo 445 del Código Penal, consumado; a la pena de 61 días de presidio menor, más las accesorias legales, como autor de un delito de robo en bien nacional de uso público, frustrado; y a la pena de multa de 1 UTM, como autor de porte de arma blanca, consumado. Hechos perpetrados los días 18 de febrero y 03 de junio de 2023. Para lo anterior, el Fiscal Juan Pablo Gerli, agrupó a la presente causa, los hechos contenidos en el RIT 3554- 3 2.- Que el imputado, asistido por la Defensora Penal Pública, Paulina Ganderats, admitió responsabilidad en los hechos contenidos en el requerimiento. 3.- Que la defensa del requerido solicitó la sustitución por reclusión parcial domiciliaria nocturna y la rebaja de la multa a 1/3 de UTM y tenerla por cumplida. 4.- Que los antecedentes que fundan el requerimiento, fundamentalmente el parte policial y anexos, sobre los cuales Código: MYJDXHXPSXJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl recayó la admisión de responsabilidad del imputado permiten concluir que Hecho 1: El día 18 de Febrero de 2023 a las 00:10 horas en la intersección de Avenida Alemana con Phillipi el imputado Ignacio Javier Arauz Jara fue controlado por Carabineros percatándose estos que mantenía 2 órdenes de detención vigentes al proceder al proceder a su detención en esas circunstancia se pudieron percatar que en su bolsillo derecho delantero de su pantalón el imputado mantenía un objeto tipo ganzúa de metal con la empuñadura de color azul que se encontraba con una cinta de color blanco, elemento conocidamente utilizado para cometer ilícitos de robo. Hecho 2:

Fallo

Se declara: I.- Que se acoge el requerimiento promovido por el Ministerio Público, sólo en cuanto se condena a IGNACIO JAVIER ARAUS JARA, ya individualizado, a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, comiso, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor de una infracción al artículo 445 del Código Penal, consumado; a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor del delito robo en bien nacional de uso público, frustrado y; a la pena de multa de 1/3 de UTM y comiso, como autor de un delito de porte de arma blanca, consumado. Hechos perpetrados los días 18 de febrero y 03 de junio de 2023, en la ciudad de Temuco. Sin Código: MYJDXHXPSXJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl costas, por haber admitido responsabilidad en los hechos materia del requerimiento. II.- Que reuniéndose los requisitos de la Ley 18.216, para el cumplimiento de las penas corporales impuestas se le concede la reclusión parcial domiciliaria nocturna, que consiste en el encierro, desde las 22:00 horas a las 06:00 de la mañana, de lunes a domingo, en su domicilio debiendo computarse ocho horas continuas de reclusión parcial por cada día de privación o restricción de libertad. Atendido lo dispuesto en el artículo 7 de la ley 18.216, se establece como mecanismo de control de la reclusión parcial domiciliar

Texto Completo (Preview)

Temuco, diecinueve de agosto de dos mil veintitrés. VISTOS: 1.- Que el Ministerio Público promovió requerimiento en procedimiento simplificado en contra de IGNACIO JAVIER ARAUS JARA, cédula nacional de identidad N° 21742366-K, domiciliado en calle Trumao Nº 0560, Temuco; a fin de que fuera condenado, a la pena de 61 días de presidio menor, más las accesorias legales, como autor de una infracción

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