Juzgado de Garantía de Puerto Montt.

MP C/ JUAN ALEJANDRO NEIRA RUIZ

Rol

O-4740-2023

Fecha

29 de agosto de 2023

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos del requerimiento, lo que ha implicado ahorro de recursos fiscales. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal con esta fecha, atendida la renuncia a los plazos y recursos legales por parte de los intervinientes. Anótese, regístrese y archívese. RIT 4740 - 2023 RUC 2300657196-4 Pronunciada por don FRANCISCO ANDRES ALMONACID FAUNDEZ, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt. Tramitada y gestionada: LAN. Código: RRXNXHFXXWJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: RRXNXHFXXWJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-08-30T17:07:56-0400

Fallo

Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N° 9, 15 N° 1, 21 y siguientes, 67 y siguientes, 446 N° 3 del Código Penal; artículos 30, 36, 45, 348, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; se declara: I.- Que, SE CONDENA a JUAN ALEJANDRO NEIRA RUIZ, RUN N° 17.189.010-1, ya individualizado, como autor de tentativa del delito de hurto simple en perjuicio de Juan Armando Campos Vargas, cometido en Puerto Montt el día 16 de junio de 2023, a la PENA de UN DÍA DE PRISIÓN EN SU GRADO MÍNIMO, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y al PAGO de multa de UN TERCIO de unidad tributaria mensual. II.- Que, la pena privativa de libertad impuesta se la dará por CUMPLIDA con el día de detención que le afectó en la presente causa, correspondiente al día 16 de junio de 2023, de la misma forma se dará por CUMPLIDA la pena pecuniaria con la jornada de detención desde el 28 al 29 de agosto de 2023. III.- Que, no se le condena en costas por haber aceptado responsabilidad en los hechos del requerimiento, lo que ha implicado ahorro de recursos fiscales. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal con esta fecha, atendida la renuncia a los plazos y recursos legales por parte de los intervinientes. Anótese, regístrese y archívese. RIT 4740 - 2023 RUC 2300657196-4 Pronunciada por don FRANCISCO ANDRES ALMONACID FAUNDEZ, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Pue

Texto Completo (Preview)

Sentencia: Puerto Montt, veintinueve de agosto de dos mil veintitrés. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el registro de audio pertinente; la resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N° 9, 15 N° 1, 21 y siguientes, 67 y siguientes, 446 N° 3 del Código Penal; ar

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