SAAVEDRA/MINISTERIO DE LAS CULTURAS LAS ARTES Y EL PATRIMONIO
Rol
T-304-2021
Fecha
14 de febrero de 2022
Materia
Art. 19 Nº 1 CPR. Derecho a la vida y la integridad, Art. 2 CT. Sobre actos de discriminación, Art. 485 inciso 3º CT, Costas, Daño moral, Otras Indemnizaciones, Reajustes e intereses
Resultado
No especificado
Hechos
hechos relatados, nunca tuve problemas al interior del servicio y estaba evaluada en Lista N°1 de Distinción. • Que a propósito de las situaciones descritas, se desarrollaron problemas de salud que fueron determinados por la Mutual de Seguridad como de origen laboral, estableciendo como factor de riesgo una organización disfuncional y conflictos interpersonales. • Que el mismo día en que se sobresee a la denunciada, me notifican de mí no renovación de contrata. • Que dicha no renovación se basa en una supuesto deficiente desempeño, basado en una baja de mis calificaciones, en circunstancias que se produjo una disminución a la mitad de mis calificaciones, basado en razones completamente genéricas. • Que la evaluación que determinó esta baja fue realizada en parte por la persona denunciada que denuncie por acoso laboral. Finaliza solicitando las siguientes declaraciones y el pago de las siguientes prelaciones: - Que durante la relación funcionaria, así como con motivo de su término, el empleador incumplió con el deber de mantener un ambiente laboral respetuoso con la dignidad de los trabajadores, siendo autor de conductas de acoso laboral. - Que, de no estimarse que las conductas desplegadas por la autoridad son constitutivas de acoso laboral, declare que el empleador vulneró los derechos fundamentales de la funcionaria, en específico, su derecho a la integridad física y psíquica y a la honra. - Que se declare que mi ex empleador vulneró mi derecho a la indemnidad, toda vez que el despido se produjo como represalia a mi denuncia por acoso laboral. - Que como consecuencia de lo anterior se deben adoptar las siguientes medidas inmediatas para terminar con la vulneración de garantías fundamentales: • Disculpas públicas de los señores Emilio de la Cerda, Subsecretario del Patrimonio Cultural, Ursula Ruz Rozas, encargada de compras públicas e inventario de la Unidad de Administración y Finanzas, Fabiola Rubilar Lienlaf, jefa de la Unidad de Administración y Finanzas
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece doña MARÍA MACARENA SAAVEDRA CRUZ, cédula nacional de identidad N° 16.065.130-K, funcionaría pública, domiciliada en Parcela Chuico Blanco, Comuna de Valparaíso, quien interpone denuncia en procedimiento de tutela laboral en contra del FISCO DE CHILE, persona jurídica de Derecho Público, RUT N°61.006.000-5, representada por su Abogada Procuradora Fiscal de Santiago, doña Ruth Israel López, o quien lo subrogue, ambos domiciliados en calle Estado N°360, oficina N°701, comuna y ciudad de Santiago, en su calidad de representante legal de mi empleador, el MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO - SUBSECRETARÍA DEL PATRIMONIO CULTURAL, RUT N.° 60.901.002-9 representado legalmente por su Ministra Consuelo Valdés Chadwick, cédula de identidad N.° 4.944.145-2, o quien la subrogue o reemplace, ambos con domicilio en Santiago en Paseo Ahumada 48, Piso 7, a fin que se declare que su despido ha sido vulneratorio de sus derechos fundamentales y se condene a la demandada, al pago de las indemnizaciones y prestaciones que se indican en el libelo pretensor, todo con reajuste, intereses y costas. Fundando lo anterior señala que ingresó a la institución por concurso público el 01 de enero de 2019 en calidad de Contrata grado 11, cumpliendo funciones como encargada de Contabilidad y Tesorería de la Subsecretaría del Patrimonio Cultural. Lamentablemente, desde el principio tuvo problemas con una compañera de trabajo, Úrsula Ruz, con la que se tuvo que vincular los primeros meses de trabajo ante la ausencia por licencia médica de su jefatura, Fabiola Rubilar, jefa de la Unidad de Administración y Finanzas. Al ser nueva, empezó a trabajar con Úrsula Ruz, encargada de Compras Públicas e Inventarios de la Unidad de Administración y Finanzas, e intentó apoyarse en sus conocimientos preguntándole algunas cosas, dado que ella era una de las más antiguas de la unidad, pero claramente nunca hubo alguna disposición de ella de ayudar, sino más bien todo lo contrario. Ejerció presión y malos tratos hacia su persona y hacia una colega, con el fin de humillarla y menoscabar su trabajo y su integridad psíquica, generando comentarios negativos respecto su trabajo y perturbando sus labores diarias dentro de la institución. Con el tiempo esta situación se tornó insostenible, ya que todo lo anterior hacía que fuera cada día más difícil ir trabajar y saber que me encontraría con las actitudes humillantes y malos tratos de Úrsula y Fabiola, ya que ambas generaban un ambiente hostil hacia mi persona. Es importante señalar que esta situación fue denunciada al interior de la institución, lo que motivó, en primer lugar, una investigación sumaria respecto de Úrsula, mediante sumario instruido con fecha 29 de enero de 2020 y que terminó con la constatación de la existencia de conductas de acoso laboral y la aplicación de una multa del 5% de las remuneraciones y; otra respecto de Fabiola, a través de sumario administrativo instruido con fe
Fallo
SE DECLARA: I.- Que SE RECHAZA la denuncia de tutela por vulneración de derechos fundamentales con ocasión del despido interpuesta por doña MARÍA MACARENA SAAVEDRA CRUZ, en contra del FISCO DE CHILE, en su calidad de representante legal del MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO - SUBSECRETARÍA DEL PATRIMONIO CULTURAL II.- - Que no se condena en costas a la denunciante por estimarse que ha litigado con motivo plausible. Regístrese y archívese en su oportunidad. RIT T-304-2021 RUC 21- 4-0323615-K Dictada por GONZALO FIGUEROA EDWARDS, Juez Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.
Texto Completo (Preview)
Santiago, catorce de febrero de dos mil veintidós. VISTOS, OIDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece doña MARÍA MACARENA SAAVEDRA CRUZ, cédula nacional de identidad N° 16.065.130-K, funcionaría pública, domiciliada en Parcela Chuico Blanco, Comuna de Valparaíso, quien interpone denuncia en procedimiento de tutela laboral en contra del FISCO DE CHILE, persona jurídica de Dere
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