Juzgado de Familia Puente Alto

ANONIMIZADO

Rol

C-760-2023

Fecha

12 de junio de 2023

Materia

RELACION DIRECTA Y REGULAR OTROS

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Atendido a que no hay una norma especial que determine la competencia del tribunal en materia de relación directa y regular, por tanto, rige la norma general contemplada en el artículo 134 del Código Orgánico de Tribunales, el cual dispone que: “En general, es juez competente para conocer de una demanda civil o para intervenir en un acto no contencioso, el del domicilio del demandado o interesado,..” y encontrándose además el domicilio del demandado en la comuna de Santiago, por lo que este tribunal, no es competente para conocer de la presente causa, se resuelve: Que se concluye la...

Fallo

por tanto, rige la norma general contemplada en el artículo 134 del Código Orgánico de Tribunales, el cual dispone que: “En general, es juez competente para conocer de una demanda civil o para intervenir en un acto no contencioso, el del domicilio del demandado o interesado,..” y encontrándose además el domicilio del demandado en la comuna de Santiago, por lo que este tribunal, no es competente para conocer de la presente causa, se resuelve: Que se concluye la...

Texto Completo (Preview)

RIT: C-760-2023 Puente Alto, doce de junio de dos mil veintitrés. Proveyendo folio 36: A lo principal: Vistos y teniendo presente: Atendido a que no hay una norma especial que determine la competencia del tribunal en materia de relación directa y regular, por tanto, rige la norma general contemplada en el artículo 134 del Código Orgánico de Tribunales, el cual dispone que: “En general, es juez com

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