GOLD FIELDS PEDERNALES LIMITADA/
Rol
V-180-2020
Fecha
22 de octubre de 2020
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: PRIMERO: Que, con fecha 31 de marzo de 2020, a las 21:01 horas comparece don MANUEL DÍAZ MOLES, chileno, casado, abogado, cédula de identidad N° 12.009.233-2, en representación, según se acreditará, de GOLD FIELDS PEDERNALES LIMITADA, sociedad chilena, del giro minero, rol único tributario N° 76.089.011-1, ambos domiciliados, para estos efectos, en Avenida Presidente Riesco N° 5.561, Piso 7, Comuna de Las Condes, Santiago, solicita pedimento minero de exploración minera denominada “PORVENIR 16” las coordenadas U.T.M. del Punto Medio (P.M.) ya señalado, referidas al Datum Provisorio Sudamericano La Canoa de 1956, Elipsoide Internacional de Referencia 1924, Huso 19, son: Norte: 7.243.500,00 metros; y Este: 552.000,00 metros. El área que se pide queda comprendida en un rectángulo de 3.000 metros de largo en el sentido Este- Oeste U.T.M. por 1.000 metros de ancho en el sentido Norte-Sur U.T.M., encerrando una superficie total de 300 hectáreas. SEGUNDO: Que, con fecha 08 de abril de 2020 el pedimento minero referido fue inscrito a fojas 1641 bajo el N° 882 del año 2020, en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Antofagasta.- TERCERO: Que, con fecha 27 de abril de 2020, el pedimento minero fue publicado en el Boletín Oficial de Minería de Antofagasta en su edición N° 42.641.- CUARTO: Que, el Servicio Nacional de Geología y Minería, mediante Ord. N° 4277 de fecha 20 de julio de 2020, emitió informe señalando que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano de la referida concesión se encuentran conforme con las disposiciones legales vigentes. La forma, las dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión solicitada se ajustan a la ley, y ésta queda comprendida dentro del terreno pedido.- QUINTO: Que, las coordenadas U.T.M. del punto medio y de cada uno de los vértices del perímetro de la concesión de exploración, son las siguientes: VERTICE NORTE (metros) ESTE (metros) PM 7.243.500,00 552.000,00 V1 7.244.000,00 55
Fallo
Por estas consideraciones y vistos, además, lo dispuesto en los artículos 1, 34, 35, 37, 43, 46, 52, 55, 56, 87, 89 y 90 del Código de Minería. SE DECLARA: I.- Que, se declara constituida la concesión de exploración denominada “PORVENIR 16” con una superficie de 300 hectáreas a favor de GOLD FIELDS PEDERNALES LIMITADA II.- Que, se aprueba el plano de la concesión minera de exploración denominada “PORVENIR 16”. III.- Extráctese la presente sentencia en los términos del artículo 90 del Código de Minería y publíquese en el Boletín Oficial de Minería en el término de 120 días contados desde la fecha de la presente resolución.- IV.- Inscríbase la presente sentencia en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de la ciudad de Antofagasta y archívese el correspondiente plano.- V.- Obténgase por el interesado, mediante el Portal Judicial, copias autorizadas de la sentencia constitutiva de la concesión de exploración y copia autorizada del plano para su respectiva inscripción y archivo.- VI.- A fin de dar cumplimiento a lo ordenado en el artículo 42 del Reglamento del Código de Minería, hágase entrega al interesado del original del plano de la concesión de exploración de autos, para su presentación al Servicio de Nacional de Geología y Minería.- Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. ROL V-180-2020 Pronunciada por don ARTURO ANDRES IRIBARREN PEREZ. Juez Titular del Primer Juzgado de Letras de Antofagasta En Antofagasta, a veintidos de Octubre de dos mil ve
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras Civil de Antofagasta CAUSA ROL : V-180-2020 CARATULADO : GOLD FIELDS PEDERNALES LIMITADA/ Antofagasta, veintidos de Octubre de dos mil veinte VISTOS: PRIMERO: Que, con fecha 31 de marzo de 2020, a las 21:01 horas comparece don MANUEL DÍAZ MOLES, chileno, casado, abogado, cédula de identidad N° 12.009.233-2, en representación, según se
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