C/ RODRIGO ARIEL CABRERA BELLO
Rol
O-184-2023
Fecha
28 de agosto de 2023
Materia
OCULTAMIENTO DE PLACA PATENTE (ART. 192 LETRA E)
Resultado
No especificado
Hechos
hechos materia de la acusación del Ministerio Público son los siguientes: “El día 29 de agosto de 2020, a las 09:30 horas aproximadamente, en la intersección de calle San Martin con Avenida Américo Vespucio, de la comuna de Quilicura, el acusado RODRIGO ARIEL CABRERA BELLO fue sorprendido por personal de carabineros conduciendo el vehículo marca Kia, modelo Sportage, color blanco, año 2015, sin tener adheridas sus P.P.U. HGWT-52, ocultando una de ellas al interior del móvil, al costado derecho de la palanca de cambios, a sabiendas, con el objeto de que no fuese visible”. Calificación Jurídica de los hechos y grado de desarrollo del delito: Código: XBSQXHZNNJX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl A juicio del órgano persecutor penal, los hechos anteriormente descritos son constitutivos del delito de conducción a sabiendas de vehículo con placa patente oculta, ilícito previsto y sancionado en el artículo 192 letra e) de la ley 18.290, delito que se encuentra en grado de desarrollo consumado de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 7mo. del Código Penal. Participación: En concepto del ente fiscal, al acusado Rodrigo Ariel Cabrera Bello le corresponde participación en calidad de autor en el delito que se le imputa, toda vez que tomó parte en la ejecución de los hechos de manera inmediata y directa, de conformidad al artículo 15 Nº 1 del Código Penal. Circunstancias modificatorias de la responsabilidad penal: El Ministerio Público estima que respecto de Rodrigo Ariel Cabrera Bello concurre la circunstancia agravante de la reincidencia genérica del artículo 12 número 15 del Código Penal, sin atenuantes de responsabilidad penal que considerar. Pena solicitada: Que, en consecuencia, por los antecedentes expuestos, el representante del ente persecutor penal, solicita que se imponga al acusado Rodrigo Ariel Cabrera Bello la pena de 3 años de presidio menor en su grado medio, las accesorias legales previstas
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el día miércoles veintitrés de agosto del dos mil veintitrés, y ante esta Sala del Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, integrada por los magistrados don Mauricio Rettig Espinoza, quien la presidió, doña Marlene Lobos Vargas como juez redactora y don Raúl Díaz Manosalva, como tercer juez integrante, se llevó a efecto vía zoom el juicio oral Rol Único de Causa N° 2.000.890.411-2, Rol Interno del Tribunal N° 184-2023, destinada a conocer y fallar la acusación deducida por el Ministerio Público en contra de Rodrigo Ariel Cabrera Bello, Cedula de Identidad Nro. 13.442.844-9, nacido el día 28 de diciembre de 1977, en Santiago, casado, microempresario de transportes de camiones, domiciliado en Parcela 24°, hacienda El Sol, de la comuna de Lampa, quién comparece legalmente representado por la Defensora Penal Pública doña Constanza Bozo Carrasco, con domicilio y forma de notificación ya registrado en el Tribunal. Mientras que, se presenta como acusador el Ministerio Público, representado por la Fiscal Titular doña Patricia Fuentes Montecinos, también con domicilio y forma de notificación ya registrado en el Tribunal. Se deja constancia que el detalle íntegro de todo lo argumentado por las partes, y de las pruebas rendidas ha quedado registrado en el audio respectivo, lo anterior en cumplimiento de lo dispuesto por el legislador procesal penal en los artículos 39 a 44 del código de la materia, de modo que la precisión de cada antecedente puede encontrarse en el soporte informático respectivo, en donde quedó almacenado el referido audio, registro que está a disposición de los intervinientes y del público en general, conforme a la normativa indicada. SEGUNDO: Que, conforme al auto de apertura del juicio oral, los hechos materia de la acusación del Ministerio Público son los siguientes: “El día 29 de agosto de 2020, a las 09:30 horas aproximadamente, en la intersección de calle San Martin con Avenida Américo Vespucio, de la comuna de Quilicura, el acusado RODRIGO ARIEL CABRERA BELLO fue sorprendido por personal de carabineros conduciendo el vehículo marca Kia, modelo Sportage, color blanco, año 2015, sin tener adheridas sus P.P.U. HGWT-52, ocultando una de ellas al interior del móvil, al costado derecho de la palanca de cambios, a sabiendas, con el objeto de que no fuese visible”. Calificación Jurídica de los hechos y grado de desarrollo del delito: Código: XBSQXHZNNJX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl A juicio del órgano persecutor penal, los hechos anteriormente descritos son constitutivos del delito de conducción a sabiendas de vehículo con placa patente oculta, ilícito previsto y sancionado en el artículo 192 letra e) de la ley 18.290, delito que se encuentra en grado de desarrollo consumado de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 7mo. del Código Penal. Participación: En concepto del ente fiscal, al acusado Rodrigo Ariel Cabrera Bello
Fallo
por tanto sabía que mantenía las placas patentes ocultas, y si las hubiese tenido en el parabrisas no estaríamos en esta audiencia, ya que recién al percatarse del ilícito es que decide poner la única placa patente que portaba, y lo que prohíbe el legislador es que un vehículo circule sin sus placas patentes, y con las fotografías y relatos de carabineros se establece tanto el hecho como su participación. CUARTO: Que, la Defensa de Rodrigo Ariel Cabrera Bello, plantea, en sus alegaciones de inicio, que su patrocinado renunciará a su derecho a guardar silencio y se referirá a los hechos materia de la acusación, narrando cada una de sus vicisitudes, y con su confesión no sólo se ahorrará tiempo sino también recursos fiscales, por lo que solicitará la calificación de la atenuante de la colaboración sustancial, y en ello consiste su teoría del caso, ya que no hará cuestionamiento al hecho y participación. Por su lado, en su alegato de clausura, la misma defensa solicita la absolución, y en este acto, cuestiona la existencia del delito por la falta del elemento subjetivo del tipo penal, ya que a su juicio tanto de los que escuchamos de su representado, como lo que dijo Carabineros consta que él si llevaba una placa patente adelante, por lo que no se da por acreditado lo que dice la norma, ya que se requiere acreditar que “a sabiendas” ocultó una patente, y de lo que declara su representado se colige que estaba la placa patente en el parabrisas del vehículo, y que la puso justo c
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CONTRA: RODRIGO ARIEL CABRERA BELLO DELITOS: CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO CON PLACA PATENTE ÚNICA OCULTA RIT: 184-2023 RUC: 2.000.890.411-2 Santiago, lunes veintiocho de agosto del dos mil veintitrés. VISTOS, OIDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el día miércoles veintitrés de agosto del dos mil veintitrés, y ante esta Sala del Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, in
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