Juzgado de Garantía de Valdivia.

MP C/ FABIÁN ALBERTO MUÑOZ NAVARRETE

Rol

O-841-2023

Fecha

24 de agosto de 2023

Materia

LESIONES MENOS GRAVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: En Valdivia, el día 18 de febrero de 2023, siendo las 20:15 horas aproximadamente encontrándose ambos imputados en la vía pública, específicamente en una plazuela ubicada en calle Chacabuco 75 de esta ciudad, se agreden mutuamente, donde el imputado ( víctima) ANGEL DAMIAN DARIO GATTI VILLANUEVA, le propina golpe de puño en el rostro a la víctima (imputado ) FABIÁN ALBERTO MUÑOZ NAVARRETE, en tanto que este último también agrede empujando a Angel Gatti, interviniendo Carabineros quienes se encontraban en las cercanías, logrando detener la agresión. A raíz de estos hechos Fabian Muñoz Navarrete resultó con lesiones de carácter Menos Graves consistentes en Herida erosiva labio superior, observación fractura incisivo lateral derecho, en tanto que Ángel Gatti , resultó con lesiones leves consistentes en Heridas Erosivas en ambos codos. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio RUC N° 2300188424-7-1084 y la parte resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N° 6 y 9 14 N° 1, 15 N° 1, 30, 68, 399 y siguientes del Código Penal, artículos 388, 395, 406, 407, 409 y siguientes del Código Procesal Penal, artículos 3, 4, 5 y 38 de la Ley 18. 216, se declara: Que se condena a ANGEL DAMIAN DARIO GATTI VILLANUEVA, Cédula de Identidad N° 27788365-1, domiciliado en pasaje Cruz N° 770, Temuco, con forma especial de notificación al correo electrónico damian_thecasualities@hotmail.com, a las siguientes penas como autor en los términos del artículo 15 N° 1 del Código Penal, grado de desarrollo consumado, de un delito de LESIONES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 399 del Código Penal, en perjuicio de la víctima Fabián Alberto Muñoz Navarrete, perpetrado en Valdivia el día 18 de febrero de 2023, a una pena de cuarenta y un días de prisión en su grado máximo, accesorias del artículo 30 del Código Penal, esto es, accesorias de suspensión de cargo u oficio

Fallo

se declara: Que se condena a ANGEL DAMIAN DARIO GATTI VILLANUEVA, Cédula de Identidad N° 27788365-1, domiciliado en pasaje Cruz N° 770, Temuco, con forma especial de notificación al correo electrónico damian_thecasualities@hotmail.com, a las siguientes penas como autor en los términos del artículo 15 N° 1 del Código Penal, grado de desarrollo consumado, de un delito de LESIONES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 399 del Código Penal, en perjuicio de la víctima Fabián Alberto Muñoz Navarrete, perpetrado en Valdivia el día 18 de febrero de 2023, a una pena de cuarenta y un días de prisión en su grado máximo, accesorias del artículo 30 del Código Penal, esto es, accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, sin costas. Que para el cumplimiento de la pena privativa de libertad se sustituye la pena impuesta por la remisión condicional de la pena, a ser verificada en el Centro de Reinserción Social de Temuco, debiendo el sentenciado permanecer en observación por el lapso de un año, y debiendo cumplir las demás restantes exigencias de los artículo 4° y siguientes de la referidas ley. Código: BENJXHGXTMH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:damian_thecasualities@hotmail.com Si ésta pena sustitutiva le fuere revocada, el sentenciado cumplirá la pena o lo hará cuando se presente a hacerlo o sea habido, registrando un día a compensar con ocasión de esta causa.

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Valdivia, veinticuatro de agosto de dos mil veintitrés. Hechos: En Valdivia, el día 18 de febrero de 2023, siendo las 20:15 horas aproximadamente encontrándose ambos imputados en la vía pública, específicamente en una plazuela ubicada en calle Chacabuco 75 de esta ciudad, se agreden mutuamente, donde el imputado ( víctima) ANGEL DAMIAN DARIO GATTI VILLANUEV

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