Juzgado de Garantía de Colina

C/ FRANCISCO JAVIER VIAL ILLANES

Rol

O-1318-2023

Fecha

24 de agosto de 2023

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 13 de marzo del 2023 a las 02:40 horas. en la ruta 5 norte km. 22.300 comuna de Lampa, en dirección norte el imputado Francisco Javier Vial Illanes condujo en estado de ebriedad el vehículo marca mg. modelo zx. color gris. año 2022. placa patente scly-15 impactando por la parte trasera a la camioneta conducida por la victima Claudio Eliseo marca ford. modelo ranger. año 2008. color gris. placa patente bgtx-9 haciendo que esta impactara a su vez la barrera de contención lateral derecha de la carretera. al llegar carabineros al lugar se percataron que el imputado mantenía halito alcohólico, rostro congestionad e incoherencia al hablar, por lo que al realizar el examen de intoxilycer este arrojo que el imputado conducía con 2.56 g/l. SE DECLARA: I- Que se condena a FRANCISCO JAVIER VIAL ILLANES, cédula de identidad N° 0010876518-6, ya individualizado, como autor de un delito de CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD CON DAÑO, hecho ocurrido en Lampa el 13 de marzo de 2023, a la pena de SESENTA Y UN DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, accesoria de suspensión de cargo y oficio público por el tiempo de la condena, al pago de una multa a beneficio fiscal ascendente a 2 DE UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES y a la suspensión de su licencia de conducir por el plazo de CINCO años. II- Que tanto la pena corporal como la pena de multa se le tendrán por cumplidas Código: FXNXXHHXBJH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl con el tiempo que estuvo cumplimiento con arresto domiciliario de 12 horas desde el 13 de marzo de 2023. III- Que para el cómputo de la suspensión de su licencia de conducir se deberá considerar como abono desde el día que ha sido retenida por el Ministerio Público desde el 13 de marzo de 2023. IV- Que habiendo admitido responsabilidad en los hechos se le exime al imputado del pago de las costas de la causa. - Dese cumplimiento con lo previsto y dispuesto en el artículo 468 del Códig

Fallo

SE DECLARA: I- Que se condena a FRANCISCO JAVIER VIAL ILLANES, cédula de identidad N° 0010876518-6, ya individualizado, como autor de un delito de CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD CON DAÑO, hecho ocurrido en Lampa el 13 de marzo de 2023, a la pena de SESENTA Y UN DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, accesoria de suspensión de cargo y oficio público por el tiempo de la condena, al pago de una multa a beneficio fiscal ascendente a 2 DE UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES y a la suspensión de su licencia de conducir por el plazo de CINCO años. II- Que tanto la pena corporal como la pena de multa se le tendrán por cumplidas Código: FXNXXHHXBJH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl con el tiempo que estuvo cumplimiento con arresto domiciliario de 12 horas desde el 13 de marzo de 2023. III- Que para el cómputo de la suspensión de su licencia de conducir se deberá considerar como abono desde el día que ha sido retenida por el Ministerio Público desde el 13 de marzo de 2023. IV- Que habiendo admitido responsabilidad en los hechos se le exime al imputado del pago de las costas de la causa. - Dese cumplimiento con lo previsto y dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Téngase presente renuncia a recursos y plazos legales realizada por los intervinientes. Regístrese y archívese en su oportunidad. Dictada por CARMEN GLORIA TRONCOSO UBILLA, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Colina. ““LLaa sseennt

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: Colina, veinticuatro de agosto de dos mil veintitrés. TRIBUNAL: Juzgado de Garantía de Colina MAGISTRADO: CARMEN GLORIA TRONCOSO UBILLA RUC: 2300269578-2 RIT: 1318 - 2023 IMPUTADO: FRANCISCO JAVIER VIAL ILLANES C.I. 0010876518-6 FECHA DE NACIMIENTO 28-07-1972 NACIONALIDAD: Chileno. DIRECCIÓN Parcela SANTA SOFÍA Nº 138 COMUNA: Curacaví DELITO

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