MARCELO IVAN MONTESINO PAVEZ C/ LUIS ERNESTO GODOY VÁSQUEZ
Rol
O-2217-2022
Fecha
21 de agosto de 2023
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 28 de marzo del año 2022, a las 01:50 horas aproximadamente, el imputado Luis Godoy Vásquez fue sorprendido conduciendo en estado de ebriedad por la ruta H-610 a la altura de la intersección de la 630 por la comuna de Malloa, el vehículo PPU CBGY-34 y que lo hacía en forma zigzagueante. El estado en que conducía el imputado constó a los funcionarios que adoptaron el procedimiento por su fuerte hálito alcohólico, rostro congestionado. El examen que mide la presencia de alcohol en el organismo arrojó que el imputado realizaba esta conducción con 1,19 gr/lt y la alcoholemia arrojó que la conducción la realizó con 1,49 gr/lt, y esta conducción la realizó sin haber obtenido su licencia de conducir. Vistos y oídos los intervinientes: Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente; la resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 N° 9, 14 y 15, del Código Penal; artículos 406 y siguientes del Código Procesal Penal, artículo 196 de la Ley 18.290, artículo 3° y 4° de la Ley 18.216, SE RESUELVE: I.- Que SE CONDENA a LUIS ERNESTO GODOY VÁSQUEZ, Chileno, cédula de identidad N° 0007306779-0, domiciliado en Sector La PUENTE ALTA Nº 2015, Quinta de Tilcoco, por los hechos del día 28 de marzo de 2022, como AUTOR del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, previsto y sancionado en el artículo 196 en relación al artículo 209 de la Ley Código: DRLNXHYXMVG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; mailto:jgrengo@pjud.cl “Encontrándose vigente Ley 20886 sobre Tramitación Electrónica, se informa que toda la documentación debe ser remitida al tribunal a través del portal OFICINA VIRTUAL JUDICIAL https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; se excluyen las instituciones con convenios”. Pedro Segundo Estrada N° 36 - Rengo Teléfono: 72-2-512844 / Teléfono: +569829
Fallo
SE RESUELVE: I.- Que SE CONDENA a LUIS ERNESTO GODOY VÁSQUEZ, Chileno, cédula de identidad N° 0007306779-0, domiciliado en Sector La PUENTE ALTA Nº 2015, Quinta de Tilcoco, por los hechos del día 28 de marzo de 2022, como AUTOR del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, previsto y sancionado en el artículo 196 en relación al artículo 209 de la Ley Código: DRLNXHYXMVG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; mailto:jgrengo@pjud.cl “Encontrándose vigente Ley 20886 sobre Tramitación Electrónica, se informa que toda la documentación debe ser remitida al tribunal a través del portal OFICINA VIRTUAL JUDICIAL https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; se excluyen las instituciones con convenios”. Pedro Segundo Estrada N° 36 - Rengo Teléfono: 72-2-512844 / Teléfono: +56982995800 (08:00 a 16:00 horas) correo electrónico: jgrengo@pjud.cl 18.290, perpetrado en grado de desarrollo CONSUMADO, a sufrir una pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, multa de DOS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES y SUSPENSIÓN DE LA LICENCIA DE CONDUCIR POR EL LAPSO DE DOS AÑOS. II.- Que reuniendo el sentenciado los requisitos que establece el artículo 4º de la ley 18.216, se sustituye la pena corporal impuesta por la de REMISIÓN CONDICIONAL, quedando sujeto al control administrativo y asisten
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“Encontrándose vigente Ley 20886 sobre Tramitación Electrónica, se informa que toda la documentación debe ser remitida al tribunal a través del portal OFICINA VIRTUAL JUDICIAL https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; se excluyen las instituciones con convenios”. Pedro Segundo Estrada N° 36 - Rengo Teléfono: 72-2-512844 / Teléfono: +56982995800 (08:00 a 16:00 horas) correo electrónico: jgrengo@pju
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