1º Juzgado de Letras de Curicó

FLORES/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CURICÓ

Rol

C-2466-2020

Fecha

15 de octubre de 2020

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que a folio 1, con fecha 07 de septiembre de 2020, comparece Mar a In s Floresí é Garc a,í pensionada, domiciliada en Poblaci n La Marquesa, pasaje Atacama N 11 deó ° Curic , quien interpone demanda en juicio ordinario en contra de la Ilustreó Municipalidad de Curic , representada por su Alcalde don Javier Mu oz Riquelme,ó ñ contador p blico y auditor, ambos domiciliados en Estado 279, Edificio P blicoú ú Municipal de la ciudad de Curic . ó Funda su demanda se alando ser due a, junto a sus hijos Sandra Victoria, Mar añ ñ í Soledad y Jorge Gast n, todos de apellidos ó de la Fuente Flores, de la propiedad ra zí ubicada en pasaje Atacama N 11 de la Poblaci n La Marquesa de la comuna y° ó provincia de Curic , Rol de Aval o N 408-15.ó ú ° Se ala que adeuda los derechos municipales por concepto de extracci n deñ ó basura y aseo domiciliario de su domicilio, desde la cuota que venci el 30 de septiembreó de 2014 hasta aquella que venci el 30 de junio del a o en curso, por lo que, conformeó ñ lo disponen los art culos 2493 y 2521 del C digo Civil, solicita la prescripci n del cobroí ó ó de los referidos derechos de aseo domiciliario, por el periodo comprendido entre el 30 de septiembre del a o 2014, hasta el 30 de junio del a o 2017. ñ ñ A folio 14, con fecha 09 de octubre de 2020, se lleva a cabo audiencia de contestaci n y conciliaci n en juicio ordinario de m nima cuant a, con la comparecenciaó ó í í del abogado de la parte demandante y de la demandada. En dicha oportunidad se ratifica la demanda en todas sus partes y la demandada, contestando la acci n deducidaó en forma verbal, se allana al libelo pretensor. A folio 15, con fecha 09 de octubre de 2020 y no existiendo hechos sustanciales pertinentes y controvertidos que probar, se omiti recibir la causa a prueba y deó conformidad con lo dispuesto en el artículo 715 del Código de Procedimiento Civil, se cit a las partes a oó ír sentencia.-

Fundamentos

CONSIDERANDO: C-2466-2020 Foja: 1 PRIMERO: Que a fin de acreditar la efectividad de encontrarse prescrita la deuda de autos, la demandante acompa junto a su libelo, copia de inscripci n deñó ó dominio del inmueble ubicado en Poblaci n La Marquesa, pasaje Atacama N 11 deó ° Curic , inscrita a fojas 2537 n 1241 del registro de Propiedad del Conservador de Bienesó ° Ra ces de Curic , del a o 2010; certificado de aval o de la propiedad Rol N 408-15 deí ó ñ ú ° la comuna de Curic y estado de deuda de los derechos de aseo domiciliario, dondeó constan los servicios de aseo que se encuentran en mora. SEGUNDO: Que, es menester se alar que el art culo 2514 del C digo Civilñ í ó dispone que la prescripci n que extingue las acciones y derechos ajenos exige solamenteó cierto lapso de tiempo, durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones, cont ndoseá este tiempo desde que la obligaci n se hizo exigible.ó TERCERO: Que para que resulte procedente declarar la prescripci n de lasó referidas acciones y derechos, es necesario que hayan transcurrido los plazos que establece la ley desde que se hizo exigible la obligaci n y que el titular de aquellos no losó haya ejercido, manteni ndose inactivo a su respecto.é CUARTO: Que del m rito de la documentaci n acompa ada por la parteé ó ñ demandante, teniendo presente adem s lo dispuesto en el art culo 2521 del C digo Civil,á í ó que dispone en su parte pertinente que prescriben en tres a os las acciones a favor o“ ñ en contra del Fisco y de las Municipalidades provenientes de toda clase de impuestos”, configur ndose en la especie la efectividad de lo se alado en la norma legal reci n citadaá ñ é y teniendo presente adem s, el allanamiento efectuado por la Ilustre Municipalidad deá Curic , se acoger en definitiva la acci n interpuesta en lo principal de folio 1, en eló á ó sentido de declarar prescritas las acciones tendientes al cobro de derechos de aseo domiciliarios del inmueble ubicado en Poblaci n La Marquesa, pasaje Atacama N 11 deó ° Curic , desde la cuota que venci el 30 de septiembre del a o 2014, hasta la cuota deó ó ñ 30 de junio del a o 2017, ambos inclusive.ñ

Fallo

Por tanto y teniendo presente lo dispuesto en los art culos 1698 y 2521 delí C digo Civil, art culos 160, 170, 703 y dem s pertinentes del C digo de Procedimientoó í á ó Civil, SE DECLARA: - Que, se hace lugar a la demanda interpuesta a folio 1 por MARIA INES FLORES GARC A Í en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CURIC Ó y se declara la prescripci n extintiva de las acciones tendientes al cobro de los derechos deó aseo domiciliarios respecto del inmueble ubicado en Poblaci n La Marquesa, pasajeó Atacama N 11 de Curic , desde la cuota correspondiente al 30 de septiembre del a o° ó ñ 2014, hasta aquella que venc a en el mes de junio de 2017, ambos inclusive.í - Que no se condena en costas a la demandada por haberse allanado a la acci nó deducida en su contra. C-2466-2020 Foja: 1 An tese, reg strese, notif quese y en su oportunidad arch vese, si no se apelare.ó í í í Rol N 2466-2020.º Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Curico, quince de Octubre de dos mil veinte Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-10-15T12:26:01-0300

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C-2466-2020 Foja: 1 FOJA: 13 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Curicº ó CAUSA ROL : C-2466-2020 CARATULADO : FLORES/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CURICÓ Curico, quince de Octubre de dos mil veinte VISTOS: Que a folio 1, con fecha 07 de septiembre de 2020, comparece Mar a In s Floresí é Garc a,í pensionada, domiciliada en Poblaci n La Marquesa, pasaje Atacama N 11 de

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