C/ FRANCISCO MANUEL FARÍAS GÓMEZ
Rol
O-786-2022
Fecha
23 de agosto de 2023
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en esta causa, el Ministerio Público ha interpuesto requerimiento en procedimiento simplificado en contra de C/ FRANCISCO MANUEL FARIAS GOMEZ, cédula de identidad N° 18.841.860-0, quien comparece representado por la Defensoría Penal Pública, por los siguientes hechos: HECHOS “El 16 de enero del 2022 alrededor de las 03:30 horas, el imputado Francisco Farías Gómez conducía en estado de ebriedad el vehículo marca Peugeot modelo 308 PPU HHRZ-23 por Av. Maturana en dirección al norte de la comuna de Villa Alemana, siendo sorprendido por funcionarios policiales, su estado de ebriedad fue confirmado con el examen de alcoholemia respectivo, el cual arrojó un resultado de 2.44 gramos por mil de alcohol en la sangre!. (La parte expositiva y considerativa de la sentencia, se encuentra íntegramente registrada en el audio de la audiencia) Código: HSFXXHGXRBH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl SEGUNDO: Atendido lo expuesto y desarrollado durante la audiencia de juicio oral simplificado, el Tribunal resuelve que en atención a la insuficiencia de la prueba rendida por el Ministerio Público, ya que no se presentó la prueba de cargo a declarar, lo que se encuentra registrado en el audio de la audiencia de juicio, teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 340 y 297 del Código Procesal Penal. En definitiva, el Tribunal no cuenta con elementos de juicio necesarios para llegar a una convicción condenatoria, ya que nadie puede ser condenado sino cuando un Tribunal adquiera la convicción que ha cometido un hecho punible y le ha correspondido la participación culpable en los términos que establece el artículo 340 del Código Procesal Penal, es que
Fallo
por estas consideraciones y según lo dispuesto en el artículo 297, 340, 396 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara que: I.- Que se absuelve a FRANCISCO MANUEL FARIAS GOMEZ, cédula de identidad N° 18.841.860-0.- II.- No se condena en costas al Ministerio Público por haber tenido motivo plausible para litigar, especialmente por haber debido ejercer la acción penal en virtud de haber denunciado un presunto delito la víctima. Archívese por afinada Resolvió don IGNACIO ANDRÉS ADANA JURI, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Villa Alemana. Código: HSFXXHGXRBH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-08-25T08:28:57-0400
Texto Completo (Preview)
C/ FRANCISCO MANUEL FARIAS GOMEZ DELITO: CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD.- PROCEDIMIENTO: JUICIO ORAL SIMPLIFICADO. RUC N°2200054101-3 RIT N°786.2022.- Villa Alemana, veintitrés de agosto de dos mil veintitrés.- VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en esta causa, el Ministerio Público ha interpuesto requerimiento en procedimiento simplificado en contra de C/ FRANCISCO MANUEL FARIAS GOMEZ, cédula
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