ADRIÁN ESTEBAN HUENCHUÑIR FUENTES C/ BERNARDO ALFREDO OYARZÚN OSORIO
Rol
O-319-2023
Fecha
21 de agosto de 2023
Materia
USO ILICITO FUEGO ART.18, 22, Y 22 TER DS4363 LEY DE BOSQUES
Resultado
No especificado
Hechos
Visto y oídos los intervinientes: PRIMERO: Que se ha presentado acusación verbal por el Ministerio Publico, en contra de don BERNARDO ALFREDO OYARZÚN OSORIO, cédula de identidad N° 0008883819-K, domiciliado en Calle Los Nogales n°5, El Cajón, de la comuna de La Estrella, por los hechos, el delito, el grado de desarrollo, la participación y las circunstancias modificatorias de responsabilidad penal que se señalan a continuación: Delito: Infracción al artículo 22 ter de Ley de Bosques. Participación: Autor ejecutor. Grado: Consumado. Hechos: el día 24 de octubre de 2022, siendo aproximadamente las 11:30, don Bernardo se encontraba al interior de una parcela en el Cajón s/n, comuna de La Estrella. En dichas circunstancias, sin contar con la autorización administrativa, específicamente de CONAF, correspondiente, realizó al interior de este mismo lugar una quema de rastrojos, ramas. Posteriormente y a pesar de aquello, habría apagado parcialmente la misma. Sin perjuicio de aquello no quedó bien apagado volviendo a encenderse la misma, comenzando un foco de incendio en el lugar, que no pudo controlar hasta la llegada de personal de bomberos a dicho lugar. Antecedentes en los que se funda la acusación: 1. Parte policial N°150. 2. Declaración de don Adrián. 3. Declaración de don Nicolás Fuentes Sepúlveda. 4. Set fotográfico. Respecto del extracto de filiación, presenta diversas anotaciones prontuariales, pero todas pretéritas, siendo la última cumplida hace más de 5 años, no afectando respecto de la ley 18.216. Pena: en caso de admisión de responsabilidad se solicita la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, accesorias legales, sin costas, sin oposición a pena alternativa. SEGUNDO: Que, habiéndose fijado audiencia de procedimiento abreviado para el día de hoy, y al tenor de lo establecido en los artículos 406 y siguientes del Código Procesal Penal, el imputado, debidamente informado e instruido sobre el procedimiento abreviado, ha aceptado expresamen
Fallo
POR TANTO y teniendo presente lo establecido en el artículo 22 ter de Ley de Bosques, los artículos11 N°9, artículo 15 N° 1 del Código Penal, artículos 406 a 410 del Código Procesal Penal, artículos 3° y 4° de la Ley 18.216, y demás normas legales pertinentes, SE RESUELVE: I.- Se condena a don BERNARDO ALFREDO OYARZÚN OSORIO, cédula de identidad N° 0008883819-K, domiciliado en Calle Los Nogales n°5, El Cajón, de la comuna de La Estrella, a la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, más la accesoria legal de suspensión de cargos u oficio público durante el tiempo que dure la condena, como autor del delito consumado, previsto y sancionado en el artículo 22 ter de la Ley de Bosques, acaecido en esta jurisdicción el día 24 de octubre de 2022, sin costas, porque habiendo aceptado el procedimiento abreviado, ha ahorrado un juicio oral al Estado y además ha sido representado por la Defensoría Penal Pública. II.- Que, respecto de la pena corporal impuesta, por reunirse en relación al sentenciado los requisitos establecidos en los artículos 3° y 4° de la Ley 18.216, modificado por la Ley 20.603, se le concede la pena sustitutiva de remisión condicional de la misma. Quedando sujeto a la observancia de Gendarmería de Chile, por el plazo de la condena, esto es 541 días, debiendo cumplir las demás exigencias que establezca el Centro respectivo. Para comenzar a cumplir la pena en esta modalidad el sentenciado deberá presentarte ante el Centro de Reinserción Social de San Fer
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JUZGADO DE LETRAS, GARANTÍA y FAMILIA LITUECHE Página 1 de 3 Procedimiento Abreviado. Litueche, veintiuno de agosto de dos mil veintitrés. Visto y oídos los intervinientes: PRIMERO: Que se ha presentado acusación verbal por el Ministerio Publico, en contra de don BERNARDO ALFREDO OYARZÚN OSORIO, cédula de identidad N° 0008883819-K, domiciliado en Calle Los Nogales n°5, El Cajón, de la comuna de
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