2º Juzgado Civil de Temuco

MIRANDA/

Rol

V-333-2019

Fecha

14 de octubre de 2020

Materia

PERPETUA MEMORIA, INFORMACIÓN

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 30 de octubre de 2019, comparece doña Daniela Carrasco Trapp, abogada, chilena, con domicilio en calle Manuel Montt 850, oficina 404, comuna de Temuco, en representación de don HÉCTOR EDUARDO MIRANDA CUEVAS, cédula de identidad número 12.191.913-3, quien solicita se admita la información para perpetua memoria, de los testigos que señala en su presentación, en los siguientes términos: “ 1.- Según documentos que se acompañan, consta en escritura pública otorgada con fecha 19 de agosto de 1974, ante el Notario Público de Temuco don René Ramírez Molina, que don Mario Soto Fuentealba, en representación de la Caja de Previsión de Empleados Particulares, vendió a don VÍCTOR MIRANDA MIRANDA, carnet número 21.855 casado con doña Minerva Cuevas Díaz, la vivienda ubicada en calle Andes número 810, correspondiente al lote número 11, de la manzana 17 de la Población Monte Verde, con los siguientes deslindes especiales: Norte, calle sin nombre; Sur: lote número 12; Oriente, calle Los Andes; Poniente, lote 10.- Al final de dicha escritura aparece la siguiente leyenda: “V. MIRANDA M.- RUT 937,677-1”2.- El título antes referido rola inscrito a fojas 725, número 841, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año 1975. 3.- Con fecha 14 de septiembre de 2012 se produjo la defunción de don Víctor Manuel Miranda Miranda. 4.- Al realizarse la posesión efectiva del causante, el Registro Civil lo identificó como VICTOR MANUEL MIRANDA, R.U.N 937.677-1 5.- Sin perjuicio de lo anterior, consta en copias legalizadas de cédulas de identidad anteriores que don Víctor M. Miranda, aparecía legalmente como VICTOR MANUEL MIRANDA MIRANDA, fecha de Nacimiento el día 14 de octubre de 1919, R.U.N 937.677-1 6.- En la última cédula de identidad que tuvo el causante, aparece como VICTOR MANUEL MIRANDA, fecha de nacimiento el día 16 de octubre de 1919, R.U.N 937.677-1, y así también aparece en su certificado de matrimonio con doña Minerba Olivi

Fallo

por tanto correspondería que se practique la inscripción especial de herencia, y el inmueble ubicado en Andes 810 de Temuco, figure ahora como transmitido a la sucesión de don Victor Miranda M., conformada por su cónyuge sobreviviente, doña Minerba Olivia Cuevas Díaz y sus hijos don Víctor David Miranda Cuevas y dona Héctor Eduardo Miranda Cuevas, según consta en certificado de posesión efectiva que se adjunta, pero al intentarse la inscripción especial de herencia, el Sr. Conservador ha requerido que se practique la información para perpetua memoria, por lo que la disconformidad en los aspectos indicados ha impedido a todos los herederos disponer de sus derechos. A pesar de las diferencias en el nombre señaladas, existen claros indicios que permiten estimar que se trata de la misma persona, pues: a) Siempre el nombre de pila y el primer apellido son el mismo, sólo a veces falta el segundo nombre y a veces el segundo apellido. b) Al final de la escritura de Compraventa e Hipoteca se señala RIT« » Foja: 1 el rut del comprador, 937.677-1 c) En todos los instrumentos que se presentarán, el rut es el mismo. d) Se menciona que don Víctor Miranda estuvo casado hasta su defunción con doña Minerba (Minerva) Cuevas Díaz, tanto en la compraventa como en el certificado de matrimonio. Sin perjuicio de ello, se debe recurrir a este medio de prueba,- la información para perpetua memoria-, en procura de una aclaración suficiente que permita establecer que el padre de mi representado, y cons

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RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado Civil de Temuco CAUSA ROL : V-333-2019 CARATULADO : MIRANDA/ Temuco, catorce de Octubre de dos mil veinte VISTOS: Con fecha 30 de octubre de 2019, comparece doña Daniela Carrasco Trapp, abogada, chilena, con domicilio en calle Manuel Montt 850, oficina 404, comuna de Temuco, en representación de don HÉCTOR EDUARDO MIRANDA CUEVAS,

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