10º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ CHRISTIAN MARCELO COSSIO CARVAJAL

Rol

O-1104-2022

Fecha

22 de agosto de 2023

Materia

POSESIÓN O TENENCIA DE ARMAS PROHIBIDAS

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: “El día 12 de Mayo de 2022, alrededor de las 17:30 horas, personal policial sorprendió al acusado CHRISTIAN MARCELO COSSIO CARVAJAL en el interior del domicilio ubicado en Pasaje Los Sirios N° 03034, comuna de Lo Espejo, manteniendo en su poder, sin contar con la autorización competente, un arma de fuego, tipo escopeta, sin marca, serie ni modelo, con un cartucho en su interior; además de 5 cartuchos de escopeta, sin marca, calibre 12 milímetros, sin marca y sin percutir”. Código: GDRRXHXXNYF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Santiago, veintidós de agosto de dos mil veintitrés. Vistos: En los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N° 9, 14, 15, 24, 26, 29, 67 y siguientes, todos del Código Penal, artículo 3, 13 y 17 y siguientes de la Ley 17.798, artículo 1, 2, 4, 45, 47, 150, 235, 295, 297, 340, 351, 406 y siguientes del Código Procesal Penal, Ley 18.216 y Ley 19.970, Se declara: l.- Que se condena a CHRISTIAN MARCELO COSSIO CARVAJAL, en lo demás ya individualizado, en su calidad de autor del delito consumado de Tenencia Ilegal De Arma De Fuego Prohibida Con Municiones, previsto y sancionado en el artículo 13 en relación con el artículo 3 de la ley 17.798, perpetrado en esta jurisdicción el día 12 de mayo de 2022, a sufrir la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena. II.- Que la pena que por esta sentencia se impone, deberá ser cumplida de forma efectiva, sirviéndole de abono para dicho cumplimiento los días que el sentenciado ha permanecido ininterrumpidamente privado de libertad por esta causa, entre el 12 y 13 de mayo del año 2022, con ocasión de su control de detención, debiendo contabilizarse además, la sentencia a partir desde dicha fecha, 12 de mayo de 2022, fecha desde la cual permanece privado de libertad con oca

Fallo

Se declara: l.- Que se condena a CHRISTIAN MARCELO COSSIO CARVAJAL, en lo demás ya individualizado, en su calidad de autor del delito consumado de Tenencia Ilegal De Arma De Fuego Prohibida Con Municiones, previsto y sancionado en el artículo 13 en relación con el artículo 3 de la ley 17.798, perpetrado en esta jurisdicción el día 12 de mayo de 2022, a sufrir la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena. II.- Que la pena que por esta sentencia se impone, deberá ser cumplida de forma efectiva, sirviéndole de abono para dicho cumplimiento los días que el sentenciado ha permanecido ininterrumpidamente privado de libertad por esta causa, entre el 12 y 13 de mayo del año 2022, con ocasión de su control de detención, debiendo contabilizarse además, la sentencia a partir desde dicha fecha, 12 de mayo de 2022, fecha desde la cual permanece privado de libertad con ocasión de esta causa, desde el 13 de mayo de 2022, en adelante sujeto a la medida cautelar de prisión preventiva. III.- Se decreta el comiso de las especies objeto del presente ilícito. IV.- Se exime del pago de las costas de la causa al sentenciado. V.- Dese cumplimiento por Gendarmería de Chile a lo dispuesto en el artículo 1 y 17 de la Ley 19.970. Código: GDRRXHXXNYF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado

Texto Completo (Preview)

RUC : 2200462607-2 RIT : 1104 – 2022 MAGISTRADO : MARCELA ALEJANDRA SOTO GALDAMES NOMBRE IMPUTADO : CHRISTIAN MARCELO COSSIO CARVAJAL CÉDULA DE IDENTIDAD : 15.643.283-0 DOMICILIO : Calle CARLOS CONDELL N° 696 torre 2 dept. 913, La Cisterna. FISCAL : JORGE CARMONA DEFENSORA : FRANCISCA CASTRO TRIBUNAL : 10º Juzgado de Garantía de Santiago FECHA DE SENTENCIA : Veintidós de agosto de dos mil veintit

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