MP C/ ALEXIS MAURICIO VERA MEZA
Rol
O-5241-2020
Fecha
21 de agosto de 2023
Materia
ROBO EN LUGAR NO HABITADO.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 31 de mayo de 2020 a las 22:00 horas el imputado llego hasta calle Arlegui nº 1055, correspondiente al local comercial de nombre “De Enrique”, el que se encontraba cerrado, con sus candados cerrados, en donde con la finalidad de ingresar para sustraer especies al mismo, premunido de un Napoleón sin marca de color rojo con negro forzó dicho candado, intentando cortarlo, siendo sorprendido en dicho acto por carabineros intentando darse a la fuga corriendo del lugar iniciando un seguimiento , dándole alcance en calle Marina, intersección Mercado, recuperándose el Napoleón utilizado para cometer el delito. Así mismo, atendido la hora y por el hecho de encontrarse el país en toque de queda a raíz del estado de excepción constitucional dispuesto por la autoridad, el imputado puso en riesgo la salud de la población. Sentencia Vistos, oídos y teniendo presente Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, y la resolutiva es del siguiente tenor: Visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 9, 11 N° 6, 11 N° 9, 14, 15, 18, 21, 30 y siguientes del Código Penal, 442 del mismo texto legal; artículos 1, 36, 295, 297, 340, 388, 395 y siguientes pertinentes del Código Procesal Penal; artículos 1, 4 y 38 de la Ley 18.216; se declara: I.- Que, se condena al imputado ALEXIS MAURICIO VERA MEZA, ya individualizado, en su calidad de autor de un delito frustrado de robo en lugar no habitado, cometido en territorio de esta jurisdicción en perjuicio de la tienda “De Enrique” el día 31 de mayo de 2020 a la pena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, accesorias legales, se le exime del pago de las costas de la causa. II.- Se declara además que se le sustituye esta pena por la de Remisión Condicional de la Pena durante un año, para ello deberá presentarse al CRS más cercano a su domicilio para efectos de cumplir con la sustitutiva y se hará aplicación de lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley
Fallo
se declara: I.- Que, se condena al imputado ALEXIS MAURICIO VERA MEZA, ya individualizado, en su calidad de autor de un delito frustrado de robo en lugar no habitado, cometido en territorio de esta jurisdicción en perjuicio de la tienda “De Enrique” el día 31 de mayo de 2020 a la pena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, accesorias legales, se le exime del pago de las costas de la causa. II.- Se declara además que se le sustituye esta pena por la de Remisión Condicional de la Pena durante un año, para ello deberá presentarse al CRS más cercano a su domicilio para efectos de cumplir con la sustitutiva y se hará aplicación de lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 18.216. III.- Se declara también que registra un día de abono, a fin de considerar en caso de revocación de la pena sustitutiva. Las partes renuncian a plazos y recursos legales, quedando la sentencia queda ejecutoriada con esta fecha. Dirigió la audiencia y resolvió doña AIDA CECILIA TORRES SALGADO, Juez de Garantía de Viña del Mar. Código: TXWKXHDNMFF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-08-22T12:28:08-0400
Texto Completo (Preview)
Fecha Viña del Mar., veintiuno de agosto de dos mil veintitrés RUC - RIT - NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA ALEXIS MAURICIO VERA MEZA, presente privado de libertad en RIT 36- por el TOP de Viña del Mar 6 6 - Calle Quebrada Hermosa sitio Población. Bellavista. San Antonio. Hechos: El día 31 de mayo de 2020 a las 22:00 horas el imputado llego hasta calle Arlegui nº 1055, correspondiente al loc
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