MIGUEL ANGEL ZAPATA VILLABLANCA C/ FRANCISCO MIGUEL CUBILLOS MORALES
Rol
O-163-2023
Fecha
19 de agosto de 2023
Materia
TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en audiencia celebrada el lunes catorce de agosto del año en curso, ante la Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal, de esta ciudad, integrada por los magistrados Israel Fuentes Gutiérrez, quien presidió, María Isabel Rojas Medar, y Marcela Mesías Toro, se celebró en forma hibrida con la presencia de un juez en el tribunal y el resto de intervinientes de manera remota a través de la plataforma “Zoom”, el juicio oral en causa RUC Nº2200041252-3, RIT Nº163-2023, seguido en contra de los acusados: GREGORIO HERBAS LUNA, nacionalidad boliviana, cédula nacional de identidad para extranjeros N°14.893.927-6, nacido en Santa Cruz el 02 de enero de 1976, de 47 años de edad, albañil, apercibido en conformidad al artículo 26 del Código Procesal Penal en el domicilio de su defensa, representado por el letrado Justo Veneros Palta, con domicilio en calle Baquedano N°239 Código: DZPKXHXDRPE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 Oficina N°608, Antofagasta, con forma de notificación al correo electrónico justo.veneros@dpp.cl; FRANCISCO MIGUEL CUBILLOS MORALES, cédula de identidad N°15.811.824-6, chileno, casado, carpintero, soltero, nacido en Antofagasta el 23 de abril de 1977, de 46 años de edad, domiciliado para efectos del apercibimiento del artículo 26 del Código Procesal Penal en calle Chiloé N°3490 de Antofagasta y SONIA CHOQUE FLORES, nacionalidad boliviana, cédula nacional de identidad para extranjeros N°14.887.229-5, soltera, comerciante, nacida en Potosí el 24 de junio de 1985, de 38 años de edad, apercibida en conformidad al artículo 26 del Código Procesal Penal en Juanita Cruchaga N°2008, el domicilio de su abogada defensora penal licitada Andrea Morata Gallardo, con domicilio en calle Prat N°214, Oficina N°404, Antofagasta, con forma de notificación al correo electrónico andres.morata@dpp.cl; y de OSVALDO FRANCISCO ROJAS CUBILLOS, cédula nacional de identidad N°19.967.601-6, chileno, trabajador independiente, soltero, nacido en Antofagasta el 12 de marzo de 1998, de 25 años de edad, apercibido en conformidad al artículo 26 del Código Procesal Penal en el domicilio de calle Chiloé N°3490 de Antofagasta, representado legalmente por el abogado defensor de confianza Elías Said Tamayo, con forma de notificación al correo electrónico said@defensaenjuicio.cl, y por el letrado Miguel Zapata Villablanca, cédula nacional de identidad N°16.129.421-7 , quien compareció al juicio. Que, compareció el Ministerio Público, representado por la Código: DZPKXHXDRPE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:said@defensaenjuicio.cl 3 fiscal Claudia Vega Vargas. SEGUNDO: Que, la audiencia de juicio se celebró a través de modalidad híbrida y durante su desarrollo se llevaron a efecto los interrogatorios y contrainterrogatorios de manera fluida, sin dificultades técnicas relevantes que hubieran podido afectar l
Fallo
Por estas consideraciones y, de conformidad, además, con lo previsto en los artículos 1°, 11 N°6, 11 N°9, 12 N°16, 15 N°1, 18, 21, 24, 25, 28, 31, 47, 49, 50, 62, 68, 69, 70, del Código Penal; artículo 1°, 3 y siguientes de la Ley N° 20.000.- 1°, 4°, 36, 45, 46, 47, 48, 281, 295, 296, 297, 309, 325, 326, 328, 329, 338, 339, 340, 341, 342, 344, 346, 348, 351 del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que, SE CONDENA al acusado FRANCISCO MIGUEL CUBILLOS MORALES, ya individualizado a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRESIDIO MAYOR EN SU GRADO MÍNIMO, ADEMÁS A UNA MULTA DE 60 UTM, a los sentenciados GREGORIO HERBAS LUNA y SONIA CHOQUE FLORES, a cumplir cada uno la pena de SEIS (06) AÑOS DE PRESIDIO MAYOR EN SU GRADO MÍNIMO, ADEMÁS A UNA MULTA DE 40 UTM y a OSVALDO FRANCISCO ROJAS CUBILLOS, a la pena de CINCO (05) AÑOS y UN (01) DÍA DE PRESIDIO MAYOR EN SU GRADO MÍNIMO, ADEMÁS A UNA MULTA DE 40 UTM, a todos a la sanción accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares durante el tiempo de la condena, SIN COSTAS, por su responsabilidad como autores de un delito consumado de tráfico ilícito de drogas, perpetrado en esta ciudad el 18 de mayo de Código: DZPKXHXDRPE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 62 2022. II.- Que, al no reunir los sentenciados, los requisitos que exige la Ley N° 18.216.-, deberán cumplir
Texto Completo (Preview)
1 RIT N° : 163-2023. RUC N° : 2200041252-3. DELITO : TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS. ACUSADOS : GREGORIO HERBAS LUNA, FRANCISCO MIGUEL CUBILLOS MORALES, SONIA CHOQUE FLORES y OSVALDO FRANCISCO ROJAS CUBILLOS. DEFENSORES: JUSTO VENEROS PALTA, ANDREA MORATA GALLARDO, ELIAS SAID TAMAYO y MIGUEL ZAPATA VILLABLANCA. FISCAL : CLAUDIA VEGA VARGAS. Antofagasta, sábado diecinueve de agosto de dos mil vein
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